La jubilación es un momento crucial en la carrera de cualquier carabinero. Para comprender los requisitos y beneficios asociados a este proceso, es fundamental conocer las diferentes opciones y regulaciones que aplican.
Pensión de Retiro
La Pensión de Retiro es el beneficio previsional que adquiere el personal de la Policía de Investigaciones al cumplir 20 años de servicios efectivos (Art. Nº 82 DFL.
Desahucio
El Desahucio es una indemnización que tiene derecho a percibir el personal de planta de la Policía de Investigaciones quien, cumpliendo los requisitos, se retira de la Institución con derecho a pensión.
Desahucio para Personal Ingresado antes del 23 de septiembre de 1989
- Regido por antiguo estatuto administrativo (D.F.L. 338 de 1960).
- En servicio activo se cotiza un 6% de la remuneración imponible.
- Se computa tiempo institucional y se agrega el tiempo de Conscripción Militar.
- Equivalente a un mes de sueldo imponible por cada año de servicio, con tope de 24 mensualidades.
Desahucio para Personal Ingresado a Contar del 23 de septiembre de 1989
- Se rige por el artículo N° 133 del D.F.L. (INV) N° 1/80, Estatuto del personal de la PDI.
- Cotización de un 5% de la remuneración imponible en servicio activo, retiro o montepío.
Beneficios Adicionales
Además de la pensión y el desahucio, existen otros beneficios que pueden aplicar según la situación individual del carabinero.
- El personal que se haya retirado de la Institución por causal de invalidez de primera, segunda y tercera clase, de acuerdo a lo dispuesto en el Art.
- Personal a Contrata establecido en el Art. N° 1 del DFL.
Mayores Sueldos
Cuando un funcionario ha cumplido el tiempo necesario para el ascenso y no se contemplan las vacantes en los grados superiores, en forma compensatoria se pueden otorgar 2 mayores sueldos y excepcionalmente hasta un tercero. (Art. 43 del DFL.
Renta del Grado
El oficial de fila y de los servicios que se hallare gozando de la renta del grado 2 y acredite 32 años de servicios computables, tendrá derecho al grado 1. (Art. 44 del DFL.
Asignación de Suboficial Mayor
Equivalente a un 25%, que le corresponde percibir al personal de la Policía de Investigaciones que invista el grado 11 y entere 30 años de servicios efectivos computables (se entiende que son tiempos trabajados con imposiciones en cualquier caja). (Art. 46 letra k) del DFL.
Especialidad al Grado Efectivo
Monto fijo de acuerdo al grado jerárquico respectivo, en conformidad al Decreto N 3551, de 1980, y sus modificaciones posteriores.
Departamento de Retiro de la PDI
Desde el mes de Septiembre del 2020, el Departamento de Retiro de la Policía de Investigaciones de Chile es el encargado de recopilar toda la documentación del funcionario policial que pase a retiro. El Depto.
*Informamos que debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19, la atención de público está suspendida en forma presencial. Lunes a Viernes de 09:00 hrs.
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