El Seguro de Cesantía se presenta como un apoyo crucial para muchos chilenos, especialmente en situaciones económicas difíciles, donde este beneficio puede ser la principal fuente de ingresos familiares.

¿Cómo acceder al Seguro de Cesantía?

Para acceder a esta ayuda, es necesario dirigirse a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y demostrar la situación de desempleo.

Número de teléfono para consultas

Temporalmente, el número (02) 2353 6200 está disponible para resolver dudas y consultas sobre el Seguro de Cesantía.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado a la AFC posee una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), financiada con el 3% de sus remuneraciones imponibles. En caso de quedar cesante, se puede retirar este dinero en giros mensuales.

Subsidio de Cesantía

Si no se cumplen los requisitos para acceder al seguro, se puede solicitar el Subsidio de Cesantía, pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Afiliación al Seguro de Cesantía

La afiliación al Seguro de Cesantía es automática si se cumplen las siguientes condiciones:

  • Haber sido contratado después del 2 de octubre de 2002.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Tener un contrato regido por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o ser trabajador(a) de casa particular.

En estos casos, no es necesario realizar ningún trámite.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Obligaciones del empleador

Es el empleador quien debe completar el "Aviso de Iniciación de Servicios" en la Sucursal Virtual de Empleadores o a través de PreviRed.com.

Completar el formulario de “Aviso de Iniciación de Servicios” de manera electrónica en la Sucursal virtual de empleadores.

El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única.

Su empleador(a) debe pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente al inicio del contrato o el día 13 si el pago es vía electrónica.

Consideraciones importantes

  • Jornada parcial: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
  • Traspaso de fondos: La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
  • Pensiones: De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

Trámites online

Puedes realizar diversos trámites en línea a través de la Sucursal Virtual de la AFC:

  • Ingresa con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
  • Realizar una consulta o reclamo sobre temas previsionales y Seguro de Cesantía.

Contacto adicional

Puedes llamar al call center de la Superintendencia de Pensiones al 600 831 2012, desde red fija.

Información adicional

Infórmese de cómo es la incorporación al Seguro de Cesantía, qué trámite debe hacer su empleador y cómo AFC crea su Cuenta Individual, entre otra información.

Pago de cotizaciones

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

En el caso de tener más de un empleador, puede recibir el pago de cotizaciones de varios empleadores.

Indica la fecha de incorporación al sistema y las cotizaciones obligatorias a las que se está afecto.

En caso de no contar con cédula de identidad, el(la) empleador(a) utilizará el NIC (número de identificación para cotizar) del trabajador o trabajadora.

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