En Chile, la legislación consagra el derecho de los hijos a mantener una relación directa y regular con ambos padres, incluso después de la separación. Este derecho se materializa a través del régimen de visitas, también conocido como "relación directa y regular", que permite al progenitor que no tiene el cuidado personal del niño mantener un contacto periódico y estable con él. A continuación, exploraremos en detalle los aspectos más importantes de este tema.

¿Qué es el Régimen de Visitas?

La “relación directa y regular”, también conocida como régimen de visitas, está orientada a que el niño mantenga relación con el progenitor (u otro familiar) que no tenga su cuidado personal. Está consagrado en nuestras leyes y se entiende como un derecho de los hijos.

¿Quiénes pueden solicitar el régimen de visitas?

Generalmente son esas personas quienes piden tener un régimen de visitas. En la gran mayoría de los casos, es el padre o la madre que no tiene el cuidado personal del niño o niña, quién puede solicitar que se regule el régimen de visitas. En algunos casos, los abuelos también pueden solicitarlo.

Cómo Regular el Régimen de Visitas

En este caso, depende mucho si existe o no acuerdo de las partes.

  • Acuerdo Mutuo: Por ser un acuerdo, es la mejor forma de definir el régimen de visitas. ¡Siempre es recomendable llegar a un acuerdo amistoso entre los padres!
  • Acta ante el Registro Civil: En este caso se regula por medio de acta extendida ante un oficial del Registro Civil e Identificación, en que firmen ambos padres, con un detalle completo de quién tendrá el cuidado personal y cómo se llevará adelante el régimen de contacto con el otro progenitor.
  • Escritura Pública: También puede ser por medio de escritura pública otorgada y extendida ante Notario Público con los mismos aspectos ya mencionados.

Siempre es preferible evitar un juicio. Si se hace de esta forma, es necesario hacerlo por medio de acta extendida ante un oficial del Registro Civil e Identificación, con un detalle completo de quién tendrá el cuidado personal y cómo serán las visitas, detallando los días y horarios.

Mediación

Instancia donde las partes se reúnen con un profesional que los ayuda a buscar puntos de acuerdo acerca de la forma en que se llevarán a cabo las visitas. Esta instancia es con ayuda de un profesional que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. En caso de que se logre el acuerdo, se levantará un Acta de Mediación que recogerá los puntos acordados. Antes de iniciar una demanda judicial, los participantes están obligados a intentar una mediación previa y obligatoria, pudiendo abordar una o todas las materias que más adelante se señalan.

Para tramitar la solicitud de régimen de relación directa y regular (visitas), el primer paso es concurrir a un proceso de mediación familiar, trámite que es obligatorio. Si llegas a un acuerdo, este se envía al Tribunal de Familia para su aprobación. Los acuerdos alcanzados en mediación tienen la misma fuerza obligatoria que una sentencia dictada por un juez o jueza.

Si es que no se llega a acuerdo en mediación, o si es que una de las partes derechamente no se presenta al proceso, el centro de mediación emite un certificado de mediación frustrada, que le permite presentar una demanda de Relación Directa y Regular.

¿Cómo agendar una hora para mediación?

  1. Agenda una hora en el sitio web de Mediación, también puedes hacerlo de forma presencial.
  2. Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “Continuar”.
  3. Selecciona la opción de agendamiento, según disponibilidad del sistema.

Como resultado del trámite, habrás agendado una hora para la mediación. Podrás verificar la creación de tu cita en "MiPortal", sección "Mis Causas". El sistema te enviará un correo electrónico con la información detallada de la cita.

¿Quiénes pueden solicitar mediación?

A cualquier persona que tenga algún conflicto respecto de alimentos, cuidado personal o relación directa y regular.

¿Cuánto cuesta la mediación?

No tiene costo en el caso de las tres materias de mediación obligatoria ni para personas con un ingreso autónomo inferior o igual a $1.241.962 (un millón doscientos cuarenta y un mil novecientos sesenta y dos pesos) per cápita. En caso contrario, pueden acceder a centros privados de mediación, los que no pueden tener un cobro superior a los $120.288 por sesión (individual o conjunta).

¿Qué validez tiene el certificado de mediación frustrada?

Si no existe acuerdo en el proceso de mediación, el certificado de mediación frustrada entregado no tiene una duración establecida por ley. Sin embargo, la mayoría de los tribunales le asigna una vigencia de seis meses.

Derechos y Deberes de los Padres Durante el Régimen de Visitas

Durante el régimen de visitas, tanto el padre como la madre tienen derechos y deberes que deben cumplir:

  • Derecho a mantener una relación afectiva con el niño: Ambos padres tienen derecho a mantener una relación afectiva con el niño durante las visitas, siempre respetando su bienestar.
  • Derecho a ser informado: Los padres tienen derecho a ser informados sobre la educación, salud y actividades extracurriculares del niño.
  • Derecho a participar en la toma de decisiones: Ambos padres tienen derecho a participar en la toma de decisiones importantes en la vida del niño, como la elección de la escuela o la atención médica.
  • Respetar el régimen de visitas: Ambos padres deben cumplir con el régimen de visitas establecido y respetar los horarios y condiciones acordados.
  • Promover el bienestar del niño: Los padres tienen el deber de velar por el bienestar emocional y físico del niño durante las visitas.

