En AFP Capital, te ofrecemos diversas opciones para iniciar el proceso de solicitud de pensión, brindándote flexibilidad y comodidad en todo momento. A continuación, te brindamos información clave sobre el proceso de jubilación para que estés preparado.

¿Qué es la Pensión de Sobrevivencia?

Es el derecho que tienen las personas afiliadas al Sistema de AFP a obtener una pensión una vez que hayan cumplido la edad legal de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres.

Requisitos Generales

  • Tener a lo menos 65 años de edad en el caso de los hombres, o 60 años las mujeres.
  • Los afiliados y afiliadas que cumplan este requisito y no ejerzan su derecho a obtener pensión de vejez, no podrán pensionarse por invalidez.

Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia

Los beneficiarios deben presentar los siguientes documentos en AFP Capital:

  • Certificado de defunción.
  • Suscribir Formulario de Solicitud de Pensión.
  • Suscribir Formulario de Declaración de Beneficiarios.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

  1. El o la cónyuge sobreviviente, quien debe haber contraído matrimonio con el causante a lo menos seis meses antes de la fecha de fallecimiento o tres años antes, si el matrimonio se realizó siendo el causante pensionado de vejez o invalidez. Esta limitación no se aplica si a la fecha del fallecimiento existen hijos comunes o la cónyuge estuviese embarazada.
  2. Hijos menores de 18 años (solteros).
  3. Hijos mayores de 18 años y menores de 24, y si son estudiantes de cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior. La calidad de estudiante deberá tenerla a la fecha de fallecimiento del causante o adquirirla antes de los 24 años de edad (solteros).
  4. Hijos inválidos, cualquiera sea su edad: la invalidez debe estar declarada por la Comisión Médica Regional correspondiente, antes o después del fallecimiento del padre pero antes que el hijo cumpla 18 o 24 años de edad, según corresponda (solteros).
  5. El padre o la madre de hijos de filiación no matrimonial: a la fecha del fallecimiento de la persona afiliada debe ser soltera o viuda y vivir a expensas del afiliado. El cónyuge y el padre de hijos de filiación no matrimonial solo tendrá derecho a Pensión de Sobrevivencia en la medida en que el fallecimiento ocurra a contar del 1 de octubre de 2008.

Si eres beneficiario o beneficiaria de Pensión de Sobrevivencia y tienes entre 18 y 23 años, te recordamos que debes mantener actualizados tus certificados de estudios.

¿Cómo se financia la Pensión de Sobrevivencia?

La pensión se financia con:

  • Cotizaciones.
  • Ganancias derivadas de la rentabilidad de su inversión.
  • Más el Bono de Reconocimiento (si corresponde). Si está cubierto, la AFP completará el Aporte Adicional que corresponda, con cargo a la Compañía de Seguros. Para ello se debe calcular el Ingreso Base del causante, la Pensión de Referencia que le corresponde y los capitales necesarios de cada beneficiario.

Proceso de Solicitud de Pensión

  1. Comienza tu proceso de solicitud de pensión de la manera que más te convenga. Puedes acercarte a nuestras sucursales con tu carnet de identidad para recibir atención personalizada. Nuestras sucursales están disponibles para brindarte atención presencial si así lo prefieres.
  2. Emitiremos un certificado con el resumen de tus ahorros acumulados durante tu vida laboral. Este certificado contiene el monto ahorrado para tu pensión, beneficiarios y promedio de renta. Este certificado tiene una vigencia de 35 días y será requerido para solicitar el Certificado de Ofertas SCOMP.
  3. Con el Certificado de Saldos deberás acercarte a cualquier sucursal para ingresar una solicitud de alternativas de pensión al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Es de carácter obligatorio realizar al menos una consulta en SCOMP. Este documento contiene las opciones de pensión ofrecidas por distintas AFP y Compañías de Seguros. Aquí podrás ver las pensiones ofrecidas por las distintas AFP y compañías de seguros, con sus respectivos montos, modalidad, plazos y entidades encargadas.
  4. Recibirás la oferta de alternativas para pensión directamente en tu correo electrónico (recuerda mantener tus datos actualizados o ingresarlo con un ejecutivo en la sucursal). Si no tienes correo electrónico, recibirás la oferta de alternativas para pensión por correo tradicional, donde podrás elegir la modalidad y la institución para pensionarte. Si rechazas la oferta puedes solicitar una nueva, mientras dure la vigencia de tu Certificado de Saldo. También puedes suscribir un remate y la compañía de seguro que entregue la mejor oferta se adjudicará tu pensión.
  5. Selecciona una de las modalidades presentadas en el Certificado de Ofertas SCOMP para el pago de tu pensión. En esta etapa seleccionas tu alternativa de pensión y ahora debes esperar el primer pago.
  6. Pasados 10 días desde que elijas tu modalidad de pensión, te notificaremos que tu primer pago está listo para ser retirado. Esta es la etapa final de tu trámite, en ella recibes tu primer pago. Se te notificará por correo electrónico o mensaje de texto cuando sea realizado.

