La Pensión de Sobrevivencia es un derecho fundamental para la familia de una persona afiliada al sistema de pensiones que ha fallecido. A continuación, se detallan los requisitos y trámites necesarios para acceder a este beneficio en Chile.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Los siguientes familiares pueden optar a la Pensión de Sobrevivencia, siempre y cuando cumplan con los requisitos específicos:
- Cónyuge: Debe haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
- Conviviente Civil: Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
- Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
- Hijos:
- Hijos menores de 18 años.
- Hijos mayores de 18 años y menores de 24 años, que sean estudiantes regulares. Se requiere un certificado de estudios vigente que acredite esta condición.
- Hijos con discapacidad de cualquier edad. La invalidez debe estar declarada por la Comisión Médica Regional (COMERE) y debe haberse producido antes de que el hijo cumpla 18 o 24 años (según corresponda).
- Padres: Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.
Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
Es importante destacar que las personas afiliadas tenían cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. En estos casos, la AFP enterará el aporte adicional que corresponda, con cargo a la compañía de seguros.
¿Dónde y cómo realizar el trámite?
La persona trabajadora puede ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que está afiliada. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y en las oficinas ChileAtiende.
Documentación requerida
Para realizar la solicitud, es probable que se requieran los siguientes documentos:
- Certificados de nacimiento, matrimonio y de Acuerdo de Unión Civil (emitidos por el Registro Civil).
- Certificado de estudios vigente (en caso de hijos estudiantes mayores de 18 años y menores de 24 años).
- Documentos que acrediten dependencia económica del solicitante respecto al afiliado fallecido. Pueden ser boletas de servicios a nombre del afiliado/a fallecido/a como cuentas de agua o electricidad, recibos de arriendo o liquidaciones de sueldo. Depósitos bancarios realizados por el afiliado fallecido a nombre del beneficiario/a solicitante.
Importante: Previo a la acreditación, tienes que haber solicitado la Pensión de Sobrevivencia. Sí, para realizar la acreditación es necesario que hayas hecho antes la solicitud de Pensión de Sobrevivencia.
Proceso posterior a la solicitud
Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al pensionado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
TAG: #Pension

