Si eres trabajadora y estás por convertirte en madre, tienes derecho a un permiso pre y postnatal. A continuación, te explicamos cómo notificar a tu empleador si optas por el postnatal parental parcial en Chile.
Permiso Postnatal
El permiso postnatal corresponde a 12 semanas (84 días) después del parto.
Importante: Si la madre fallece en el parto o durante el período posterior a este, el padre o la persona a quien le sea otorgada la custodia del menor, gozará del derecho a descanso postnatal o lo que reste de él con el correspondiente subsidio y fuero laboral.
Requisitos
Los requisitos varían dependiendo de si eres trabajadora dependiente o independiente:
- Trabajadora dependiente: Necesitas tener 6 meses de afiliación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y 3 o más cotizaciones previsionales, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal.
- Trabajadora que cotiza de forma independiente o modalidad honorarios: Debes tener un año de afiliación a una AFP, y 6 o más cotizaciones previsionales continuas o discontinuas, dentro de los 12 meses anteriores al prenatal.
Tanto para las trabajadoras dependientes e independientes, el monto del subsidio será el promedio de las remuneraciones o rentas obtenidas antes del embarazo, comparadas con el promedio obtenido los tres o seis meses antes de iniciar el prenatal.
Postnatal Parental: Completo vs. Parcial
Si optas por un postnatal parental a tiempo completo, no es necesario realizar ningún trámite, ya que este se considera como un beneficio que nace como un derecho a continuación del postnatal.
Mientras que, si se optas por un postnatal parental parcial, deberás dar aviso a tu empleador mediante una carta certificada, enviada con a lo menos 30 días de anticipación al término del período de descanso postnatal, con copia a la Inspección del Trabajo que corresponda, de acuerdo al lugar en que cumples labores.
Consideraciones Adicionales
Las semanas utilizadas por el padre deben ubicarse en el período final del permiso y deben ser en el mismo régimen que haya ejercido la madre. Si vas a hacer uso del permiso, debes avisar con al menos diez días de anticipación a tu empleador, al empleador de la madre y a la Inspección del Trabajo.
Fuero Maternal
El fuero maternal te protege desde el inicio del embarazo y hasta un año después de terminado el postnatal (descartando el postnatal parental).