Incumplimiento del Régimen de Visitas

Es importante aclara que el incumplimiento se dará siempre que este esté oficializado de las formas descritas anteriormente. Si esto ocurre, la otra parte debe dejar una constancia en Carabineros presencialmente o a través de la comisaría virtual.

Medidas o sanciones frente a un incumplimiento

  • Compensación de los días.
  • Multa.
  • Arresto.

Es importante resaltar que en caso de incumplimiento de la sentencia los Tribunales de Familia cuentan con unidades especializadas que se encargan de hacer efectivo el cumplimiento de las resoluciones.

Pensión de Alimentos

Primero, la pensión alimenticia es un aporte económico (derecho del menor) que uno de los padres (generalmente el padre) da al otro para ayudar en la manutención de los hijos comunes. Para obtener la pensión de alimentos, es importante que los padres intenten llegar a un acuerdo amistoso en primera instancia.

¿Cómo calcular la pensión de alimentos?

Para calcular la pensión, se deben hacer planillas con todos los gastos del hijo o hijos. La ley establece que cada padre debe pagar en la medida de sus fuerzas, lo que significa que uno puede pagar más que el otro dependiendo de sus ingresos.

¿Qué sucede si el padre no quiere o no puede pagar la pensión de alimentos?

Para pedir la pensión de alimentos, es necesario contar con un abogado.

¿Se puede condicionar el régimen de visitas al pago de la pensión de alimentos?

No, el derecho de alimentos y el de relación directa y regular son derechos y deberes independientes, por lo que no es lícito condicionarla con el pago de la pensión alimenticia.

Tenemos que recordar que tanto la pensión de alimentos como el régimen de visitas son derechos del niño, niña y adolescente. En ese sentido, privar al padre o madre de ver a sus hijos por el hecho de no pagar la pensión de alimentos, afecta principalmente a ese niño o niña. La ley contempla otros mecanismos para hacer efectivo el cumplimiento del pago de la pensión alimenticia.

Modificación o Suspensión del Régimen de Visitas

Si, se puede modificar o suspender. La modificación puede surgir de mutuo acuerdo o por una de las partes. En todo caso, es el tribunal quien debe resolver sobre este cambio. Por otro lado, las visitas pueden ser suspendidas por resolución judicial. Generalmente esto ocurre si la relación con ese padre o madre pone en riesgo el bienestar individual de ese niño, niña o adolescente. Esta situación debe acreditarse ante el tribunal.

Visitas de los Abuelos

En Chile, los abuelos pueden demandar un régimen de visitas con sus nietos. En algunos casos, los abuelos pueden tener un régimen de visitas con sus nietos. El hijo tiene derecho a mantener una relación directa y regular con sus abuelos. Sin embargo, esto dependerá de la decisión del tribunal de familia y siempre se tendrá en cuenta el interés superior del niño. Para que los abuelos puedan solicitar un régimen de visitas, deben demostrar que su relación con el niño es beneficiosa y que su ausencia podría perjudicar su desarrollo emocional y afectivo.

A falta de acuerdo, el juez fijará la modalidad de esta relación atendido el interés del hijo, en conformidad a los criterios del artículo 229Art.

¿Qué ocurre si el niño no quiere visitar a uno de los padres?

Si el niño se niega a visitar a uno de los padres, es importante abordar la situación con sensibilidad y comprensión. En primer lugar, se debe intentar identificar la causa de la negativa y buscar soluciones adecuadas. En casos de negativa persistente, se puede recurrir al tribunal de familia para solicitar una evaluación psicológica que ayude a determinar las razones detrás de la negativa y buscar soluciones para proteger el bienestar del niño.

Consideraciones Adicionales

  • Apoyo Legal Gratuito: La Corporación de Asistencia Judicial, sólo puede otorgar patrocinio a aquellas personas que cumplan con los requisitos de focalización (para determinar situación socioeconómica) establecidos para acceder a nuestro servicio.
  • Importancia del Vínculo Familiar: Luego de la separación, nace el derecho del padre o madre que abandona el hogar y derecho del hijo, a que se les permita mantener una relación directa y regular que fortalezca su vínculo afectivo.
  • Rol del Juez: Sea que se decrete judicialmente el régimen de relación directa y regular o en la aprobación de acuerdos de los padres en estas materias, el juez deberá asegurar la mayor participación y corresponsabilidad de éstos en la vida del hijo, estableciendo las condiciones que fomenten una relación sana y cercana.
  • Protección del Bienestar del Hijo: Se suspenderá o restringirá el ejercicio de este derecho cuando manifiestamente perjudique el bienestar del hijo, lo que declarará el tribunal fundadamente.
  • Sanciones por Incumplimiento: Nuestra ley, en este sentido, sanciona al padre que no cumple con entregar al menor (o el que incumple con retirarlo) con multa que va desde 1.5UTM o arresto. En la práctica, siempre parten con la multa. Para esto, debe documentarse la no entrega o no retiro del menor.

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