El pago de cotizaciones es fundamental para cumplir con lo establecido en el artículo N.° 58 del Código del Trabajo, y estas deben completarse dentro de los 10 primeros días del mes siguiente a aquel en que se realizó el pago de nómina. En lo que a la gestión de remuneraciones respecta.

¿Cómo Funciona el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía es un instrumento de seguridad social que busca proteger a los trabajadores cuando están sin empleo. Es obligatorio para los trabajadores con contrato regidos por el Código del Trabajo, y los fondos se encuentran en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) que es propiedad del trabajador y en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

Afiliación y Cotizaciones

La incorporación o afiliación de un(a) trabajador(a) extranjero(a) a AFC Chile la debe realizar el empleador en la Sucursal Virtual de empleadores con su clave de empleador. Una vez dentro, seleccionar la opción “Mis trámites”> “Afiliación o registro” >” Afiliación de mis trabajadores”.

El empleador debe comunicar el inicio o término de los servicios de sus trabajadores a la Sociedad Administradora dentro del plazo de diez días, el que aumentará en tres días en los casos en que esta comunicación se efectúe por vía electrónica.

Las cotizaciones previsionales se pagan directamente en las sucursales de las AFP o en bancos, instituciones financieras o cajas de compensación con las cuales las AFP tienen convenio de servicios de recaudación. Al igual que el AFC, deben pagarse por parte del empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente en que se adquirieron las remuneraciones. Si el plazo vence un sábado, domingo o feriado esto se puede prorrogar hasta el primer día hábil siguiente. Si el empleador realiza la declaración y pago de cotizaciones a través de un medio electrónico, el plazo se extiende hasta el día 13 de cada mes, aún cuando sea día sábado, domingo o festivo.

Por ley, el período máximo de cotización de AFC es de 11 años, por cada relación laboral. Si la relación laboral terminó y no corresponde el pago de las cotizaciones, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes siguiente para acreditar esa situación. Los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán recibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.

Cálculo de Cotizaciones Previsionales

Calcular cotizaciones previsionales es relativamente sencillo, aunque el proceso puede tornarse complejo cuando se trata de muchos colaboradores con diferentes tipos de haberes y contratos.

A continuación, se detallan los principales componentes:

  1. Cotización salud (Fonasa o Isapre): 7%, aunque puede ser mayor dependiendo del valor del plan.
  2. Seguro de accidentes y enfermedades de trabajo: 0,90% de las remuneraciones imponibles, más una cotización adicional que varía en función de la actividad y riesgo de la empresa (no puede superar el 3,4% de las remuneraciones imponibles).
  3. Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): desde enero de 2022 se aplica una tasa única del 1,85%.
  4. Seguro de Cesantía: 2,4% o 3%, dependiendo del tipo de contrato del trabajador.

¿Cómo Aclarar o Regularizar Cotizaciones?

Las situaciones que como empleador se deben tener presentes para evitar aparecer con deudas en el Boletín laboral publicado por la Dirección del Trabajo, pagar intereses y costos procesales por la cobranza prejudicial y judicial son:

  • Mora Presunta: No existe pago de la cotización y en AFC no se registra un cese de labores u otro movimiento que lo justifique. La mora será notificada por AFC el día 50 desde la fecha en que debió ser cancelada la cotización.
  • No pagos: No existen pagos registrados dentro del plazo legal.
  • Pagos atrasados: Pagos que se realizan fuera del plazo legal.

AFC Chile inicia la gestión de cobranza (prejudicial) inmediatamente después de que detecta una cotización que no ha sido declarada o pagada, y sin justificación, como sería un término de contrato. Reconocer la deuda y presentar la Declaración y no pago (DNP) en Sucursal virtual de empleadores o en Previred.

Reconocer la deuda de manera presencial en una sucursal de AFC solicitando un formulario, completando y presentando este reconocimiento de deuda (DNP) en forma manual.

Realizar el pago atrasado de cotizaciones a la fecha a través de Previred. Sólo es posible si no se registra una cobranza iniciada por AFC Chile, situación que le será informada al momento de ingresar a la plataforma.

Pagos Atrasados

Para pagar cotizaciones después de la fecha del finiquito, se tienen dos opciones:

  • Online: Pagar en Previred.
  • Presencial: En cualquier sucursal de AFC completando la planilla de Declaración y No Pago de Cotización.

Si no se aclara el motivo de los pagos posteriores a la fecha de término de la relación laboral, AFC Chile podrá:

  • Dar inicio a las acciones de cobranza correspondientes.
  • Suspender el pago de beneficios que estén recibiendo los ex trabajadores involucrados por presumirse el inicio de una nueva relación laboral.

Publicación en Boletín Laboral

El atraso o no pago de cotizaciones puede publicarse como deuda en el Boletín Laboral de la Dirección del Trabajo. Las deudas informadas en el boletín son:

  • Deudas reconocidas directamente por el empleador.
  • Deudas de otros orígenes en etapa de cobranza judicial.

¿Cómo puedo aclarar deudas del Boletín laboral?

Si el empleador pagó las cotizaciones atrasadas antes del día de la publicación del Boletín laboral: AFC Chile se encargará de aclarar su situación para que sea eliminado sin costo.

En la sucursal virtual de AFC se pueden realizar distintos trámites, solo ingresando con rut de la empresa y clave de acceso.

Consultar rezagos por aclarar: si se han generado rezagos por diferencias entre el RUT y el nombre del trabajador o por el pago de cotizaciones no correspondientes al tipo de contrato registrado, se deberá rectificar en el menú “Rezagos”.

Regular la mora presunta o el reconocimiento de la deuda: revisar el detalle de la deuda y aclararla informando las fechas que correspondan si es por movimiento de personal u otro motivo. También se puede regularizar una cotización que ya fue pagada, indicando la fecha y canal por el cual se realizó el pago.

Solicitar aclaración de boletín: si hay una deuda que fue informada al boletín laboral, podrá ingresar una solicitud adjuntando los documentos que acrediten el pago en la entidad respectiva.

Recuerde que los trámites de movimiento de personal pueden realizarse ingresando a Sucursal Virtual de empleadores.

Consideraciones Adicionales

Si el(la) trabajador(a) cuenta con contrato de trabajo desde antes del 2 de octubre de 2002 y no está afiliado automáticamente al Seguro de Cesantía, puede hacerlo voluntariamente a través del formulario que se encuentra en este sitio web ingresando con su ClaveÚnica. Una vez realizada la solicitud AFC le notifica en 5 días si la solicitud fue aprobada o rechazada.

Una vez que el trabajador cuente con su cédula de identidad chilena, debe informar a AFC. Para ello, debe ingresar a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”.

Una vez que el(la) trabajador(a) extranjero(a) cuente con su cédula de identidad chilena, debe proceder a regularizar su situación con AFC.

Porcentajes de Cotización

La cotización obligatoria al Seguro de Cesantía equivale al 3% de la remuneración mensual, con tope de 131,9 UF para el 2025.

El actual porcentaje de cotización es de 4,11% de la remuneración pactada en el contrato de trabajo y es de cargo del empleador. Un 3% se destina al Seguro de Cesantía. El 1,11% de la cotización para indemnización obligatoria a todo evento lo continúa administrando la AFP del trabajador(a).

Pago de Cotizaciones

Las cotizaciones a la Cuenta Individual del trabajador o trabajadora debe pagarlas por un período máximo de 11 años. Si realiza este trámite de manera presencial, debe hacerlo por medio de BancoEstado o Servipag dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al pago de la remuneración.

Es decir que a partir de los 11 años cumplidos, no aportare mas al seguro de cesantia de manera individual? a no ser que me cambie de trabajo ahí empiezo nuevamente de 0? Estimada Natalie, así es. A partir de los 11 años seguidos (contados desde Octubre del 2002) en la misma empresa no se aporta más a la «Cuenta Individual de Cesantía», su sueldo líquido debería subir un 0,6%, y sólo seguirá el aporte de su empleador al «Fondo de Cesantía Solidario».

Pregunta entonces el trabajador con un mismo empleador cumplido los 11 años no se descuenta 0.6% con contrato indefinido, y empleador solo paga el 2.4% ? Estimado/a, sí y no. Efectivamente, pasados los 11 años al trabajador no se le descuenta el 0,6%, y por lo tanto su líquido a cobrar cada mes sube un 0,6%. Pero el empleador no paga el 2,4% a partir del año 11. A partir de entonces sólo paga el 0,8% al Fondo de Cesantía Solidario.

Estimada Jessica, el fondo del seguro de cesantía sólo es para cubrir en el caso de quedar cesante el trabajador. No es una cuenta corriente de libre disposición a partir de los 11 años.

Tabla Resumen de Cotizaciones

Concepto Porcentaje Responsable
Cotización Obligatoria Seguro de Cesantía 3% Empleador y Trabajador
Cotización Empleador (después de 11 años) 0,8% Empleador (Fondo de Cesantía Solidario)
Cotización Salud (Fonasa/Isapre) 7% Trabajador
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) 1,85% Trabajador

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