El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones.
El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente.
El finiquito es un documento crucial que garantiza que ambas partes, trabajador y empleador, han cerrado correctamente la relación laboral. Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.
Indemnizaciones por Despido
Las indemnizaciones por despido incluyen la indemnización por falta de aviso previo y por años de servicio. Estas compensaciones están reguladas por el Código del Trabajo y buscan proteger los derechos de los trabajadores al momento de la terminación de sus contratos.
Indemnización por Falta de Aviso Previo (Indemnización del Preaviso)
La Indemnización por falta de aviso previo o Indemnización del preaviso es aquella indemnización por término de contrato que el empleador se encuentra obligado a pagar al trabajador cuando la relación termina por la causal de Necesidades de la Empresa o por Desahucio escrito del empleador, en el caso que el mismo día del despido sea el del término de la relación. Para el caso de que el empleador avise con 30 días corridos completos de anticipación, no se paga esta indemnización, debiendo cumplirse con el contrato de trabajo hasta el último día, sin cambio alguno en las obligaciones de ambas partes.
Indemnización por Años de Servicio
La indemnización por años de servicios posee como elementos determinantes el tiempo y el monto de la última remuneración, nace a la época de terminación de la relación laboral y recompensa el lapso durante el cual el dependiente ha invertido su fuerza de trabajo para con su empleador. Por su parte, la indemnización sustitutiva del aviso previo tiene por objeto resarcir la pérdida abrupta de la fuente de trabajo y procurar que el trabajador disponga de un lapso prudencial para conseguir una nueva fuente de ingresos.
- El contrato de trabajo debe haber estado vigente por al menos un año.
- La indemnización debe ser pagada al momento de la terminación del contrato de trabajo si se cumplen los requisitos establecidos.
- Los años de servicio se calculan considerando cada período anual completo trabajado para el empleador.
- El monto se calcula conforme al Artículo 172 del Código del Trabajo.
- La indemnización corresponde a 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, con un límite máximo de 330 días.
Dependiendo si el despido es considerado improcedente, indebido, injustificado o incausado se aplicará un recargo de entre 30 y 100% a la Indemnización por Años de Servicio.
Este aumento tiende a hacer aún más onerosa la separación de un dependiente en condiciones ilegítimas por parte del empleador y es, sin duda, una sanción anexa. Adicionalmente, el plazo para presentar una impugnación por despido es de 60 días hábiles desde la separación del trabajador. Este plazo puede extenderse hasta 90 días si se interpone un reclamo ante la Inspección del Trabajo, según lo establecido en el Artículo 168 del Código del Trabajo.
Las indemnizaciones se encuentran reguladas por la ley y son de Orden Público Laboral por cuanto son mínimos inamovibles para las partes.
En caso de que te despidan por necesidades de la empresa, debes saber que tendrás derecho a las siguientes indemnizaciones:
- Indemnización sustitutiva por mes de aviso previo: Esta indemnización será procedente cuando la carta de despido sea enviada por tu empleador con menos de 30 días de anticipación. Si te entregan o envían la carta con una anticipación superior de 30 días, no deberán pagarte la indemnización por mes de aviso previo.
- Indemnización por años de servicio: Esta indemnización procederá cuando tengas más de un año trabajando en la empresa y equivale a la última remuneración en la que hayas trabajado todos los días del mes. Adicionalmente, cuando lleves más de un año y fracción superior de seis meses, se redondeará a dos años, por lo tanto, serán dos remuneraciones.
¿Cómo calcular el Finiquito?
El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.
- Determina la causal de término del contrato: El finiquito varía según si el término fue por despido (con o sin justificación) o renuncia del trabajador.
- Calcula las remuneraciones pendientes: El empleador tiene la obligación legal de pagar todas las remuneraciones adeudadas hasta la fecha de término del contrato. Esto incluye, por ejemplo, el sueldo correspondiente a la última quincena o mes trabajado si aún no ha sido pagado.
- Calcula las vacaciones proporcionales: Los trabajadores tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones al año.
- Determina la indemnización por años de servicio: Corresponde a 30 días de salario por cada año trabajado, o fracción superior a seis meses. Para calcularla, se debe tomar el último sueldo base mensual del trabajador y multiplicarlo por los años de servicio. Ten en cuenta que existen topes legales: la ley establece un máximo de hasta 11 mensualidades, con un tope en UF que varía año a año.
Elementos que debe contener el Finiquito
El finiquito debe contener varios conceptos que deben ser pagados al trabajador.
Al haber un despido por necesidades de la empresa, te deberán indemnizar. Por lo tanto, el finiquito por necesidades de la empresa deberá contener:
- Indemnización sustitutiva por mes de aviso previo
- Indemnización por años de servicio
- Vacaciones que te hayan quedado pendientes
- Días trabajados que no fueron pagados en la última remuneración, es decir, pendiente de pago.
Adicionalmente, contendrá el descuento del aporte del seguro de cesantía que haya realizado tu empleador durante toda la relación laboral. Sin perjuicio, se podrá solicitar la devolución en la audiencia de conciliación en la Dirección del Trabajo o en la demanda correspondiente.
Recomendaciones
La mayoría de las veces el despido por esta causal será improcedente, por lo que te recomendamos conseguir asesoría jurídica para evaluar tu caso, calcular el monto de incremento por despido injustificado e incluso la representación en la Dirección del Trabajo.

