Es fundamental comprender los aspectos legales que rigen la contratación de trabajadores de casa particular en Chile, especialmente aquellos que laboran puertas adentro. A continuación, se detallan los puntos más importantes a considerar.
¿Qué se entiende por 'trabajador de casa particular'?
Se refiere a toda persona que realiza labores domésticas en una residencia particular a cambio de una remuneración.
Obligatoriedad del Contrato de Trabajo
Es obligatorio que exista un documento escrito para estipular las condiciones de trabajo, como servicios, remuneraciones y horarios. Esta exigencia se extiende incluso a quienes trabajen solo algunas horas a la semana.
¿Qué debe considerar el contrato?
El contrato debe especificar claramente las funciones, la remuneración, el horario de trabajo, los días de descanso y otras condiciones relevantes acordadas entre el empleador y el trabajador.
Período de Prueba
Sí, las primeras dos semanas del contrato se consideran de prueba. Durante este período, tanto el trabajador como el empleador pueden rescindir el contrato, avisando con tres días de anticipación y pagando los días trabajados.
Remuneración y Obligaciones del Empleador
El ingreso mínimo de las trabajadoras y trabajadores de casa particular es el mismo que el de otros trabajadores, fijado por ley.
- Entrega de Recibos: Sí, es obligatorio entregar recibos o comprobantes de pago.
- Previsión y Salud: Es responsabilidad del empleador pagar las cotizaciones previsionales y del plan de salud del trabajador.
Jornada de Trabajo y Descansos
Trabajadoras o trabajadores puertas adentro
Para las trabajadoras y trabajadores puertas adentro no hay horarios definidos, pero debe haber un descanso absoluto mínimo de doce horas, fraccionado de la siguiente manera: nueve horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente, y tres horas durante la jornada de trabajo, incluyéndose en ellas los tiempos para comidas.
Los trabajadores y trabajadores de casa particular puertas adentro tienen derecho a descanso los días sábados, los cuales, de común acuerdo, podrán acumularse, fraccionarse o intercambiarse por otros días de la semana. Si se acumulan, se los deben otorgar dentro del mismo mes calendario y no se pueden cambiar por dinero. Tienen derecho a descanso todos los días que la ley declare festivos.
Tendrán derecho a dos días de libre disposición en cada mes calendario, los que serán remunerados, les permitirán ausentarse de sus labores y no podrán compensarse en dinero. De común acuerdo, esos días libres podrán acumularse dentro de un periodo de tres meses. Al término de la relación laboral, en caso de existir días pendientes de utilizar en el respectivo mes, se compensarán.
Vacaciones
El trabajador que tenga derecho a vacaciones legales y deje de prestar servicios al empleador, cualquiera sea el motivo, tiene derecho a que se le compense en dinero, el tiempo que por concepto de vacaciones le habría correspondido. Respecto de aquellos que trabajen en forma parcial o sólo algunos días a la semana, los días de vacaciones serán proporcionales, por lo que el feriado anual incluirá los días en que usualmente trabaje y que quedan comprendidos en el período de 15 días hábiles.
Enfermedad y Fuero Maternal
- Enfermedad: Si el trabajador se enferma, el empleador debe conservarle su puesto sin derecho a remuneración por un plazo que depende del tiempo que lleve trabajando.
- Fuero Maternal: Sí, existe derecho a fuero maternal.
Término del Contrato e Indemnizaciones
¿Qué hay que hacer para dar término al contrato?
El fin del contrato puede darse por renuncia del trabajador, por mutuo acuerdo o por despido. El finiquito debe ir por escrito y ser ratificado ante la Inspección del trabajo, un notario, un oficial del Registro Civil o secretario municipal.
¿Hay indemnizaciones por término de contrato?
Los trabajadores de casas particulares no tienen derecho a indemnizaciones por años de servicios, pero el empleador debe pagar mensualmente el 4,11% del sueldo en una AFP en calidad de "indemnización a todo evento", y de ese fondo el trabajador debe retirar dineros que sirven como indemnización.
Fiscalización del Cumplimiento del Contrato
La Inspección del Trabajo fiscaliza el cumplimiento del contrato, asegurando que se respeten los derechos laborales del trabajador.
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