Lo primero que hay que saber es que el finiquito es la forma legal en Chile, por la cual un trabajador y su empleador ponen término a la relación laboral, tanto en caso de renuncia como de despido. Es un proceso que trae muchas preguntas, ya que hay que incorporar varios factores a la hora de generarlo y pagarlo.

¿Qué es el Finiquito?

Según la Dirección del Trabajo, un finiquito consiste en "un acto por el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su acuerdo con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito", en el que la empresa, debe otorgar un pago o remuneración final.

Otro detalle importante que tanto administradores como el Comité de Administración debe saber es que, si el trabajador no está de acuerdo con el finiquito presentado, este puede interponer un reclamo y no firmar dicho documento. Además el contrato solo puede terminar por una causa legal (artículos 159, 160 y 161 del código del trabajo).

Plazos y Requisitos para el Pago del Finiquito

Un finiquito debe pagarse dentro de los 10 días posteriores de cuando sucede la desvinculación sea el caso que sea. El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes. El empleador debe de estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía del colaborador.

Componentes del Finiquito

Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito. Antes de pagarlo, se debe considerar si fue una renuncia o un despido, la causa del despido, si hubo o no aviso, entre otras. Para calcular el finiquito es necesario saber los montos de los haberes por pagar e incluir aquellos montos extras pactados con anterioridad entre el empleador y el trabajador.El cálculo de finiquito implica la suma de diferentes elementos.

1. Remuneraciones Pendientes

Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados. Es el sueldo pendiente por los días trabajados. Es el sueldo pendiente por los días trabajados si es despedido antes el día de pago de sueldo o cualquier otra remuneración pendiente que tenga que pagar el empleador: es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración. Para hacer este cálculo es importante considerar los días feriados otorgados legalmente por año de servicio, los días proporcionales trabajados y los días corridos.

Ejemplo:Se debe dividir el sueldo mensual entre 30 y multiplicar el resultado por la cantidad de días trabajados que aún no han sido cobrados. En el ejemplo, si el trabajador trabajó 10 días desde su último pago y gana $20.000 diarios ($600.000/30), significa que las remuneraciones pendientes serán de $200.000.

2. Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo

Corresponde a la indemnización que debe pagar el empleador si no dio aviso del término del contrato con al menos 30 días de anticipación. En el caso que se despida con un aviso menor a 30 días corresponde una indemnización. Es equivalente a la última remuneración completa, con tope de 90 UF.

Ejemplo:De este modo, en el ejemplo de cálculo de finiquito, se supondrá que el empleador no avisó al trabajador de su despido, por lo tanto, deberá cancelar $600.000 de indemnización.

3. Indemnización por Años de Servicio

Según la Dirección del Trabajo, el derecho de indemnización "se origina cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de los incisos 1º y 2º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio". Solo con estas causales es que es válido el derecho de una indemnización por parte de la empresa al colaborador. De todas formas, es posible exigir una indemnización en el caso de que considere que el término del contrato sea injustificado o indebido.

Según la cantidad de años que se ha trabajado corresponde una indemnización, los meses se aproximan a 1 año en caso de ser mayor a 6 meses. La indemnización considera 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses prestados continuamente al empleador. El monto de la indemnización tiene un tope de 90 UF en base al sueldo del trabajador y un tope de 330 días, o sea 11 meses. Esto no aplica para aquellas personas contratadas antes del 14 de agosto de 1981.

Si se tiene sueldo variable el cálculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses. Para determinar el monto de la indemnización por años de servicios y la sustitutiva del aviso previo se debe considerar el concepto de ""última remuneración"" que ocupa el artículo 172 del Código del Trabajo, que corresponde a todo lo que el trabajador está percibiendo por la prestación de sus servicios al momento de terminar el contrato, incluidas las imposiciones y las regalías o especies avaluadas en dinero, con exclusión de las horas extraordinarias, las asignaciones familiares y los beneficios o asignaciones que se otorguen en forma esporádica o por una sola vez en el año.

Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha señalado que si la gratificación es pagada mes a mes, sea la legal o convencional, debe incluirse en el cálculo de la indemnización por años de servicios por no corresponder a los beneficios que el legislador expresamente ha excluido. Lo mismo ocurre con las asignaciones de colación, movilización, de desgaste de herramientas e incluso los viáticos si tales beneficios son pagados en forma mensual.

Es importante considerar la Indemnización Pactada Contractualmente, la Indemnización Voluntaria y la Indemnización por meses de servicio, generalmente utilizada en el área de construcción con proyectos de obra o faena. Esta última, es considerada transitoria y la indemnización se realiza por meses de servicio o trabajo, en vez de considerarse por años.

Ejemplo:Se supondrá que el trabajador del ejemplo permaneció en su empresa durante 5 años y 2 meses antes de ser despedido. Entonces, significa que se considerarán 5 años de servicio, que implica el pago de $3.000.000.

4. Vacaciones Proporcionales y Feriados Legales

Corresponden a las vacaciones pendientes más los días inhábiles que se suman a estas mismas. Corresponden a la compensación de los días feriados otorgados al colaborador por el servicio entregado durante sus años de trabajo bajo contrato. En otras palabras, corresponde a una compensación de 15 días de vacaciones que se obtienen al año de trabajo. Esto quiere decir que si una persona no se ha tomado vacaciones por dos años y es finiquitado, se le deben pagar 30 días de vacaciones.

Si se consideran los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, se puede dividir estos 15 días en 12 meses, obteniendo 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado. “Luego a esta cantidad de vacaciones obtenidas le restamos la cantidad de días de vacaciones que el trabajador ha hecho válidas. Entonces hasta ahora tendríamos vacaciones obtenidas - vacaciones gastadas.

Para hacer este cálculo es importante considerar los días feriados otorgados legalmente por año de servicio, los días proporcionales trabajados y los días corridos. La cifra obtenida será el número total de días hábiles feriados que le corresponden compensar al colaborador. Corresponde a los días sábados y domingos, además de los festivos, que un colaborador obtenga durante su contrato de trabajo.

Si un empleado no alcanzó a completar un año de servicio, tiene derecho a recibir una indemnización proporcional respecto al tiempo que trabajó. El monto de feriado proporcional se calcula inicialmente al dividir el número de días feriados a los que tiene derecho un trabajador durante el año (15) por el número de meses (12), resultando 1,25. Esta cifra se debe multiplicar por el tiempo en meses que trabajó el empleado entre el momento en que completó un nuevo año de servicio y su fecha de despido (en el ejemplo, 2 meses) y por el monto diario de sus remuneraciones (en el caso del trabajador del ejemplo, $20.000).

Ejemplo:Así, la indemnización por feriados proporcionales del trabajador será: 1,25x2x$20.000 = $50.000.

Ejemplo de Cálculo de Finiquito Total

De esta forma, al calcular finiquito total del trabajador, el resultado corresponde a $3.850.000. ($200.000+$600.000+$3.000.000+$50.000)

Herramientas para el Cálculo del Finiquito

El tema de contratos y finiquitos muchas veces se vuelve un dolor de cabeza para la mayoría de los administradores, ya que este contempla una serie de cálculos matemáticos que hay que llevar a cabo con mucho cuidado y concentración para no cometer errores, sean operativos o de tipeos. Es por esto, que siguiendo nuestra premisa de ayudarte y facilitarte la gestión administrativa de edificios y condominios, hemos creado este nuevo módulo de finiquitos.

Módulo de Finiquitos

¿En qué consiste? Este módulo permite a los administradores realizar o simular los finiquitos de sus trabajadores sin necesidad de hacer cálculos matemáticos, ya que la plataforma se encarga de hacerlo de forma automática pidiendo solo un par de datos.

¿Cómo funciona? En esta sección, te encontrarás con ciertos datos a rellenar (campos en color blanco) y datos que puedes editar (campos en color azul que vienen con información precargada del sistema). Al final se te muestra un resumen con el detalle de todos los campos calculados que irán en el finiquito para que verifiques que no te falta nada.

Otras Herramientas

  • Simulador de finiquito: Es una herramienta en línea que permite calcular el finiquito de manera rápida y sencilla.
  • Software de remuneraciones: Un software de remuneraciones es una herramienta integral que permite gestionar y calcular las remuneraciones de los trabajadores, incluyendo el finiquito.
  • Consultas con expertos: Consultar con expertos en derecho laboral o contabilidad es una excelente opción para obtener asesoramiento personalizado sobre el cálculo del finiquito.

Antes, el cálculo se hacía de manera manual, pero hoy la tecnología ha avanzado tanto que existen páginas con muy buenos motores de cálculo que te permiten obtener el resultado de inmediato. Si estás buscando una herramienta más tecnológica y eficiente, te recomendamos Buk. Es un software integral de gestión de personas que te permite realizar todo lo que necesites en el módulo de remuneraciones: pagar liquidaciones de sueldo, generar contratos con firma electrónica y desarrollar finiquitos.

Consideraciones Adicionales

Es otra indemnización que el empleador debe pagar en caso de despido. Máximo de indemnización: la ley obliga a pagar un máximo de 11 meses, aun cuando el tiempo de servicio supere los 11 años. Suponiendo que el trabajador de nuestro ejemplo llevaba 3 años y 9 meses de servicio, se le debe indemnizar con 4 meses de sueldo iguales a la última remuneración recibida por 30 días de trabajo. Determinar el Salario Diario: Primero, se debe calcular el salario diario del trabajador. Obtenemos el número de días a compensar por cada mes trabajado, y habrá que multiplicarlo por el número de meses (y fracción) acumulados entre la fecha de contratación (o de las últimas vacaciones disfrutadas) y la de la finalización de la relación laboral.

Este tipo de descuento solo ocurre en el caso que el empleador despida a un trabajador bajo "necesidades de la empresa", artículo 161 del Código del Trabajo.

La presente calculadora no contempla días progresivos de vacaciones. Considera esta variable al momento de ingresar los días de vacaciones tomados para evitar errores en tu cálculo final.

Un aspecto clave en cualquier empresa es cumplir con las normativas que establece la ley en materias laborales. En este sentido, calcular finiquito de forma correcta resulta esencial en el buen funcionamiento de tu negocio.

Software de Remuneraciones: Digitaliza tus Operaciones

Al conocer cómo se calcula el finiquito de un trabajador, habrás notado la gran cantidad de datos que demanda este proceso. Por ello, la apuesta por plataformas tecnológicas te ayudará a procesar esta información.

En particular, el software de remuneraciones de Transtecnia integra herramientas como actualizaciones permanentes de la normativa vigente y módulos de RR.HH.

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