Si te apasiona el mundo de la estética y quieres desarrollar tu carrera en este campo, estudiar técnico en estética integral es una excelente opción para ti. Este artículo te proporcionará una visión detallada del panorama salarial y laboral para los técnicos en estética integral en Chile.
¿Cuánto gana un técnico en estética integral?
De acuerdo con el buscador de estadísticas por carrera del portal MiFuturo, un técnico en estética integral en Chile tiene un sueldo promedio de $465.000 mensuales en su primer año de trabajo, con un aumento progresivo en los años siguientes.
¿Hay trabajo en Chile para los técnicos en estética integral?
Según el buscador de empleabilidad e ingresos de MiFuturo, el porcentaje de empleabilidad para los técnicos en estética integral en Chile es del 62,3%, lo que indica una buena demanda laboral en el mercado.
Ventajas de estudiar la carrera de técnico en estética integral
La carrera de técnico en estética integral tiene varias ventajas:
- La posibilidad de trabajar en un sector en constante crecimiento y con una alta demanda laboral.
- La flexibilidad de horarios.
- La oportunidad de emprender tu propio negocio.
- La satisfacción de ayudar a mejorar la apariencia y la salud de tus clientes.
Asignaturas en la carrera de técnico en estética integral
Algunas de las asignaturas que se estudian en la carrera de técnico en estética integral incluyen:
- Anatomía y fisiología de la piel.
- Técnicas de belleza facial y corporal.
- Masajes.
- Depilación.
- Cosmética.
Instituciones para estudiar técnico en estética integral en Chile
En Chile, existen diversas instituciones que ofrecen la carrera de técnico en estética integral, entre ellas destacan:
- Duoc UC
- Inacap
- AIEP
- CFT San Agustín
Consideraciones sobre la tributación para profesionales de la estética
El 21 de diciembre de 2020, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó el Oficio N° 2.993, que trata la tributación a la que se encuentran afectos los contribuyentes peluqueros, considerando al peluquero que presta servicios personales, al que presta servicios como propietario de un Taller Artesanal y al empresario pequeño, mediano o grande.
- Para los contribuyentes que en cualquier momento, anterior al 24.06.2020, hubieran emitido una o más Boletas de Honorarios Electrónica.
- Para los contribuyentes que no se encontraren en la situación anterior, podrían ser aquellos que emitían exclusivamente Boletas de Honorarios Manuales.
Si son contribuyentes habituales en la emisión de facturas electrónicas, recordar que a contar del 01.01.2021, se encuentran obligados a emitir boleta electrónica. Dicha obligación recaerá en el caso que el pago del bien o servicio haya sido efectuado por cualquier medio electrónico, llámese éste, tarjeta de crédito, débito u otra.
El arriendo de sillón es un servicio afecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Establecido en el artículo 8, letra g) de la Ley de IVA. El propietario del sillón, debe emitir factura afecta a IVA. El ingreso por el arriendo de sillón, también se encuentra afecto a impuesto de primera categoría.
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