Si está pensando en jubilarse, tenga en cuenta los siguientes consejos. Es importante considerar que cada país establece disposiciones, requerimientos y beneficios distintos.
Convenios Internacionales de Seguridad Social
Chile tiene Convenios Internacionales de Seguridad Social con 24 países. Chile cuenta con 27 convenios de Seguridad Social vigentes y uno multilateral iberoamericano.
Trabajadores Desplazados
Los Convenios establecen disposiciones para los denominados “trabajadores desplazados”, aquellos que el empleador envía a trabajar por un período limitado al territorio del otro Estado. Continuidad Previsional: Por regla general el asegurado sólo cotiza para la Seguridad Social en el país donde trabaja.
Si eres trabajador o trabajadora dependiente y te trasladas desde Chile a un país que mantiene vigente un convenio para realizar un trabajo temporal, tienes derecho a quedar liberado del pago de cotización. Considera que cada uno tiene sus propios plazos de desplazamiento y prórroga, según el convenio.
Trámite para la liberación del pago de cotización
En el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), al menos un mes antes de la fecha del viaje. Importante: si no haces el trámite, tendrás que regirte por la ley previsional del país donde vayas a trabajar.
Instituto de Previsión Social (IPS) en Chile
En Chile, el Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP. Este organismo entrega pensiones de vejez, que se rigen bajo los convenios internacionales, a cerca de 28.856 chilenos.
Solicitud de Pensión
Para solicitar la pensión, ingresa al sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), con tu ClaveÚnica. Importante: si estás afiliado o afiliada a una AFP, debes hacer el trámite en dicha institución. Hay personas que consultan por el trámite un poco antes, para ver en qué situación están.
Permiso para extranjeros con rentas
Podrán solicitar este permiso las personas extranjeras que cuenten con rentas constantes derivadas de la explotación de bienes raíces o activos financieros.
Documentación requerida
- Certificado emitido por el organismo competente que dé cuenta de la titularidad del dominio del solicitante respecto del o los bienes de que se trate, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
- Certificado emitido por el organismo competente que dé cuenta de la titularidad del dominio del solicitante respecto de los activos financieros, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
Los documentos emitidos por privados, deberán ser presentados dentro de los 30 días contados desde la fecha de emisión.
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