La pensión de alimentos es un deber que involucra la responsabilidad de los padres sobre los hijos. En Chile, los hijos tienen derecho a recibir dinero de su papá o mamá que no vive con ellos para su sustento. Este derecho busca cubrir sus necesidades básicas como alimentación, salud, educación y vestimenta.

En marzo de 2024, había más de 250 mil personas en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Estas personas tenían una deuda de más de 65 mil millones de pesos. Frente a las exigentes medidas de cumplimiento, es fundamental tomar esta obligación en serio, considerarla prioritaria e informarse lo más posible sobre las nuevas modificaciones legales.

La ley 21.484, conocida como Ley de Responsabilidad Parental y Pago de Alimentos, entró en vigencia el 20 de mayo de 2023. El foco está puesto en establecer mecanismos permanentes de pago de la deuda de pensión y mejorar el acceso a la información financiera de los deudores. La ley permite investigar sus ingresos reales y evitar fraudes.

¿Qué es la Pensión Alimenticia?

La pensión de alimentos es cuando los padres que no cuidan a los hijos deben dar dinero para cubrir gastos de comida, educación, etc. Esta obligación no incluye sólo la alimentación. Tratándose de niños, niñas y adolescentes, incluye además la vestimenta, salud, vivienda, recreación, enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio. Esta información es importante, porque no solo abarca lo preciso para que la persona que los solicita pueda cubrir sus necesidades de desarrollarse espiritual y materialmente.

¿Quién proporciona la pensión alimenticia?

Ambos progenitores en proporción a sus capacidades económicas. También los abuelos y abuelas (materna y paterna) conjuntamente, se encuentran obligados a pagar alimentos, a falta o insuficiencia de ambos progenitores. Aquel de los progenitores u otra persona que detente el cuidado personal del niño, niña o adolescente, será quién lo represente para poder demandar su pensión de alimentos.

¿Cómo acordar la pensión de alimentos?

Existen las siguientes formas para llegar a un acuerdo sobre la pensión de alimentos, algunas más formales y oficiales que otras:

  • Acuerdo verbal: Esta es quizás una de las formas más comunes, fáciles y rápidas de fijar la pensión de alimentos cuando los padres deciden separarse.
  • Acuerdo firmado ante notario por escritura pública: Firmar un acuerdo ante notario por escritura pública es una forma rápida y segura de fijar la pensión de alimentos y garantizar el pago en el transcurso del tiempo; evitando los costos y tiempo de un juicio por pensión de alimentos.
  • Mediación: También se puede asistir a un centro de mediación para fijar la pensión de alimentos.
  • Acuerdo completo y suficiente: Este es por lejos el acuerdo más completo al ser un documento legal que debe ser acreditado y aprobado por un juez. Este acuerdo, además de regular el monto y los plazos en que debe ser pagada la pensión de alimentos, regula también el régimen de visitas. A diferencia del acuerdo firmado ante notario, es más completo al regular aspectos que no están solo relacionados con la pensión de alimentos.

¿Cómo se determina la pensión alimenticia?

Esta se determina ya sea por una mediación o mediante un procedimiento judicial. La mediación es una instancia obligatoria en materia de alimentos, previa a la posibilidad de un juicio. Tú y el padre o madre de tu hijo(a) pueden concurrir directamente a un mediador privado o a los centros licitados.

¿Cuándo necesitaré un abogado para pensión de alimentos?

Sí, generalmente se necesita un abogado para demandar la pensión alimenticia.

¿Qué se prueba en un juicio de alimentos?

La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio o declaración jurada.

Alimentos Provisorios

Los Alimentos Provisorios se fijarán al momento que se dé curso a la demanda, o sea antes que entremos de lleno al juicio.

  1. Las Circunstancias en las cuales se llegó a la conclusión de la capacidad económica del demandado.
  2. Las Necesidades del o de los hijos.
  3. Por ejemplo, una consulta de urgencia del niño salió $40.000, el padre deberá aportar con $28.000, que es el 70% de esos $40.000.-, a la cuenta que la madre le indique. No a la de alimentos! Ahora hay que tener especial consideración al momento de acordar los alimentos.

Cálculo del Monto de la Pensión de Alimentos

Es importante entender que no existe un monto predeterminado. Para calcular la pensión de alimentos, se toma en cuenta el ingreso líquido mensual del padre o madre que debe pagar la pensión. Sin embargo, si quieres asegurar fehacientemente y de manera profesional que un cálculo de pensión alimenticia esté acorde al sueldo, edad, necesidad del niño o niña, entre otros; es necesario siempre consultar con un abogado experto que te respalde en este proceso jurídico.

En el caso de que el alimentante tenga un solo hijo, el pago mínimo de la pensión de alimentos será 40% de un ingreso mínimo remuneracional. Si el alimentante tiene varios hijos, la pensión será el 30% de un sueldo mínimo por cada hijo.

Para determinar la capacidad económica de las partes se tienen en cuenta entonces las circunstancias domésticas de las partes como también si tienen otros hijos de los cuales hacerse cargo económicamente.

¿Se puede pagar menos pensión que el mínimo?

Si bien la ley establece estos montos mínimos y máximos de pensión de alimentos, muchas veces se fijan montos por debajo del mínimo.

