Comienza la discusión legislativa acerca del tercer retiro del 10% de ahorros previsionales para trabajadores y trabajadoras, quienes en su mayoría no califican para acceder a los beneficios económicos dispuestos para enfrentar la pandemia.

Propuestas del Tercer Retiro

La propuesta número 1 es muy similar a los dos proyectos anteriores de retiro del 10% de las AFP que finalmente se convirtieron en ley. Establece un monto mínimo y máximo de retiro, de 35 y 150 UF, que no será considerado renta, por lo que quedará exento de impuestos.

El proyecto 2 considera los mismos montos de retiro de las dos primeras iniciativas y adiciona en su articulado que las personas beneficiarias de rentas vitalicias, también puedan acceder al retiro del 10%.

Finalmente, la propuesta 3 tiene como rasgo central una configuración legal que les impediría a los detractores de un tercer retiro del 10%, recurrir al Tribunal Constitucional para bloquear su implementación.

Aprobación y Ayudas Económicas

La encuesta Pulso Ciudadano, indicó que el 80.2% de las personas consultadas está de acuerdo con el tercer retiro, no obstante, la aprobación de una reforma de este tipo se ve más compleja que antes, dado que desde el gobierno se indica que recurrirán al Tribunal Constitucional. Además, se han presentado una serie de ayudas económicas para que las familias puedan afrontar la complicada situación producto de la pandemia. Se amplía el Ingreso Familiar de Emergencia, se implementa un Bono para la Clase Media, un Préstamo Solidario y el Subsidio de Arriendo.

A las alternativas mencionadas se suma la propuesta del alcalde Lavín que permitiría un retiro con un máximo de 1 millón de pesos y un mínimo garantizado de 400 mil pesos desde la Administradora de Fondos de Cesantía.

Impacto del Retiro

Lamentablemente se ha normalizado que sean los trabajadores y trabajadores los que con sus ahorros enfrenten la crisis, lo cual sin duda afectará el monto de su pensión en el futuro. El retiro de ahorros previsionales puede tener un impacto en la obtención de beneficios que se otorgan a través de convenios internacionales de seguridad social, dado que existen países suscritos a estos convenios que contemplan en el acceso a beneficios, un mínimo de meses con aportes previsionales.

En ciertos casos estos periodos de cotización pueden ser complementados con los aportes previsionales realizados en Chile.

Proceso de Solicitud y Pago

En caso del tercer retiro: desde las 9 AM del miércoles 28 de abril del 2021 se podrá hacer la solicitud en el sitio web tu10conmodelo.cl. Puedes realizar un seguimiento de tu solicitud en el siguiente link : tu10conmodelo.cl. Para realizar una corrección deberás cancelar o anular la solicitud para luego ingresar una nueva solicitud.

  • Cuenta bancaria en Chile

Si seleccionas Cuenta 2 para recibir tu pago esta se abrirá de manera automática, desde esta cuenta podrás transferir a tu cuenta bancaria sin costo. La AFP tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago del retiro, en el medio de pago que hayas indicado al momento de tu solicitud.

En el caso del retiro 2 los pagos se realizan de la siguiente manera, si el retiro es menor o igual a 35 UF, se pagará en una sola cuota hasta 10 días hábiles de ingresada la solicitud, en caso de que el retiro sea mayor a 35 UF este monto se divide en dos cuotas de 50% cada una, pagadas la primera 10 hábiles posteriores al ingreso de la solicitud y la segunda 10 días hábiles posteriores al primer pago.

El valor de los fondos de pensiones se expresa en cuotas y en valor cuota. La cantidad de cuotas representa cuántas partes del fondo eres dueño. Mientras que el valor cuota es un valor de referencia que permite medir la rentabilidad que va generando el fondo, en el día a día.

Por ejemplo: si un afiliado tiene acumulado $100.000 y el valor de la cuota es de $1.000, entonces el capital de este afiliado se expresa en 100 cuotas.

La ley que autoriza el 3° retiro de fondos cuenta con un mecanismo voluntario en el que podrás solicitar imponer un 1% adicional, al menos por 12 meses en la AFP. En el caso de los Retiros 1 y 2 no hay mecanismos para la reposición de fondos.

¿Quiénes Pueden Solicitar el Retiro?

  • Si estás cerca de un consulado chileno: los afiliados también, pueden presentar su solicitud de retiro en un Consulado chileno.
  • Debes comunicarte directamente con el Poder Judicial. Puedes acudir directamente al Poder Judicial para solicitar que aclaren tu situación de deuda.
  • Podrás realizar la solicitud de retiro al igual que cualquier otro afiliado.
  • Sí, todos los pensionados de Vejez, Invalidez definitiva o transitoria y los beneficiarios que reciban pensión de Sobrevivencia, bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado podrán solicitar el retiro.
  • Sí, podrás realizar la solicitud de retiro.

Los afiliados que presenten la solicitud a través de mandatarios, deberán otorgar los mandatos mediante escritura pública o privada, y en este último caso, con la firma autorizada ante Notario u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría.

  • Sí, puedes hacer el retiro en ambos casos. También pueden efectuar el retiro de fondos los menores de 18 años que tengan una cuenta obligatoria o de afiliado voluntario.

Existen dos formularios de solicitud que dependen del tipo de trabajador que la presente:

  • Trabajadores dependientes, al ser el empleador quien debe realizar el pago de las cotizaciones previsionales.
  • Trabajadores independientes obligados a cotizar, en este caso quien realizará el cálculo será hecho por Servicio de Impuestos Internos, al momento de determinar las cotizaciones previsionales.

La iniciativa finalizó su trámite legislativo este viernes. En cuanto a los montos, el mínimo será de 35 y el máximo 150 UF, es decir, entre 1 a 4 millones de pesos.

Uno de los temas que se debatió en el Senado fue una indicación que buscaba restringir el acceso del retiro de fondos a personas que hubieran tenido una interrupción de cotizaciones durante la pandemia. El monto máximo de retiro será de 150 UF y se descontará de la mensualidad que reciben los pensionados a través de un prorrateo.

También se rechazó una indicación que, en la práctica, buscaba incorporar el pago de impuestos en el tercer retiro. El tercer retiro es un proceso excepcional que te permite retirar tus ahorros obligatorios destinados a la pensión.

No, el tercer retiro es independiente de los dos anteriores. No es requisito haber realizado los retiros anteriores para acceder a este.

Junto con la promulgación del proyecto del tercer retiro, el Gobierno anunció el envío de un proyecto adicional al Congreso. A diferencia de los retiros anteriores, este tercer retiro del 10% está libre de impuestos.

Este tercer retiro es universal, lo que significa que todas las personas que hayan ahorrado en una AFP pueden acceder a retirar sus fondos. Esto incluye a los beneficiarios de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia. Además, los pensionados que reciben una renta temporal o un retiro programado también pueden efectuar el retiro.

Una vez que realices la solicitud, recibirás el pago en un plazo de 15 días hábiles. Es importante tener en cuenta que cada caso es único, y la decisión de qué hacer con tus fondos dependerá de tu edad, situación personal, profesional y familiar. Asesórate con profesionales para tomar la mejor decisión.

La respuesta a esta pregunta dependerá de varios factores, como tus ingresos, los impuestos que pagas, el saldo de tu cuenta de ahorro obligatorio, si tienes deudas y tu edad.

Bono de Cargo Fiscal de hasta $200.000

La nueva Ley N° 21.339 establece el derecho a un bono de cargo fiscal para dos grupos de afiliados y beneficiarios del sistema de pensiones. Mediante un oficio enviado a las siete administradoras de fondos de pensiones (AFP), la Superintendencia de Pensiones (SP) comenzó el proceso de gestión y pago del nuevo bono de hasta $ 200.000 para dos grupos específicos de afiliados y beneficiarios del sistema de pensiones.

Requisitos para Acceder al Bono de $200.000

Para acceder a los $ 200.000, las personas deben cumplir con los siguientes dos requisitos:

  1. Haber quedado con saldo cero en sus cuentas de ahorro obligatorio producto de los retiros, en algún momento entre el 30 de julio de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
  2. Encontrarse afiliadas al sistema al 1 de enero de 2021 y en sus cuentas de ahorro obligatorio registrar al 31 de marzo de 2021 un saldo positivo, pero inferior a $ 200.000.

