Una de las grandes innovaciones que traerá consigo la nueva Ley de Protección de Datos es el establecimiento de nuevas bases de licitud, dejando atrás el binomio consentimiento-ley.

Sin perjuicio de lo anterior, la nueva ley reconocerá la extrema relevancia del consentimiento del titular y en virtud de ello regulará con mucha profundidad los requisitos necesarios para poder hablar de un “consentimiento válido”.

El consentimiento es la regla general del tratamiento de datos, situación que es reconocida expresamente por el legislador. En concreto, el consentimiento debe reunir unos requisitos, sin los cuales no se entiende existir un consentimiento válido según la nueva ley.

Teniendo en cuenta estos requisitos, es que salen a relucir ciertos temas que vale la pena tener presentes una vez que la nueva ley entre vigencia, toda vez que es muy probable que sean discutidos en el futuro.

Desafíos en la Obtención del Consentimiento

Un ejemplo de esto es la venta atada, donde el titular no puede contratar sin antes aceptar el tratamiento de sus datos personales, incluso para fines que van más allá del servicio contratado.

Los responsables de datos deben evitar exponer sus políticas de privacidad y tratamiento de datos en bloque, con un único checkbox que autoriza todo el tratamiento.

Para garantizar la libertad del consentimiento, se recomienda incorporar aceptaciones independientes asociadas a finalidades específicas, permitiendo al titular optar por aceptar todas, algunas o ninguna.

El Modelo Pay or Consent

Otra situación que podrá constituir un desafío en el futuro en relación a los nuevos requisitos que establece la ley respecto al consentimiento es el modelo Pay or Consent.

Este modelo ofrece al usuario dos opciones: (i) usar un servicio de forma gratuita y otorgar su consentimiento para tratar sus datos para realizar publicidad basada en su comportamiento; o (ii) pagar una tarifa por el servicio sin publicidad.

El Comité Europeo de Protección de Datos considera que los responsables del tratamiento deberían ofrecer más alternativas para asegurar la libertad del consentimiento, incluyendo alternativas que no impliquen el pago de una tarifa y que permitan una forma de publicidad con el tratamiento de menos o ningún dato personal.

Así las cosas, la nueva ley de protección de datos redefine la manera en que se obtiene el consentimiento del titular de los datos. Es esencial evitar cualquier práctica que pueda comprometer la libertad del titular al otorgar su consentimiento.

AUTORES: José Ignacio Mercado, Iván Meleda, Gabriela García.

TAG: #Empleado

Lea también: