Si te apasiona el mundo de la estética y quieres desarrollar tu carrera en este campo, estudiar técnico en estética integral es una excelente opción para ti.

Sueldo Promedio de un Técnico en Estética Integral

De acuerdo con el buscador de estadísticas por carrera del portal MiFuturo, un técnico en estética integral en Chile tiene un sueldo promedio de $465.000 mensuales en su primer año de trabajo, con un aumento progresivo en los años siguientes.

Empleabilidad para Técnicos en Estética Integral

Según el buscador de empleabilidad e ingresos de MiFuturo, el porcentaje de empleabilidad para los técnicos en estética integral en Chile es del 62,3%, lo que indica una buena demanda laboral en el mercado.

Ventajas de Estudiar la Carrera de Técnico en Estética Integral

La carrera de técnico en estética integral tiene varias ventajas:

  • La posibilidad de trabajar en un sector en constante crecimiento y con una alta demanda laboral.
  • La flexibilidad de horarios.
  • La oportunidad de emprender tu propio negocio.
  • La satisfacción de ayudar a mejorar la apariencia y la salud de tus clientes.

Asignaturas Comunes en la Carrera

Algunas de las asignaturas que se estudian en la carrera de técnico en estética integral incluyen:

  • Anatomía y fisiología de la piel.
  • Técnicas de belleza facial y corporal.
  • Masajes.
  • Depilación.
  • Cosmética.

Instituciones Educativas

En Chile, existen diversas instituciones que ofrecen la carrera de técnico en estética integral, entre ellas destacan:

  • Duoc UC
  • Inacap
  • AIEP
  • CFT San Agustín

Consideraciones sobre la Tributación para Profesionales de la Estética

El 21 de diciembre de 2020, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó el Oficio N° 2.993, que trata la tributación a la que se encuentran afectos los contribuyentes peluqueros, considerando al peluquero que presta servicios personales, al que presta servicios como propietario de un Taller Artesanal y al empresario pequeño, mediano o grande. Para los contribuyentes que en cualquier momento, anterior al 24.06.2020, hubieran emitido una o más Boletas de Honorarios Electrónica.

Para los contribuyentes que no se encontraren en la situación anterior, podrían ser aquellos que emitían exclusivamente Boletas de Honorarios Manuales. Si son contribuyentes habituales en la emisión de facturas electrónicas, recordar que a contar del 01.01.2021, se encuentran obligados a emitir boleta electrónica. Dicha obligación recaerá en el caso que el pago del bien o servicio haya sido efectuado por cualquier medio electrónico, llámese éste, tarjeta de crédito, débito u otra.

El arriendo de sillón es un servicio afecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), establecido en el artículo 8, letra g) de la Ley de IVA. El propietario del sillón, debe emitir factura afecta a IVA. Esto es un gran cambio y deben realizar el análisis que quizás sea necesario en cada situación del funcionamiento actual de las empresas, en especial las Pymes, ya que efectivamente es una solución menos engorrosa para dejar establecido la diferencia de aporte de una dueño que trabaja ocasionalmente a otro que solo actúa como inversionista, no ocupando el sueldo empresarial establecido en el N° 6 de éste mismo art. (**) Lo referido a la condición de honorario pagado, se aplica a los regímenes de la letra D) y lo referido a honorarios adeudados se aplica al régimen de la letra A), ambas del art.

«1° Conforme a la Ley Nº 21.242, las disposiciones legales sobre obligatoriedad de emisión de BHE entrarán en vigencia el 24.12.2020, para aquellos contribuyentes que hayan emitido BHE hasta el día 23.06.

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