¿Quién tiene derecho a una demanda por pensión de alimentos?

Comúnmente cuando los hijos son menores de edad, la pensión de alimentos la solicita la madre o el padre que vive con ellos. Cuando una persona cumple los 18 años, puede solicitar directamente el cumplimiento de esta obligación.

Las adolescentes embarazadas también tienen derecho a demandar pensión de alimentos por el hijo o hija que está por nacer, sin necesidad de contar con un representante legal.

El Proceso de Mediación

La mediación es el primer paso para regularizar la pensión alimenticia. La mediación familiar es un método para resolver problemas entre personas, donde acuden a un mediador imparcial para buscar un acuerdo. En esta instancia, no es requisito comparecer con un abogado.

¿Sabes cómo solicitar una mediación? En caso que las partes no lleguen a acuerdo, el mediador extenderá un documento llamado “acta de mediación frustrada”, el que deberá acompañarse obligatoriamente junto a la demanda cuando esta se presente.

Las partes logran un acuerdo: se emite un certificado con todo el contenido de lo convenido por las partes. En los dos últimos casos, desde el Centro de Mediación extienden un “Certificado de Mediación Frustrada”. Este certificado, habilita a quien solicita los alimentos, para presentar una demanda en el Juzgado de Familia.

Demanda de Alimentos

La demanda de alimentos se presenta ante el Juzgado de Familia del domicilio del alimentario o alimentante. En la demanda de alimentos, se debe incorporar el Acta o Certificado de Mediación Frustrada.

Cuando se presenta un divorcio de común acuerdo y hay hijos en común, las partes deben presentar un Acuerdo Completo y Suficiente al tribunal.

Después de regular la pensión de alimentos, el tribunal confirma el monto a pagar en UTM y asigna una cuenta para hacer el pago.

Variación y Cese de la Pensión de Alimentos

La pensión de alimentos puede variar en el tiempo según las circunstancias que se presente. Se pide un aumento de pensión de alimentos cuando lo que se paga no alcanza para cubrir los gastos del alimentario. Así como se puede solicitar aumento, el deudor tiene la facultad de pedir la rebaja de la pensión de alimentos.

El cese de alimentos no es automático. En mayo de 2023 entró en vigencia de la Ley 21.484. Esta ley permite al tribunal de familia declarar inadmisibles las demandas de rebaja o cese de la pensión de alimentos.

Si bien a la hora de fijar la pensión de alimentos se consideran las necesidades de los hijos y la capacidad económica de los padres, existen ciertos límites. Esto quiere decir que, si se enfrentan complicaciones financieras, como la pérdida del empleo y está pensando en pedir una rebaja, porque no le es posible cumplir con el total del pago, deberá informarlo al Tribunal y sólo podrá justificarse si se logra comprobar que existe un cambio de circunstancias.

La normativa establece que quien demanda la pensión de alimentos es la persona que no tiene el cuidado personal de los hijos.

En Chile, la Pensión de Alimentos no se extingue automáticamente cuando un hijo alcanza la mayoría de edad, especialmente si sigue estudiando o no puede sustentarse por sí mismo.

Incumplimiento de la Pensión de Alimentos

Antes de iniciar cualquier tipo de acción, quien persiga esta obligación debe solicitar la liquidación de la deuda. Esta información es clave para poder solicitar el cumplimiento forzado.

Arresto completo de hasta 15 días si no cumple arresto nocturno o no paga pensión de alimentos después de dos períodos. Si el demandado trabaja para alguien, se le debe decir al jefe que guarde parte del sueldo del trabajador.

La Ley 21.389, que entró en vigencia en el mes de noviembre de 2022, creó el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos. El objetivo es mejorar el control y promover el pago de las pensiones de alimentos que se adeudan.

Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos

Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos. Será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro). El Servicio de Registro Civil e Identificación será la institución a cargo de este registro.

La ley 21.389 estableció para el deudor de alimentos inscrito en el Registro de Deudores, las siguientes sanciones:

  • Si solicita un crédito bancario igual o superior a 50 unidades de fomento, el banco retendrá parte de los fondos, también se retendrán devoluciones de impuestos, dineros por venta de inmuebles o vehículos.
  • No podrán renovar licencias de conducir ni pasaportes.
  • No podrán recibir beneficios económicos como bonos del Estado (estos se destinarán al pago de las deudas).
  • Si es funcionario o funcionaria pública o de elección popular, la institución en la que trabaja le retendrá un porcentaje de su sueldo. Asimismo, están obligados a declarar su deuda en las “Declaraciones de Interés y Patrimonio”.
  • Se establece como una forma de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de la pensión de alimentos.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del o de la deudora despedido o despedida del trabajo.
  • Se establece como parte de la evaluación de idoneidad para adoptar menores de edad.
  • Si vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Estas deudas serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

Se cancela la inscripción cuando se acredite el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida. La cancelación de la inscripción en el Registro debe ser ordenada por el tribunal respectivo.

Tabla Resumen de Montos Mínimos de Pensión de Alimentos

Número de Hijos Monto Mínimo de Pensión
Un hijo 40% de un ingreso mínimo remuneracional
Varios hijos 30% de un sueldo mínimo por cada hijo

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