El Bono Mujer Trabajadora es un beneficio monetario entregado por el Estado a empleadores que contratan mujeres, y a las mismas trabajadoras, con el objetivo de mejorar sus ingresos. Este bono, otorgado por el Sence durante 4 años consecutivos, está dirigido a mujeres trabajadoras dependientes e independientes en Chile.

¿Quiénes pueden postular al Bono Mujer Trabajadora?

Para acceder a este beneficio, las solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  2. Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  3. Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  4. Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
  5. Tener cotizaciones de pensión y salud al día.
  6. No trabajar en una institución del Estado (municipios incluidos) o en una empresa privada que reciba un aporte estatal superior o igual al 50%.

Límites de Renta para el Bono Mujer Trabajadora

Para ser beneficiaria y recibir el pago, es crucial cumplir con los siguientes límites de renta:

  • Pago anual: Percibir una renta bruta anual inferior a $7.948.180.
  • Pago mensual: Percibir una renta bruta mensual inferior a $662.348.

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Modalidades de Pago

El Bono Mujer Trabajadora ofrece dos modalidades de pago:

  • Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto, basado en todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
  • Pago Mensual: Se accede a adelantos mensuales, equivalentes al 75% del total del beneficio anual. Estos pagos son anticipos del pago anual.

¿Cómo Postular al Bono Mujer Trabajadora?

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es un proceso sencillo:

  1. El primer paso es contar con Clave Sence. Si no la tienes, puedes generarla, recuperarla, modificarla o actualizar tus datos según sea necesario.
  2. Una vez que tengas tu Clave Sence, haz clic en “Postula Aquí”.
  3. Ingresarás al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  4. Haz clic sobre la opción “Postular”.

Importante: Para verificar el estado de tus solicitudes, debes ingresar al “Expediente Electrónico”.

Consideraciones Adicionales

  • Cambio de datos para depósito: Se recomienda optar por depósito bancario en lugar de pago en efectivo.
  • Incompatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG): Si ya eres beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), puedes postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). Sin embargo, mensualmente se revisarán tus antecedentes y, si calificas para este último, recibirás el pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
  • Ley de Protección al Empleo: En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
  • Reintegro de montos percibidos en exceso: La Ley N°20.338, en su artículo 5, establece que se debe notificar por carta certificada la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
  • En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

Pagos Provisionales Mensuales

Los pagos provisionales mensuales son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.

Tabla de Tramos y Montos

El monto del bono varía según el tramo de renta al que pertenezcas:

Tramo Descripción
Tramo A A mayor renta, el monto aumenta.
Tramo B El monto se mantiene constante.
Tramo C A mayor renta, el monto disminuye.

Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Se puede postular los 365 días del año.

TAG: #Trabaja #Trabajador

Lea también: