En ProVida, el proceso para solicitar la jubilación por invalidez está diseñado para ser ágil y seguro. A continuación, te presentamos una guía detallada sobre los requisitos y pasos a seguir para acceder a este beneficio.

Cómo Iniciar tu Solicitud

Puedes iniciar tu solicitud de pensión de invalidez a través de videollamada con la ayuda de un ejecutivo o solicitando el preingreso en el formulario. Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Agenda el día y hora que más te convenga. Completa el formulario y recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles.

Documentación Necesaria

Lo primero a considerar es haber llenado los formularios: Solicitud de Pensión, Solicitud de Calificación de Invalidez y la Ficha de Datos Personales para la Calificación de Invalidez. Además, necesitarás:

  • Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • Empleados públicos: deben presentar certificado que lo acredite.

Evaluación de la Comisión Médica

La Comisión Médica te contactará y te dará el día, la hora y el lugar al que asistirás para evaluarte. Esta comisión te dará órdenes de exámenes e interconsultas médicas a realizarse en las instituciones adscritas a la Superintendencia.

Si tu cobertura del SIS está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia. ● Con cobertura de SIS* (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre esta.

Tipos de Invalidez

Existen dos tipos principales de invalidez que determinarán el proceso y los beneficios a los que puedes acceder:

  • Invalidez Total: pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a 66%. Este dictamen será definitivo y no requiere una reevaluación posterior.
  • Invalidez Parcial: pérdida en la capacidad igual o mayor a 50% y menor a 66%. Este dictamen será transitorio por 3 años.

Al recibir el dictamen deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique.

Trámite Posterior al Dictamen

Una vez que recibas el dictamen de la Comisión Médica, el proceso a seguir dependerá del tipo de invalidez que se te haya diagnosticado:

  • Invalidez aprobada y definitiva: se emitirá un Certificado de Saldo. Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, solicita ofertas al SCOMP*.
  • Invalidez parcial: sin cobertura del SIS*, recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual. En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión. Tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.

Compatibilidad con el Trabajo

Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.

Pensión de Sobrevivencia

Si mueres antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso que tengas beneficiarios de Pensión. Los Ahorros son solo tuyos. En caso de fallecer antes de la edad legal de pensión o durante la misma, y si tienes beneficiarios, se generará una Pensión de Sobrevivencia. Si te pensionaste en una AFP tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tienes se entregarán en un solo pago a tus herederos o al Estado, según la ley.

Pensión en el Extranjero

Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile. Ingresa acá para conocer si el país donde te encuentras posee Convenio Bilateral. Si es así, realiza el trámite a través del Organismo de Enlace de Seguridad Social de donde resides.

Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)

Es un Sistema que reúne y entrega la información de afiliados y beneficiarios a las AFP y Compañías de Seguros para ofrecerles alternativas de Pensión. Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, tus datos deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Podrás aceptar alguna de las ofertas para pensionarte o rechazarlas. Si no aceptas, puedes realizar un nuevo proceso de solicitud de Pensión. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

Opciones de Pago de la Pensión

Tú eliges cómo cobrar tu Pensión. Te sugerimos recibirla en una cuenta bancaria a tu nombre para mayor comodidad y más seguridad.

Modalidades de Pensión

Para saber cuál es la opción más conveniente, hay que conocer las diferentes características de las modalidades. Si tus Ahorros pueden financiar una Pensión mensual superior a la Pensión Garantizada Universal (PGU) actual, recibirás ofertas de distintas modalidades de pensión a través del SCOMP. Estas se diferenciarán en el monto y quién pagará: una AFP, una compañía de seguros o ambas. Finalmente, indica tu selección.

Tipos de Modalidades

  • Retiro Programado: Es una modalidad de Pensión pagada por una AFP. El monto es variable debido a que se recalcula cada año, dependiendo de lo que hayas ahorrado.
  • Renta Vitalicia Inmediata: Es una modalidad de Pensión pagada por una Compañía de Seguros. El monto pactado con la Compañía de Seguros es fijo y vitalicio. La Pensión solo termina con la muerte del beneficiario. Al morir, tus beneficiarios recibirán dinero como Pensión de Sobrevivencia, pero no como Herencia.
  • Renta Vitalicia Diferida: Modalidad de Pensión con renta vitalicia diferida. Acá paga primero la AFP y después una Compañía de Seguros. La renta temporal se acabará en el tiempo establecido. Ya terminada, continúa la Renta Vitalicia con la compañía. Al morir, tus beneficiarios la recibirán como Pensión de Sobrevivencia.
  • Renta Mixta: Modalidad de Pensión Mixta con retiro programado en la cual la AFP y la Compañía de Seguro pagan de forma simultánea. El monto de la AFP se recalcula cada año. El de la compañía es fijo y vitalicio. En este punto, el afiliado tiene la posibilidad de solicitar Condiciones Especiales de Cobertura para cubrir a sus beneficiarios en caso de fallecer. Las condiciones son dos: Periodo Garantizado y Cláusula de incremento de porcentaje.

Pensión Anticipada por Enfermedad Terminal

Afiliado certificado con una Enfermedad Terminal que tenga ahorro en su cuenta obligatoria y/o productos voluntarios. Puedes solicitar el beneficio. La pensión será pagada por la AFP del afiliado a la fecha de la solicitud, con cargo a su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. Se reserva lo de Sobrevivencia y Cuota Mortuoria. Desde el 1 de abril de 2021 comienza el periodo transitorio para solicitar pensión anticipada como enfermo terminal. Solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado o por los diagnósticos contemplados en el artículo transitorio de la Ley (ver preg.5). Luego, dependerá de la certificación de las Comisiones Médicas que se crean al efecto. Para realizar la solicitud debes ingresar a www.provida.cl.

Puedes solicitar este beneficio, pero una vez que entre en vigencia LET, la pensión que recibías previamente se anula y comienzas a recibir la nueva Pensión Anticipada como Enfermo Terminal.

Consideraciones Adicionales

  • Asesoría: Sí, pero ten en cuenta que se cobra por Asesoría.
  • Reversibilidad: Te puedes arrepentir si no has comenzado a recibir el pago de Pensión. Para informar esta decisión, debes llamar al 600 2010 150, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs.

Proceso Continuo y Reevaluación

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.

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