Modalidades de Pensión

Existen diferentes modalidades para recibir tu pensión:

  • Retiro Programado: En este tipo de pensión la persona afiliada mantiene sus fondos en la AFP y la pensión que obtiene se descuenta del saldo que mantiene en su Cuenta de Capitalización Individual.
  • Renta Vitalicia Inmediata: En esta modalidad el afiliado elige traspasar sus fondos a una Compañía de Seguros de Vida. Este contrato tiene el carácter de irrevocable. La compañía de seguros también deberá pagar la Cuota Mortuoria y las pensiones de Sobrevivencia que correspondan.
  • Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida: En esta modalidad se dividen los fondos de la pensión, una parte es entregada a una AFP y otra a una compañía de seguros. En caso de fallecimiento del afiliado, si quedan fondos en la AFP seguirán rentando, además se pueden convertir en herencia y Pensión de Sobrevivencia.
  • Renta Vitalicia Variable con Retiro Programado: En este caso la pensión se dividirá, un porcentaje de los fondos se quedarán en una AFP como Retiro Programado y la otra se irá como Renta Vitalicia en una compañía de seguros.
  • Renta Vitalicia Mixta: Para esta modalidad se debe saber que la renta se compone por un porcentaje fijo y otro variable. La persona afiliada tendrá que señalar el monto del componente fijo (medido en UF) y la moneda en que se expresa el componente variable. Si no se indica alguna de estas características, las Rentas Vitalicias solicitadas se cotizarán fijas. El componente fijo no podrá ser inferior a la pensión mínima garantizada por el Estado. Cuando se trate de una Pensión de Vejez Anticipada, dicho monto deberá ser al menos equivalente al 150% de la pensión mínima antes señalada.

Si tienes modalidad de Retiro Programado, puedes cambiarte a las siguientes modalidades:

  • Renta Temporal con Renta Vitalicia Definida
  • Renta Vitalicia inmediata

Para hacerlo, debes suscribir en nuestras sucursales un formulario de Solicitud de Cambio de Modalidad de Pensión. Como requisito, el monto de tu pensión debe ser igual o superior al de la Pensión Básica Solidaria vigente.

Requisitos para Afiliados Pensionados en el Régimen Antiguo (Incluye Dipreca o Capredena)

Para verificar la documentación a presentar e iniciar la solicitud de pensión, puedes revisar el Folleto Trámite Fácil Pensión de Vejez y Vejez Anticipada.

  • La calidad de pensionado en dichas entidades, deberá tenerla la persona afiliada con anterioridad a su fecha de afiliación al Nuevo Sistema Previsional.
  • Deben presentar un tiempo de afiliación al Nuevo Sistema de al menos cinco años.
  • Deben obtener una pensión tal que, sumada a la pensión que se encuentren percibiendo a través del antiguo sistema previsional, sea igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, en los últimos diez años anteriores al mes en que se acogen a pensión.

Información Adicional

Si la persona estaba pensionada, los beneficiarios deben iniciar el trámite en la entidad que era responsable del pago de su pensión (AFP o Compañía de Seguros).

  • Si estaba pensionada mediante Retiros Programados y deseasen cambiar a una modalidad de Renta Vitalicia, deberán esperar el primer pago de Pensión de Sobrevivencia para luego suscribir una Solicitud de Cambio de Modalidad.
  • Si estaba pensionada por una Renta Vitalicia, deberán suscribir una Solicitud de Pensión en la Cía. El único documento necesario para realizar esta solicitud es tu carnet de identidad.

Para verificar la documentación a presentar e iniciar la solicitud de pensión, puedes revisar el Folleto Trámite Fácil Pensión de Vejez y Vejez Anticipada.

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