El abanico de leyes y normativa laboral que acompaña a un trabajador en eventos climáticos extremos es amplio en España. El Real Decreto 486/1997, que regula las condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, establece que “la exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deberá suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores”.

En su Anexo III se especifica que la temperatura donde se realicen “trabajos sedentarios”, de oficina u otros similares, la temperatura ambiente deberá estar comprendida entre los 17 y los 27 °C. Para aquellos espacios cerrados donde se realicen “trabajos ligeros” la temperatura oscilará entre los 14 y los 25 °C.

Las limitaciones o reducciones de las jornadas laborales están reguladas en el Real Decreto 1561/1995. El texto indica en su artículo 23 que se procederá a la limitación o reducción de los tiempos de exposición cuando los riesgos ambientales sean “especialmente nocivos”. Las limitaciones o reducciones de tiempos no implicarán una reducción en los salarios de los trabajadores afectados por esta medida.

Asimismo, en su artículo 24, centrado en las jornadas de trabajo en el campo, la legislación contempla que “por condiciones anormales de temperatura y humedad, la jornada ordinaria no podrá exceder las seis horas diarias y treinta y seis semanales de trabajo efectivo”. Además, el Estatuto de los Trabajadores, establece que todo trabajador tiene derecho a su “integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales”.

Protocolos y Vigilancia Institucional

El Ministerio de Trabajo anunció en junio de 2022 la activación de un Plan Especial para proteger a trabajadores y trabajadoras de los riesgos ante la exposición a las altas temperaturas. A través de una nota de prensa, el Gobierno detalla que se hará especial hincapié en sectores laborales como la construcción, industria y hostelería, junto con otras actividades realizadas al aire libre como jardinería, recogida de residuos o limpieza viaria, entre otros.

Para ello, se ha procedido al “envío masivo de más de 115.000 cartas” a empresas de estos sectores con información y documentación técnica con medidas para evitar el golpe de calor, se asegura en la nota de prensa.

Asimismo, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, establece en su guía de buenas prácticas ‘Estrés térmico y sobrecarga térmica: evaluación de los riesgos (I)’, del año 2011, una serie de controles generales y recomendaciones para las empresas “no obligatorias excepto que se recojan en la normativa vigente”. Entre ellas destacan la formación al trabajador sobre el estrés térmico, fomentar en los trabajadores expuestos a estas temperaturas la ingesta de pequeñas cantidades de agua cada 20 minutos, permitir la “autolimitación de las exposiciones” a las altas temperaturas y limitar la exposición en aquellos trabajadores con problemas cardiovasculares.

Ana Gómez, presidenta de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA), explica que ante “esta situación de saturación legislativa” los empresarios “saben de sobra qué hacer” para proteger a sus trabajadores. “Toda empresa a efectos preventivos ha de evitar que los trabajadores presten servicios en esta época debido a las temperaturas, y han de distribuir la jornada laboral para recuperar los tiempos en otro momento”, explica la jurista. “Las empresas no pueden obligar a ningún trabajador a un riesgo que es obvio para su salud, porque en ese caso las responsabilidades que se derivan por daños pueden ir desde un accidente hasta la muerte, algo que por vía penal se considera delito”.

Sanciones por Incumplimiento

Pere Vidal, abogado laboralista, explica que en los Planes de Seguridad y Salud de las empresas se ha de prever todos los trabajos que se realicen en condiciones ambientales desfavorables y puedan provocar accidentes por el ambiente térmico. Para ello, se han de incorporar medidas como la adaptación de horarios para evitar que se trabaje en las horas de más calor, habilitar zonas de descanso con agua para hidratarse y refrescarse y establecer pausas y descansos en lugares a la sombra.

En caso de que una empresa sea objeto de una sanción administrativa por parte de Inspección de Trabajo, por “no llevar a cabo las evaluaciones de riesgos […], así como los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores que procedan, o no realizar aquellas actividades de prevención”, sería tipificado, “como mínimo”, como una infracción grave, explica Vidal. En el Real Decreto Legislativo 5/2000, que regula la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, se establece que el importe de esta sanción oscila entre los 2.451 y 49.180 euros.

Asimismo, según detalla el experto, junto a este tipo de sanción se podría proceder a un recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad, según se detalla en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.

Reducción de la Jornada Laboral

Nos encontramos en la antesala de una nueva normativa para regular la jornada laboral en España y pasar de las 40 horas semanales a un máximo de 37,5 horas en el plazo de dos años. La jornada laboral en España lleva estancada en un máximo de 40 horas semanales desde que el gobierno de Felipe González la aprobara en 1983.

