El ejercicio del cargo requiere de elementos de protección personal o implementos de seguridad.
Objetivo del Cargo
Ejecutar, de acuerdo a las instrucciones de la jefatura, las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos y elementos electrónicos de los sistemas de comunicaciones (receptores, transmisores, radioenlaces, etc.), navegación (VOR/DME, ILS) y vigilancia (radar) y a los sistemas aeroportuarios de detección (máquinas de rayos x) asignados en la unidad aeroportuaria, conforme a la normativa vigente.
Requisitos Generales
Los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública se señalan en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
- Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito.
Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
Requisitos Específicos
- Título profesional otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocido por éste.
*Esto se debe acreditar mediante copia de certificado de título y adjuntarlo en el campo “Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por Ley”. No se considerarán títulos en trámites, certificados de grados académicos, cédula de identidad con indicación de profesión, ni certificados de Registro Civil que los señale.
*En caso de acreditar un título obtenido en el extranjero, éste debe estar reconocido y revalidado, según corresponda, por la autoridad competente, debiendo adjuntar esta validación en el campo "Copia de certificado que acredite nivel educacional, título profesional o técnico". La no presentación de este antecedente inhabilitará su participación en el proceso.
- 1 año de experiencia en funciones afines al cargo publicado.
*Esto se debe acreditar mediante copia de certificado que acredite experiencia laboral y adjuntarlo en el campo “Certificados que acrediten experiencia laboral”. La experiencia profesional solicitada se contabilizará a partir de la fecha de la obtención del título, y será considerada solo la que esté certificada, a través de documento donde se señale claramente el periodo y el cargo y/o funciones. El formato puede ser descargado desde www.empleospublicos.cl en el apartado Anexos para postulación, el cual se encuentra al costado derecho del final de la página. Este documento debe estar firmado y timbrado por su ex o actual jefatura.
Sólo se aceptarán documentos con formato distinto al solicitado, en la medida que la información contenida en ellos sea la misma que la establecida en el formato del portal; fecha, cargo y funciones, con firma y timbre de jefatura.*En caso de ser funcionario/a activo/a de la DGAC, debe solicitar el certificado de experiencia a su precalificador/a. En caso de ser exfuncionario/a de la DGAC, puede solicitarlo al Subdepartamento Personal, Sección Ciclo Laboral, Oficina Archivos, Cauciones y Credenciales.
Proceso de Selección
(*) Según el número de postulaciones recibidas, se podrán adicionar, modificar o eliminar etapas, con el fin de optimizar la evaluación de postulantes.
- Evaluación conocimientos técnicos: Consiste en la aplicación de una prueba técnica o de conocimientos, que tiene el propósito de evaluar el nivel de conocimiento de los candidatos de acuerdo al objetivo y funciones del perfil de cargo.
Los y las postulantes que obtengan los 10 puntajes más altos (en cada unidad de postulación), avanzarán a la siguiente etapa, que corresponde a la Evaluación Psicolaboral. En caso de existir más de un postulante con el mismo puntaje, se utilizará como criterio de desempate, el mayor puntaje en la etapa Revisión Curricular.
- Evaluación Psicolaboral: Consiste en la aplicación de una batería de tests y entrevista, que se utilizan para evaluar las competencias asociadas al perfil de cargo.
- Entrevista de Apreciación Global: Evaluación realizada a quienes hayan superado la etapa anterior.
La obtención del puntaje en la Entrevista de Apreciación Global, estará dado por la multiplicación del promedio de notas obtenidos por 30 (que es el puntaje máximo de la etapa), dividido por 7 (que es la nota máxima de evaluación). Los puntajes obtenidos en esta etapa serán aproximados a la décima mayor, a partir de la centésima 0,05. (Ej. 20,05 se aproximará a 20,1 pts.).
Los documentos requeridos para postular deben cumplir con las condiciones indicadas en el aviso, no cumplir con ellas afectará su postulación.
Las personas que postulen son responsables de la entrega completa de antecedentes y veracidad de la información que presentan.
Será responsabilidad de cada postulante que los documentos adjuntos sean legibles y en un formato que pueda ser visto.
La experiencia profesional se evaluará conforme a lo señalado en el certificado de experiencia profesional; la que se calculará desde la fecha de titulación hasta la fecha de publicación del llamado, y se expresará en años. Se excluyen para estos efectos las prácticas profesionales y voluntariados.
Los postulantes que sean seleccionados, deberán realizar una Inducción previa a su ingreso a la institución, de forma obligatoria, la cual se realizara en la REGION METROPOLITANA.
El correo electrónico sólo será para dudas o consultas sobre el proceso. Se responderá en horario de oficina hábil, esto es: Lunes a Jueves 08:30 a 17:30 hrs.
Estructura Salarial
A continuación, se presenta una tabla que detalla los componentes de la estructura salarial, incluyendo sueldo base y diversas asignaciones y bonificaciones:
| Componente | Descripción |
|---|---|
| Sueldo Base | Escala de sueldos de las FF.AA. |
| Bonif. Mando | Art. 185, Letra J) D.F.L. (G) Nº1 de 1997 |
| Bonificación Compensatoria | Ley Nº 18.717 |
| Subresueldo Título | Art. 186, Letra g), D.F.L. (G) Nº1 de 1997 |
| Asig. Aeronáutica | Ley 19.261 |
| Asig. Grado Efectivo | Art. 185, Letra b) del D.F.L. (G) Nº 1 de 1997 |
| Inclemento | Ley 19.261, Art. 2º |
| Bonificación Especial | Art. 6º Ley 18.870 |
| Asig. Rancho | Art. 195 del D.F.L. (G) Nº 1 de 1997 |
| Asig. Movilización | D.L. Nº 97, Art 6º de 1973 |
| Comp. Base Asig. Modernizac. | Ley 19.618 ( 15% ) |
| Incremento Colectivo | Ley 19.618.- ( 8% ) |
| Incremento Institucional | Ley 19.618 ( 7.6% ) |
| Bono Imp. Asig. | 2 |
No se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales y las afectas a fines determinados, tales como asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de permanentes, y ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos y el bono de escolaridad.
TAG: #Sueldo

