Muchos negocios y empresas resuelven incorporar entre sus trabajadores a estudiantes en práctica profesional. Si estás pensando en sumar practicantes a tu negocio, en Valor Pyme accedes a recursos, aliados y experiencias reales para hacerlo de forma legal, eficiente y provechosa.

Marco Legal y Consideraciones Generales

De acuerdo a lo prevenido en el inciso 3° del artículo 8° del Código del Trabajo, no da origen a un contrato de trabajo los servicios que preste un alumno o egresado de una institución de educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional durante un tiempo determinado, a fin de dar cumplimiento a los requisitos de práctica profesional. De este modo, la Dirección del Trabajo establece que al tratarse de un estudiante en práctica no es necesario celebrar un contrato laboral. En otras palabras, podrá prescindir del contrato siempre y cuando la práctica profesional no devenga en una relación laboral.

Para acreditar la necesidad de la práctica profesional, debe exigirse al alumno que presente un certificado del establecimiento educacional que acredite la necesidad de tal práctica y su duración.

Obligaciones del Empleador

Como no existe un contrato laboral que establece las obligaciones y responsabilidad de las partes, lo aconsejable es que el centro donde el alumno realice su práctica defina un programa. El programa debe contener e identificar las obligaciones del alumno, así como también especificar todo aquello que tiene prohibido; que por lo general corresponde a cualquier tipo de intervención o actividad que riñe con el espíritu del contrato o los fines docentes.

El empleador debe garantizar al alumno el derecho a colación y movilización. De lo contrario, tendrá la obligación de pagar una asignación compensatoria por tales beneficios, lo que no constituye remuneración para ningún efecto. Finalmente, cabe agregar que el empleador debe proporcionar al alumno en práctica el beneficio de la colación y movilización o pagar una asignación compensatoria por tales beneficios, lo que no constituye remuneración para ningún efecto.

Asimismo, según lo señalado por el Ministerio de Educación, la práctica profesional no podrá ser inferior a 480 horas semanales ni exceder las 720 horas semanales; horas que deben quedar definidas en el plan de práctica. Junto con esto, deberá cumplir con las tareas y obligaciones del plan de práctica según lo acordado con el representante del centro.

La aprobación de la práctica profesional se certificará a través de un Informe de Práctica firmado por el representante del Centro de práctica, el Profesor Tutor y por el director del establecimiento.

Programa Prácticas Chile

Se busca a través del Programa, convocar y priorizar a estudiantes que manifiesten una motivación con los temas públicos, y quieran poner a disposición sus conocimientos y capacidades, contribuyendo a la gestión del estado. Las prácticas ofrecidas por este Programa se llevan a cabo en los diferentes ministerios y reparticiones públicas que son parte del Ejecutivo.

El detalle de las actividades y los requisitos específicos (carrera, competencias específicas, duración, etc.) de cada práctica se darán a conocer una vez abierto el proceso de postulación respectivo. Hasta el momento, los servicios han realizado requerimientos de practicantes de diferentes carreras y para cumplir distintas funciones, considerando distintos procesos vinculados a políticas públicas, programas y proyectos de distinta naturaleza.

Para la carrera de Derecho, las prácticas que se difunden en la página web de Prácticas Chile, no son homologables a la práctica obligatoria que debes realizar en la Corporación de Asistencia Judicial. Al igual que todos los estudiantes, deberá contar con el respaldo de su institución de educación para realizar la práctica profesional, y por tanto contar con el seguro de vida asociado que se solicita al ingresar a los servicios públicos en caso de accidentes.

Apoyo del Sence y Contrato de Aprendizaje

En Sence queremos apoyarlos. El Sence bonificará a la empresa formadora por un monto equivalente a un 50% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM), según ingreso mínimo vigente, por cada mes que el o la aprendiz se esté formando en la empresa, con un tope de 12 meses.

Requisitos para el Subsidio del Sence

  • Contratar a jóvenes menores de 25 años.
  • Las empresas deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Receptoras de Fondos Públicos del Sence (receptores.sence.cl), conforme lo establece la Ley Nº19.862 y su reglamento, contenido en el D.S.

Empresas No Elegibles para el Subsidio

  • Empresas que, al momento de su postulación, registren multas o deudas pendientes de pago por infracciones a las obligaciones laborales y/o previsionales, según lo reporte el webservice de la Dirección del Trabajo (DT).

¿Qué es un Contrato de Aprendizaje?

El artículo 78 del Código del Trabajo define al contrato de aprendizaje como “la convención en virtud de la cual un empleador se obliga a impartir a un aprendiz, por si o a través de un tercero, en un tiempo y condiciones determinados, los conocimientos y habilidades de un oficio calificado, según un programa establecido, y el aprendiz a cumplirlo y a trabajar mediante una remuneración convenida”.

Características Clave del Contrato de Aprendizaje

El Código del Trabajo habla de un “programa establecido” con vistas a preparar a cada aprendiz en un oficio calificado. En la Ley N° 19.518 se detalla lo que dicho “programa” considera en lo referido a una capacitación formal, vía Otec o relatoría interna, y la función complementaria del maestro o maestra guía.

Público Objetivo

La Línea Aprendices se dirige a jóvenes menores de 25 años. Para personas en situación de discapacidad el límite de edad son 26 años.

Componentes del Programa

El Sence bonificará a la empresa por un monto equivalente a un 50% de un ingreso mínimo mensual (IMM), según ingreso mínimo vigente, por cada mes que cada aprendiz se esté formando en la empresa, con un tope de 12 meses (Bonificación por Contratación).

El Rol del Maestro/a Guía

El Maestro o Maestra Guía debe poseer habilidades personales y profesionales acordes a su rol, siendo una persona idónea para educar a jóvenes aprendices.

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