Según el estudio del JRC, el incremento de trabajos de media jornada ha contribuido a reducir el promedio total de horas trabajadas. Los autores del estudio atribuyen el incremento de los contratos a tiempo parcial a la precarización del empleo, sobre todo en el sector servicios y orientado al turismo, a partir de los 90. También destacan como un factor determinante la progresiva incorporación laboral de las mujeres que, ante la necesidad de conciliar para el cuidado de la familia, opta más frecuentemente por este tipo de empleos a tiempo parcial.

Por otro lado, el debilitamiento de los sectores industriales, donde es más habitual la jornada a tiempo completo de 40 horas, también ha contribuido a la percepción del acortamiento de la jornada, haciendo que la media del total de horas trabajadas baje por el incremento de los trabajos a tiempo parcial. El incremento de la masa laboral en el sector público también ha tenido influencia en la reducción de la media de horas trabajadas en España. Este fenómeno no es exclusivo de España.

Según datos del INE, en el último trimestre de 2023 se registraron un total de 6,34 millones de horas extra en España, de las cuales, 2,47 millones no se remuneraron y, por tanto, no se registraron como parte de la jornada, aunque se trabajaron.

Sergio Torrejón, uno de los autores del estudio, explicaba en su perfil de X el impacto de los niveles formativos y la influencia cultural en la extensión de la jornada laboral. «Observamos que quienes trabajan más tiempo son quienes tienen niveles formativos más altos, lo que puede servir de proxy del estatus profesional. El estudio asegura que las jornadas prolongadas se observan especialmente entre los trabajadores de alta cualificación, que organizan sus jornadas en base a objetivos y no a una jornada concreta. En cambio, quienes desempeñan tareas de baja cualificación han visto reducir sus horarios en las últimas décadas.

Las personas que trabajen 45 horas semanales se les reducirá a lo anteriormente señalado. Las personas que trabajen con boletas a honorarios no verán una reducción en su jornada laboral, esto se debe a que la ley establece que la medida solo aplica para quienes tenga contrato y se rijan por el Código del Trabajo.

La Ley 40 horas también establece, en el artículo 27, la posibilidad de un ingreso y salida diferido para madres, padres y cuidadores de niños menores de 12 años. Otra novedad de la ley 40 horas, y que está enfocado en mejorar el balance entre vida laboral y personal de los trabajadores, es la compensación de horas extras.

Tipos de Jornada Laboral

  • Jornada ordinaria: hace referencia a la jornada acordada entre empleador y trabajador, según contrato. En caso no lo hubiese, se respeta la jornada laboral máxima legal.
  • Jornada full-time: se trata de la jornada máxima de horas semanales de trabajo que establece la legislación laboral de cada país, distribuidas en 5 o 6 días en la semana.
  • Jornada part-time: también conocido como trabajo de “medio tiempo”.
  • Jornada extraordinaria (horas extras): cada hora de trabajo que se realiza fuera de la duración máxima de la jornada ordinaria es considerada como trabajo en sobretiempo y significa un sobrecargo adicional.

Distribución de las Jornadas Laborales

  • Jornada continua vs. Diurna vs. nocturna: existe un límite horario que diferencia la primera de la segunda. Regularmente en Latam, la jornada diurna ocurre entre las 06:00 horas a 18:00 horas. Por su lado, la jornada nocturna transcurre entre las 18:00 horas hasta las 06:00 horas del día posterior.
  • Jornada de trabajo por turnos rotativos vs.: La principal característica es que los trabajadores sujetos a este esquema presentan una distribución irregular de los días de la semana en los que laboran o del horario de trabajo, los cuales varían por periodos de tiempo, siempre previo acuerdo con el trabajador.

Un punto bisagra en este análisis es que la reducción de la jornada laboral debe ser proporcional a la mejora de nuestro sistema productivo. Dado que la implementación de esta reducción obligatoria será gradual, ¿cómo hacer para que en unos años se pueda realizar el mismo trabajo en menos tiempo? Esta será una tarea pendiente del Gobierno, las empresas y de los mismos trabajadores. ¿La reducción de la jornada sería la hoja de ruta para que los países de Latam sean más productivos? ¿Este cambio social es complejo pero necesario también para cambiar los patrones de productividad y alcanzar niveles de países de Europa?

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