El despido por inasistencia laboral es una de las causales de término de contrato más comunes, pero también de las más controvertidas en el ámbito laboral. En Chile, está regulada por el artículo 160 n°3 del Código del Trabajo. Esta causal permite al empleador despedir a un trabajador que no concurra a su lugar de trabajo durante un número específico de días. Sin embargo, su aplicación está sujeta a estrictos requisitos legales y a la evaluación de los tribunales en caso de una disputa.

Sí, es posible que te despidan por faltar al trabajo. Sin embargo, por incumplimiento de requisitos legales de forma y fondo, es altamente probable también que puedas ser víctima de un despido injustificado y, por consiguiente, tengas derecho a tu «finiquito».

Marco Legal en Chile: Artículo 160 n°3 del Código del Trabajo

El despido por inasistencia está regulado por el artículo 160 n°3 del Código del Trabajo, que establece lo siguiente:

El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales:

3.- No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.

Este marco legal impone requisitos específicos que deben cumplirse para validar la causal de despido. No basta con demostrar la ausencia del trabajador; la falta debe ser injustificada, lo que generalmente requiere prueba documental o testigos que acrediten que el trabajador no informó ni justificó los motivos de su ausencia.

Requisitos para Invocar la Causal de Inasistencia Injustificada

La configuración de esta causal depende de dos elementos esenciales:

  • La inasistencia misma: Debe cumplirse con el número de días señalado por la normativa.
  • Falta de justificación: El trabajador debe haber carecido de una razón válida para no asistir a sus labores.

¿Cuántos días de inasistencia para despedir a un trabajador según la norma?

El artículo especifica tres situaciones en las que procede invocar esta causal:

  • Dos días consecutivos de inasistencia injustificada: El trabajador no asiste al trabajo por dos días seguidos de forma injustificada.
  • Dos lunes dentro de un mes calendario.
  • Tres días dentro de un mes calendario.
  • Un único día de inasistencia injustificada o sin aviso previo, de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.

Es importante destacar que, aunque no existe un deber explícito del trabajador de avisar la razón de su inasistencia al empleador, este último debe actuar diligentemente para verificar si la ausencia tiene un motivo razonable.

No, no pueden despedirte si faltas sólo un día (1 día). Vale decir, pueden despedirlo si falta dos (2) días seguidos, esto es, dos FALTAS O AUSENCIAS INJUSTIFICADAS durante dos días laborales consecutivos (dos días seguidos que por contrato le correspondía trabajar).

Por tanto, si falta dos días, pero entre las ausencias media un feriado o un día que no debía trabajar no pueden despedirlo justificadamente. Entonces, ¿cuántos días puedo faltar al trabajo? Hasta dos días no consecutivos en el mes: Puedes tener un máximo de dos días de ausencia injustificada a lo largo del mes, pero estos días deben ser no seguidos. Máximo un lunes en el mes: Además de las faltas no consecutivas, se establece que puedes tener una falta injustificada en un día lunes dentro del mismo mes.

Una licencia médica tardía, una emergencia familiar o un evento de fuerza mayor pueden invalidar la causal si se demuestra que el motivo era legítimo.

Obligaciones del Empleador: Carga de la Prueba y Diligencia

El empleador tiene la carga de probar que las inasistencias fueron injustificadas, lo que puede incluir registros de asistencia, testimonios o comunicaciones con el trabajador. Este proceso, además, debe ser gestionado con extrema cautela, ya que cualquier omisión puede resultar en la declaración de un despido injustificado.

Por ejemplo, si el trabajador presenta un justificativo en un juicio laboral, como una licencia médica emitida tardíamente, el empleador podría enfrentar sanciones, incluyendo el pago de indemnizaciones legales con recargos que alcanzan hasta un 80% en la indemnización por años de servicio. Aquí hay que tener mucho cuidado por parte del empleador al decidir despedir por inasistencia, pues la jurisprudencia ha declarado reiteradamente que la licencia médica no es la única justificación válida, pueden haber muchas más.

Derechos del Trabajador: Justificaciones Válidas y Defensa Legal

Para los trabajadores, el derecho a justificar sus ausencias es clave. Las razones más comunes incluyen:

  • Licencias médicas, incluso tardías.
  • Emergencias personales o familiares comprobables.
  • Casos de fuerza mayor, como desastres naturales o accidentes.

