El empleo es la herramienta fundamental para superar la pobreza y terminar con la desigualdad en Chile. En consecuencia, asegurar y aumentar el acceso al empleo a todo quien quiera trabajar ha sido uno de los mayores desafíos que se ha propuesto el Gobierno.

Objetivos y Fundamentos

La iniciativa tuvo su origen en un Mensaje de S.E. El presente proyecto de ley busca entonces mejorar el monto de los beneficios ofrecidos por el Fondo de Cesantía Solidario, incrementando los valores superiores e inferiores a que están sujetos estos pagos, así como las tasas de reemplazo de los beneficios.

Aun cuando las políticas que se han implementado a favor del empleo apuntan en el sentido correcto y están rindiendo frutos, se necesita, al mismo tiempo, proteger a nuestros trabajadores que quedan en condición de cesantía, para ayudarlos a encontrar, en el menor tiempo posible, un nuevo puesto de trabajo desde el cual puedan desplegar sus potencialidades y talentos, evitando ser atrapados en las redes del asistencialismo.

En efecto, las reservas del seguro de cesantía han crecido muy por sobre lo proyectado desde su creación, por lo que la acumulación de recursos permite financiar mejores beneficios y a un costo menor, sin comprometer la solvencia del sistema.

Consolidación del Seguro de Cesantía

Luego de más de diez años de operación, el Seguro de Cesantía se ha consolidado como un instrumento de protección social que otorga beneficios a los trabajadores afiliados durante los períodos de cesantía.

Respecto de los resultados del Seguro de Cesantía, manifiesta que los montos acumulados en las Cuentas Individuales por Cesantía superan los cinco mil millones de dólares (julio de 2013). En el caso del Fondo de Cesantía Solidario, superan los dos mil millones de dólares. En los últimos dos años las Cuentas Individuales y el Fondo de Cesantía Solidario han mostrado una tasa de crecimiento anual promedio de 29% y 34% real, respectivamente.

Agrega que esta iniciativa coincide con muchas de las propuestas que ha hecho durante los últimos años la Comisión de Usuarios del Seguro de Cesantía, instancia en la que participan organizaciones de trabajadores y empleadores.

Uso del Fondo de Cesantía Solidario

Por otra parte, añade, desde la creación del Seguro se ha observado un bajo uso del Fondo de Cesantía Solidario. Así, un importante porcentaje de los trabajadores que calificaban con los requisitos generales de acceso al momento de solicitar beneficios, no optaron por éste, recibiendo entonces prestaciones financiadas exclusivamente desde su Cuenta Individual por Cesantía.

Por ejemplo, durante el año 2012 un 63% de las solicitudes con opción al Fondo Solidario, optaron por la Cuenta Individual por Cesantía.

Continúa señalando que lo anterior se explica, en parte, por el insuficiente monto de los beneficios ofrecidos por el Fondo de Cesantía Solidario, que dependen en forma directa de los valores superiores e inferiores a que están sujetas las prestaciones correspondientes, actualmente de 234.794 y 108.747 pesos, para el primer mes, valores que van descendiendo hasta llegar a 140.877 y 59.317 pesos, para el quinto mes de pago del beneficio.

Adicionalmente, manifiesta, existen reglas especiales de acceso y uso del Fondo de Cesantía Solidario, una de las cuales limita el número de veces en que se puede optar por dicho Fondo a dos en un período de cinco años.

Mejoras y Modificaciones Propuestas

En concreto, añadió, el proyecto de ley contempla, en primer lugar, un aumento en los porcentajes de remuneración. En efecto, para los tres primeros pagos con cargo al FCS en el caso de Contratos Indefinidos y dos pagos en el caso de Contratos Plazo Fijo - Obra o Faena.

En segundo lugar, el aumento en el monto de los beneficios mínimos y máximos en el caso que se use el FC. De este modo, los Trabajadores a plazo indefinido, tendrán un tope máximo del beneficio correspondiente a $525.000 (equivalente a 70% de $750.000. Esta última cantidad corresponde al nuevo valor implícito tope de remuneración que se usa para el cálculo de los beneficios. Valor implícito actual es aprox. $470.000). El valor inferior es equivalente al 25% del salario mínimo ($210.000).

Hizo presente que, en el caso de los trabajadores a plazo fijo, se fijaría un aumento en el monto de los beneficios mínimos y máximos en el caso que se use el FCS.

Por otra parte, señaló que el proyecto contempla cambiar el límite de acceso al Fondo Solidario a 10 pagos en 6 años (Para estos efectos no se considera los dos pagos adicionales en caso de alta cesantía que contempla la ley).

Cotizaciones Previsionales

Asimismo, el proyecto contempla hacer imponible para pensiones los beneficios del seguro de cesantía. En efecto, las cotizaciones se financiarían con cargo al Fondo Solidario, sin afectar el monto del beneficio que recibe el trabajador cesante.

Se pagaría cotizaciones solo en el caso de beneficiarios que, teniendo derecho, opten por hacer uso del Fondo de Cesantía Solidario. Las cotizaciones incluirían el aporte a la cuenta individual (10%) más el seguro de invalidez y sobrevivencia (1,26%).

Dichas cotizaciones serán calculadas en función del monto de la prestación correspondiente.

Adicionalmente, agregó, la iniciativa propone que en el mes cuando el trabajador cesante pierda dicha calidad, por encontrar trabajo, la prestación del seguro de cesantía se pagará en forma propor...

Requisitos para acceder a los beneficios

El señor Ministro manifestó, asimismo, que en la actualidad para cualquier causal de término de la relación laboral, los trabajadores tienen derecho a beneficios con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía siempre que: en el caso de trabajadores a plazo indefinido, registren al menos 12 cotizaciones desde su afiliación al seguro o desde el último giro; en el caso de trabajadores de plazo fijo, registren 6 cotizaciones desde afiliación del seguro o desde el último giro.

Al respecto, agregó, se pueden hacer tantos retiros como permita el saldo. A su vez, se contempla un Fondo de Cesantía Solidario, que opera cuando el saldo es insuficiente en la cuenta individual para financiar los beneficios.

Para acceder a él se requiere registrar al menos 12 cotizaciones mensuales desde su afiliación al seguro o desde que se devengó el último giro, en los últimos 24 meses antes del despido, y 3 cotizaciones continuas con el mismo empleador.

Administración del Seguro

Asimismo, el señor Jobet señaló que el seguro lo administra una sociedad anónima de giro único, escogida por licitación, a través de un Contrato de administración que se adjudica por diez años.

Las obligaciones del administrador dicen relación con administrar el Fondo de Cuenta Individual y el solidario; recaudar cotizaciones; otorgar y administrar las prestaciones que señala la ley; debe tener a disposición del público una red de 50 centros de atención.

Comisiones

Por otra parte, el señor Ministro expresó que la estructura de comisiones queda definida en las Bases de Licitación. El nivel de las comisiones se define según el resultado de la licitación: Primera licitación: 0,6% de fondos administrados y Segunda licitación: 0,49% de fondos administrados.

Además, si la rentabilidad semestral es mayor al rendimiento de un benchmark, se puede incrementar comisión base en 10%.

Tabla Resumen de Beneficios del Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Beneficio Trabajadores a Plazo Indefinido (Actual) Trabajadores a Plazo Indefinido (Propuesta) Trabajadores a Plazo Fijo (Propuesta)
Tope Máximo del Beneficio Aprox. $470.000 $525.000 (70% de $750.000) Aumento en montos mínimos y máximos
Valor Inferior N/A 25% del salario mínimo ($210.000) Aumento en montos mínimos y máximos

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