Las Pensiones de Gracia constituyen una faceta esencial de la Unidad de Gestión Social, entidad establecida en el año 2023 con el objetivo de consolidar las iniciativas sociales del departamento para proporcionar beneficios a los ciudadanos que lo necesitan. Es un beneficio que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran viviendo una situación de vulnerabilidad social. Actualmente, las pensiones de gracias se dan por diferentes motivos y son de exclusiva potestad del presidente de la República.

Las Pensiones concedidas por Gracia datan de 1836. Su aparición es inmediatamente posterior a las primeras legislaciones chilenas sobre las pensiones de montepíos para los militares. Estas pensiones fueron otorgadas principalmente a viudas, hijos, nietas y hermanas de autoridades públicas civiles y militares. En 1887 se aprueba una Ley que regula la tramitación de las solicitudes de Gracia que se elevan al Congreso. En la Constitución de 1980 se establece una modificación sustancial en el otorgamiento del beneficio, ya que se establece como una facultad privativa del Presidente de la República, dictándose en Octubre de 1981 la Ley N° 18.056 que establece quienes podrán solicitar Pensiones de Gracia y, dispone también, la formación de una Comisión Especial que asesorará al Presidente en el estudio de las solicitudes.

¿Quiénes Otorgan las Pensiones de Gracia?

Las pensiones de gracia son otorgadas por el o la Presidente de la República. Para determinar la entrega de una pensión de gracia, el monto y período de tiempo, S.E. el Presidente de la República es asesorado por la Comisión Especial creada para estos fines (D.S. N°1928 de 1981). Dicha Comisión evalúa caso a caso las solicitudes certificando que no existen otras instancias de resolución para el peticionario.

Características de la Pensión de Gracia

  • Es un beneficio pecuniario otorgado por S.E. el Presidente de la República, cuyo monto es variable y fijado en ingresos mínimos no remuneracionales.
  • Esta pensión puede ser asignada por un período específico o de forma vitalicia, dependiendo de las circunstancias individuales.
  • Es importante destacar que se trata de un beneficio no heredable y que no incluye bono de invierno, aguinaldos, asignaciones familiares, cuota mortuoria ni otorga derecho a atención gratuita en el Fondo Nacional de Salud.

¿Cómo y Dónde Solicitar la Pensión de Gracia?

La pensión se puede solicitar durante todo el año en la Unidad de Pensiones de Gracia del Departamento de Acción Social de la Subsecretaría de Interior, en las delegaciones presidenciales regionales y provinciales. La Unidad de Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, ubicado en Agustinas 1235, piso 5, Santiago. Explique el motivo de su visita: solicitar una pensión de gracia.

Según Chile Atiende, para solicitar una pensión de gracia, la persona debe escribir una carta de solicitud dirigida al Presidente de la República. Para postular a una pensión de gracia, el peticionario debe enviar una carta a S.E. el Presidente de la República indicando sus datos completos (nombre, cédula de identidad, domicilio, teléfono, etc.) y el motivo invocado para solicitar este beneficio.

Carta de solicitud dirigida al Presidente de la República.

Según consigna el sitio web, si se accede a la pensión, la persona recibirá su pago en las oficinas de la Tesorería General de la República.

Polémicas Recientes

Gran polémica generó el informe de Contraloría al revelar que decenas de beneficiarios de pensiones de gracia contaban con antecedentes penales, incluidos delitos violentos. Desde el Gobierno, anunciaron que 27 pensiones de gracia, de 69 casos de personas con antecedentes penales, serán revocadas tras analizarse su caso. La ministra del Interior, Carolina Tohá, aseguró que el presidente Gabriel Boric solicitó revisar todas las otras pensiones de gracia. “Son en total 18 mil”, indicó.

Eso sí, el Artículo N.º 6 señala que el Presidente de la República podrá otorgar pensiones de gracia, aun cuando no se reúnan las exigencias previstas en la ley para optar a ellas.

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