Si el trabajador logra demostrar en juicio que la inasistencia fue por un motivo razonable, el despido será considerado improcedente. Además, esto subraya la importancia de guardar documentación y pruebas que respalden las razones de una ausencia.

También nos han preguntado ¿pueden despedirme por cualquier ausencia o falta al trabajo? La faltas son injustificada cuando no se fundan en normas legales o reglamentarias o en circunstancias que eximan de responsabilidad al trabajador.

En cuanto a la licencia médica los tribunales han resuelto que no es la única forma de justificar una ausencia por motivos de salud, pues la justificación se refiere a la involuntariedad o ininmputabilidad del motivo, mas no de la prueba de la causa misma. Entonces, podría acreditarse a través de un certificado médico o incluso por testigos.

Consecuencias de un Despido Injustificado por Inasistencia

Cuando el despido por inasistencia se declara improcedente, las consecuencias para el empleador pueden ser significativas:

  • Pago de indemnizaciones legales y recargos del 80%.
  • Restitución de beneficios adicionales si correspondiera.
  • Costos judiciales asociados al proceso.

Estos escenarios resaltan la importancia de manejar la situación de manera cuidadosa, evitando decisiones apresuradas o mal fundamentadas.

Casos Prácticos y Jurisprudencia Relevante

En los últimos años, los tribunales laborales han establecido precedentes importantes en torno al despido por inasistencia:

  • Casos de licencias médicas tardías: Los jueces suelen favorecer al trabajador si se demuestra que la licencia corresponde al período de ausencia.
  • Eventos de fuerza mayor: Cuando un trabajador justifica su ausencia por causas graves, como emergencias de salud o desastres naturales, las cortes tienden a desestimar la causal.

Estos casos reflejan la necesidad de un enfoque equilibrado y bien documentado por ambas partes para evitar disputas innecesarias.

Recomendaciones para Empleadores y Trabajadores

Para empleadores:

  • Documentar todas las ausencias: Llevar un registro detallado de los días y horarios de asistencia de los trabajadores.
  • Notificar por escrito: Emitir advertencias formales ante ausencias reiteradas para prevenir futuros conflictos.
  • Consultar con expertos legales: Antes de invocar la causal, verifica que toda la documentación y pruebas estén en orden.

Desde la perspectiva legal, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código del Trabajo es esencial para evitar conflictos. Sin embargo, más allá de la normativa, la comunicación efectiva entre empleadores y trabajadores puede prevenir muchos problemas antes de que lleguen a los tribunales.

Al empleador indicarle que está causal no está destinada a aprovecharse de una situación puntual de inasistencia, no si es justificada. En tal sentido un empleador inteligente antes de despedir a un trabajador por esta causal, sobre todo si tiene años de servicio debería evaluar el caso, la prueba, hacer una buena carta de despido y estar debidamente asesorado en el proceso. Actuar a locas, cuesta dinero.

Un despido es declarado indebido "por vulnerar la norma del artículo 160 del CT (Sergio Gamonal Contreras, Derecho individual del trabajo. Art. 168. El trabajador cuyo contrato termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá recurrir al juzgado competente, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contado desde la separación, a fin de que éste así lo declare. c) En un ochenta por ciento, si se hubiere dado término por aplicación indebida de las causales del artículo 160. El plazo contemplado en el inciso primero se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por cualquiera de las causales indicadas, ante la Inspección del Trabajo respectiva. Dicho plazo seguirá corriendo una vez concluido este trámite ante dicha Inspección. Art. 160. 7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. 10) Mal aplicación de la causal no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante un total de tres días en el mes. 16) Mal aplicación de la causal sobre incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

Finalmente, el éxito en estos casos depende de la diligencia de ambas partes, ya sea para justificar una ausencia o para aplicar la causal de manera legítima. Entender los derechos y responsabilidades es el primer paso hacia relaciones laborales más justas y equilibradas.

Si quiere usted consultar más información sobre el despido por inasistencia lo mejor es leer el propio código del Trabajo desde la página web de la Biblioteca del Congreso nacional: Código del Trabajo.

TAG: #Despido

Lea también: