El acceso a la jubilación y los beneficios del seguro social en Chile están sujetos a una serie de requisitos y condiciones que es importante conocer. A continuación, se detallan algunos de los aspectos más relevantes, incluyendo la Pensión Garantizada Universal (PGU) y otros beneficios asociados.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico del Estado al que puedes acceder si cumples con los requisitos. Para acceder al beneficio, debes tener 65 años cumplidos.
Puedes consultar si cumples con los requisitos para pedir la Pensión Garantizada Universal (PGU) a través del sitio web ChileAtiende. Solo debes ingresar tu RUN y fecha de nacimiento. Si deseas acceder al beneficio de inmediato, ingresa tu ClaveÚnica y continúa los pasos que te indique la plataforma hasta terminar el proceso. También puedes solicitarla en una sucursal ChileAtiende, agendando tu visita y llevando tu cédula de identidad.
Existen algunas causales de suspensión del beneficio PGU:
- No cobro de la PGU durante 6 meses continuos. Puedes solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión.
- Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
- Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).
En caso de rechazo o suspensión, puedes interponer un reclamo ante el IPS, en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión.
Pensión de Vejez
Puedes consultar si cumples con los requisitos para pedir la pensión de vejez a través del sitio web ChileAtiende. Solo debes ingresar tu RUN y, si deseas acceder al beneficio de inmediato, ingresa tu ClaveÚnica y continúa los pasos que te indique la plataforma hasta terminar el proceso. También puedes pedir la pensión en una sucursal ChileAtiende, agendando tu visita y llevando tu cédula de identidad. La pensión de vejez es vitalicia.
Si quieres conocer el estado en que se encuentra tu solicitud de pensión de vejez, ingresa con tu ClaveÚnica al sitio web ChileAtiende.
Para pensionarse, la afiliada o el afiliado debe presentar en la administradora de fondos de pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual que tiene la afiliada o el afiliado y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes.
Es importante que las personas sepan que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal. Esos ahorros pueden realizarse en una Cuenta de Ahorro Voluntario o también llamada Cuenta 2, una cuenta de ahorro previsional voluntario (APV) y mediante Depósitos Convenidos.
Reforma del Sistema de Pensiones
La reforma del sistema de pensiones incluye varios aspectos importantes:
Compensación Mujeres
Beneficio dirigido exclusivamente a mujeres y que busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida. Se financia con el Seguro Social y garantiza que una mujer y un hombre, con igual ahorro en la AFP, que se pensionan a la misma edad (desde los 65 años) y que tengan un grupo familiar equivalente, reciban la MISMA PENSIÓN mensual.
Ampliación del Seguro de Lagunas
Desde el 1 mayo 2025 se extiende la cobertura del Seguro de Lagunas Previsionales. Este aporte otorga 0,1 UF por cada año cotizado, con un tope de 25 años. En el caso de las mujeres, el umbral para acceder a ese aporte es de 10 años de cotización en el transcurso una década, para luego aumentarlo a 15 años. Los hombres con al menos 20 años cotizados recibirán dos unidades de fomento del seguro social mensuales, mientras que las mujeres con 10 años o más obtendrán desde 1,0 UF. Ambos también tendrán acceso al aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), que llegará a $250.000 gradualmente, y las mujeres recibirán un bono adicional por compensación por su mayor expectativa de vida.
Incentivo a la Cotización
Se propone un incentivo a la cotización. Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.
Comisiones y Rentabilidad
Las comisiones ya no serán fijas, sino que dependerán del rendimiento del fondo de pensiones. Si el fondo pierde valor, la comisión disminuirá un 15%. Por el contrario, si el fondo gana, la comisión puede aumentar hasta en un 15%. Se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros. Las comisiones serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo.
Licitación Stock de Afiliados
Cada dos años, el 10% de los afiliados actuales serán licitados y asignados al administrador que ofrezca la menor comisión. Se licitará el 10% de los afiliados. Se promueve la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración.
Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones
Crea el “Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones”, centralizando las gestiones de cobro prejudicial y judicial para optimizar la recuperación de deudas.
Fondos Generacionales
Los multifondos serán reemplazados por un sistema de Fondos Generacionales, donde las inversiones se ajustarán automáticamente según la edad del afiliado. No.
Cotización Adicional
1,5% Cotización con rentabilidad protegida con el cual se financiará la garantía de 0,1 UF por año.
El IPS prestará servicios de soporte a las AFP, las que tendrán la facultad de subcontratar esa función.
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