Un segundo grupo de personas, en tanto, podrá acceder a un bono que les permita completar $ 200.000. En este caso, el beneficio se entregará hayan o no retirado fondos.

Proceso de Solicitud y Pago del Bono

Dado que se trata de un bono de cargo fiscal, la Superintendencia de Pensiones instruyó que sean las AFP las encargadas de enviar directamente a la Tesorería General de la República (TGR) la lista de personas que califican para acceder al beneficio. En paralelo, la administradora deberá notificar al afiliado o beneficiario que inició el trámite para requerir el bono de cargo fiscal.

Una vez recepcionadas las nóminas, la TGR transferirá los fondos a la AFP y éstas deberán proceder a generar un proceso de solicitud y pago similar al tercer retiro de fondos. Para esto, tendrán un banner o plataforma especial en sus sitios web.

Con todo, la Superintendencia de Pensiones y las entidades que participan en este inédito proceso están trabajando para acelerar las fechas de transferencia y pago de los recursos. El bono será depositado en las cuentas de capitalización individual obligatoria y las de afiliados voluntarios.

Autopréstamo AFP 2024

El Autopréstamo AFP 2024, actualmente en trámite en el Congreso como parte de la Reforma Previsional, ha generado gran interés entre los ciudadanos chilenos. Si la iniciativa recibe el respaldo del Senado y la Cámara de Diputados en un posible tercer trámite, los afiliados a las AFP podrían acceder a un retiro de hasta $1.100.000, equivalente a 30 Unidades de Fomento (UF), de sus ahorros previsionales. Este monto se devolvería en cuotas mensuales, comenzando el mes siguiente al retiro.

Condiciones para Acceder al Autopréstamo AFP 2024

Aunque el proyecto de ley aún está en discusión, ya se han definido algunos requisitos para quienes deseen acceder al Autopréstamo AFP 2024. Entre ellos se encuentran:

  • Inscripción en una AFP: Ser afiliado de una de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Edad mínima para la solicitud: Estar a cinco años o más de la edad legal de jubilación. Esto significa que los hombres deben ser menores de 60 años y las mujeres menores de 55 años.
  • No estar jubilado: La solicitud no es válida para quienes ya estén jubilados.
  • Fondos suficientes en la cuenta: Contar con un saldo adecuado en su cuenta individual para realizar el retiro.

Estado Actual del Proyecto del Autopréstamo

Actualmente, el proyecto está en el segundo trámite legislativo. Antes de llegar a la sala para una votación final, el Autopréstamo AFP 2024 debe ser discutido en la Comisión del Trabajo y en la Comisión de Hacienda. Si el proyecto sufre modificaciones, será necesario un tercer trámite en la Cámara de Diputados para alcanzar la aprobación definitiva.

Cómo Consultar el Saldo en tu AFP

Para saber cuál es tu saldo actual, puedes ingresar a la Superintendencia de Pensiones usando tu RUT para averiguar en qué AFP estás afiliado.

Preguntas Frecuentes sobre el Retiro de Fondos

A continuación, se responden algunas preguntas frecuentes sobre el retiro de fondos de pensiones:

¿Cuántos días tienen los afiliados para solicitar su retiro?

Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si fue aprobada, tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.

¿Si mi solicitud fue rechazada qué debo hacer?

Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones de por qué se rechazó su presentación. De esta manera, la persona corregirá los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.

¿Se pueden retirar los fondos del bono por hijo?

Sí.

Modalidades de Pago del Retiro

El solicitante del retiro podrá elegir entre las siguientes modalidades de pago:

  • Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no tiene una, se creará una automáticamente en la administradora en la que está realizando la solicitud.
  • Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular como cuenta corriente, vista o de ahorro. También a cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante del retiro deberá informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
  • Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.

Información Adicional

  • El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (unos $ 4.300.000) y un mínimo de 35 UF (unos $ 1.000.000).
  • No, el retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.
  • La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.

Sí.

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