En esta entrada, abordaremos cómo configurar en el software Laudus la retención adicional del 3% por los «préstamos solidarios» de tasa cero, instruida por el SII en la Resolución Exenta nº 110 de 20-09-2021. Esta configuración debe realizarse desde las remuneraciones del mes de septiembre, cuyas imposiciones se pagan hasta el 10/13 de octubre.

Esta retención no modifica el archivo de Previred ni se adiciona al Impuesto Único de 2ª Categoría, pero sí se declara en el F29. No se trata de un mayor pago del Impuesto Único, sino de una retención para el reintegro del préstamo.

Configuración en Laudus

Gracias a la flexibilidad de la estructura de liquidación en Laudus, en muchos casos no es necesario publicar una actualización. A continuación, se explica cómo configurarlo:

1. Crear un Nuevo Concepto de Sueldo

Debe crear un nuevo concepto de sueldo en \Personal\Estructura de las liquidaciones. Este concepto debe estar en los Descuentos. Para ello, señale el concepto Descuentos y haga clic en nuevo para generar un nuevo concepto "hijo" de los Descuentos.

Recuerde que para crear un nuevo concepto, ningún usuario debe estar utilizando el sistema, ya que se necesita acceso exclusivo para modificar la estructura de la base de datos.

2. Especificar el Nombre y Código

Especifique un nombre descriptivo, como "Retención 3% préstamo solidario", y asigne un código para el Libro de Remuneraciones Electrónico. Se sugiere el código 3183 "Otros descuentos autorizados y solicitados por el trabajador", ya que el concepto 3188 "Descuentos por anticipos y préstamos" está más enfocado a préstamos de las empresas a sus empleados. Sin embargo, ambos podrían utilizarse.

El concepto 3161 "Impuesto retenido por remuneraciones" no debe utilizarse, ya que no es un mayor impuesto. Estos importes no van destinados a pagar impuestos por el beneficio común, sino a pagar un préstamo estatal, y no deben mezclarse en las DDJJ ni declaraciones de impuestos individuales. Lo mismo aplicaría al concepto 3163 "Mayor retención de impuestos solicitada".

No especifique ninguna fórmula en esta pantalla.

3. Asignar la Fórmula en la Ficha del Empleado

En la pantalla de \Personal\Empleados, vaya a la ficha de cada trabajador a quien se le vaya a practicar esta retención. En la pestaña de "Composición del Sueldo", vaya al concepto recién creado y ponga la fórmula:

sueldo("Renta Afecta") * 0.03

Se recomienda utilizar la Renta Afecta como base del cálculo del 3%. Aunque no hay un documento del SII que indique el concepto exacto a utilizar, la redacción de diversos párrafos así lo sugiere. Por ejemplo, se habla de una "mayor retención", y las retenciones del impuesto se hacen sobre la Renta Afecta.

También se indica que el importe se debe retener aunque la Renta del trabajador caiga en el tramo exento (no paga Impuesto Único). Por estos motivos, parece más apropiado utilizar la Renta Afecta en vez de la Renta Imponible, o el Sueldo Base.

Formularios 29 y 50

En la Resolución Exenta nº 110, el SII incorpora un anexo con el formato e instrucciones para rellenar los formularios 29 y 50.

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