Este artículo proporciona información detallada sobre el proceso y los horarios para solicitar el Seguro de Cesantía en Chile, incluyendo detalles sobre la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?
La Cuenta Individual de Cesantía (CIC) es la cuenta que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) le entrega a cada trabajador afiliado. En esta cuenta se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales, aportadas tanto por el trabajador como por el empleador en contratos indefinidos, o solo por el empleador en contratos a plazo fijo, por obra o servicio.
Si una CIC no ha sido cerrada por alguna causa, y presenta un saldo igual a cero, mantiene su vigencia. A partir del 1 de octubre de 2020, los trabajadores y trabajadoras de casa particular también forman parte del Seguro de Cesantía.
Afiliación al Seguro de Cesantía
Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Es fundamental estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Si fuiste contratado bajo el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o iniciaste tus labores como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), utilizando tu ClaveÚnica.
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
Para solicitar el Seguro de Cesantía, debes ingresar a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), utilizando tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no posees clave, puedes solicitarla en el mismo sitio web.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Plazos y Pagos
Una vez cumplidos los 30 días desde la solicitud, esta entrará al proceso de pago más próximo, que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.
Importante: Si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto, creado por la Ley N° 19.728, financiado con aportes del Estado y del empleador. Su propósito es otorgar prestaciones por cesantía en caso de que los recursos del trabajador en su cuenta individual sean insuficientes, además de otras prestaciones establecidas por la ley.
Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar 5 giros si su contrato es indefinido, y 3 giros si es a plazo fijo.
Requisitos para acceder al FCS
- Registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubiese tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato.
Información Adicional
Cartola del Seguro de Cesantía
La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes a tu cuenta individual y se envía tres veces al año. La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período). Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.
Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.
Subsidio de Cesantía
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Consideraciones Importantes
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
Importante: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Importante: La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
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