El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio en dinero que entrega el Estado a las mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables en Chile. Este bono varía de acuerdo con la renta que recibes y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. Además, como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

Requisitos para Postular

¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación? Para postular al Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según el Registro Social de Hogares).
  • Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Registrar renta y que ésta no exceda el valor mensual máximo establecido para el año calendario.

Requisitos para Ser Beneficiaria (Recibir el Pago)

Para ser beneficiaria y recibir el pago del Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos adicionales:

  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.

Modalidades de Pago

Existen dos formas de pago para el Bono al Trabajo de la Mujer:

  1. Pago Anual: Percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180. El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
  2. Pago Mensual: Percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.

¿Cómo funciona el pago?

El pago del Bono al Trabajo de la Mujer puede ser de dos maneras:

  • Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria. Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
  • Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.

Consideraciones importantes sobre el pago:

  • Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.
  • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
  • A mayor renta, el monto aumenta. El monto se mantiene constante. A mayor renta, el monto disminuye.

¿Cómo Postular al Bono al Trabajo de la Mujer?

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil:

  1. El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
  2. Debes hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  3. Debes hacer click sobre la opción “Postular”.
  4. Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.

Se puede postular los 365 días del año. ¡Evita problemas o retrasos con tu pago!

Información Adicional

  • Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG): En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido. Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
  • Ley de Protección al Empleo: En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
  • Reintegro de Montos Percibidos en Exceso: Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
  • Renuncia a los Programas SEJ y/o BTM: “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
  • Pago Suspendido por Cotizaciones Impagas: En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
  • Cambio de Datos para Pago por Depósito: ¿Cómo cambio mis datos para recibir pago por depósito? Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

Para cualquier consulta adicional, debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

TAG: #Trabajo

Lea también: