Ingresar a la Administración Pública, específicamente a la aduana, implica cumplir con una serie de requisitos generales y específicos. A continuación, se detallan los requerimientos esenciales para postular a un empleo en la aduana chilena, incluso sin experiencia previa.
Requisitos Generales
Los requisitos generales para ingresar a la Administración Pública están señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
- Ser ciudadano: Poseer la nacionalidad chilena.
- Cumplir con la Ley de reclutamiento y movilización: Cuando corresponda, haber cumplido con las obligaciones militares.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo: Acreditar mediante un certificado médico la aptitud física y mental para el puesto.
- Aprobar la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico exigido por la ley: Contar con la formación académica requerida para el cargo al que se postula.
- No haber cesado en un cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria: No haber sido destituido de un empleo público por mal desempeño o sanción.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito: No tener impedimentos legales para ejercer cargos públicos ni antecedentes penales. Sin embargo, para cargos de auxiliares y administrativos, una condena por simple delito no es un impedimento, excepto si el delito está contemplado en el Título V, Libro II, del Código Penal (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
Además, no se debe estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
Evaluación de Admisibilidad
La evaluación de admisibilidad corresponde a la verificación del cumplimiento de los requisitos legales establecidos para el cargo, mediante la revisión de los antecedentes presentados. El título presentado debe cumplir con los requisitos legales correspondientes. Corresponde a la evaluación de los antecedentes presentados para corroborar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para el cargo.
Etapas del Proceso de Selección
El proceso de selección consta de varias etapas:
- Análisis Curricular: Se revisan y evalúan los antecedentes académicos y laborales de los postulantes. Las capacitaciones serán consideradas a contar del 01.01.2008.
- Nómina de Preseleccionados: Se elabora una lista con los postulantes que superan la etapa de análisis curricular, ordenados de forma decreciente según sus puntajes. Realizado el análisis curricular se confeccionará una nómina con los(as) postulantes que hayan superado esta etapa, ordenada en forma decreciente según sus puntajes.
- Entrevista de Apreciación Global: A través de una entrevista personal realizada por una comisión, se aprecia de forma global a los (las) postulantes. Dicha comisión está conformada por el Subdirector de Recursos Humanos y/o Jefa del Depto. Pasarán a Entrevista de Apreciación Global, los(as) postulantes que se encuentren dentro de los 10 mejores puntajes por Aduana. Este requisito es excluyente para asumir labores en el cargo seleccionado.
- Una vez finalizado el Proceso de Selección respectivo, el Comité de Selección propondrá a la autoridad facultada para adoptar la decisión final, un listado de elegibles con los más altos puntajes finales de idoneidad del proceso.
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