El Subsidio al Empleo es una nueva medida de recuperación enfocada en incentivar el regreso de los trabajadores y trabajadoras suspendidos bajo la Ley de Protección del Empleo (LPE), y en promover la contratación de nuevas personas en las empresas ante las difíciles circunstancias laborales a consecuencia de las medidas de control de la crisis sanitaria COVID-19. Es un beneficio que incentiva el regreso de trabajadoras y trabajadores con contrato suspendido, y/o la contratación de nuevas personas en las empresas, financiando parte de sus remuneraciones.

El subsidio es entregado, como parte de la remuneración, por hasta 6 meses.

Modalidades del Subsidio al Empleo

El Subsidio al Empleo tiene dos modalidades:

  1. Línea REGRESA: Para trabajadoras y trabajadores que hayan estado con su contrato suspendido y que regresaron a trabajar.
  2. Línea CONTRATA: Para nuevas contrataciones durante los primeros 30 días de vigencia del contrato.

Línea REGRESA

Para trabajadoras/es reincorporadas/os que hayan estado con contrato suspendido.

Requisitos:

  • Empresas con 20% o más de disminución de sus ventas o ingresos brutos acumulados desde abril a julio de 2020, en comparación al mismo periodo de 2019, según información del SII. No aplica para empresas que no cuenten con la información del 2019.
  • Contratos con una remuneración mensual bruta igual o menor a 3 ingresos mínimos mensuales ($961.500), al momento de postular.
  • Las empresas podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión laboral por acto de autoridad, que debió haber estado vigente, por al menos 1 día, entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020. También podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión por mutuo acuerdo y que esta se encuentre vigente al 28 de septiembre de 2020.

Importante: la plataforma le informará los trabajadores y trabajadoras que tiene suspendidos, pudiendo existir un desfase de siete días hábiles en la información.

Monto del Subsidio:

El subsidio será de $160.000 pesos mensuales por cada trabajador concedido, con un límite de 6 meses.

Tiempo de Extensión:

6 meses máximo por trabajador.

Línea CONTRATA

Para nuevas/os trabajadoras/es contratados a contar del 29 de septiembre de 2020.

Requisitos:

  • Contratos con una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($961.500).
  • Empresas de la primera categoría (incluidas todas la del régimen Pyme, renta presunta, individuales y otras) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros). Quedan excluidos los organismos del Estado.

Se puede postular entre el 29 de septiembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021.

Monto del Subsidio:

El monto del subsidio varía según la remuneración mensual bruta (RBM) y la edad/género del empleado:

  • Personas entre 18 y 23 años (ambos inclusive), mujeres (mayores de 18 años) y personas con discapacidad:
    • Menor a $450.000 = 60% de RBM
    • Entre $450.000 y < $961.500 = $270.000
    • Mayor o igual a $961.500 = 0
  • Hombres de 24 años o más:
    • Menor a $500.000 = 50% de RBM
    • Entre $500.000 y < $961.500 = $250.000
    • Mayor o igual a $961.500 = 0

Tiempo de Extensión:

6 meses máximo por trabajador.

Preguntas Frecuentes Sobre el Subsidio al Empleo

El Subsidio al Empleo tiene dos líneas:

  • Subsidio al REGRESO.
  • Subsidio a la CONTRATACIÓN.

¿Quiénes pueden postular y cuándo?

Sólo pueden postular las empresas a través de www.subsidioalempleo.cl. Para la línea REGRESA a partir del 28 de septiembre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. Y, para la línea CONTRATA, a partir del 29 de septiembre hasta el 31 de marzo de 2021. Se puede postular a ambos subsidios siempre y cuando se cumplan las condiciones.

¿A cuánto asciende el subsidio y por cuánto tiempo?

Ambos subsidios se extienden por un máximo de 6 meses. Para la línea REGRESA es equivalente a $160.000, por cada trabajador que regrese a su puesto de trabajo tras haber estado con su contrato suspendido, siempre que su remuneración sea de hasta 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($961.500). Para la línea CONTRATA el monto del subsidio es equivalente al 50% de la remuneración mensual bruta con tope de hasta $250 mil por cada nueva contratación que realicen las empresas. Para los jóvenes entre 18 y 23 años, mujeres (sin límite de edad) y personas con discapacidad, el subsidio será igual al 60% de la remuneración mensual bruta, con tope superior de $270.000.

¿Hay un número máximo de trabajadores/as que se puede postular?

Línea Regresa: Con la información que está cargada en línea, la página generará una propuesta de postulación con todas las personas que la empresa efectivamente puede postular. Dependerá de la empresa si postula al total parte de ese número. Puede existir un desfase en la información sobre el regreso efectivo y lo que muestra en sistema, la página avisará de esto a las empresas.

Línea Contrata: No existe un límite para el número de trabajadores/as que se quiera postular, aunque si hay un efecto sobre los primeros pagos dependiendo del tamaño de la Empresa:

  • Empresas con más de 25 trabajadores, el máximo de primeros pagos a realizar será igual al 20% de la planilla de referencia.
  • Empresas con 25 trabajadores o menos, el máximo de primeros pagos a realizar será de 5 subsidios.

¿Cuáles son los requisitos para postular (características de la empresa)?

Línea Regresa: Empresas que tributen en primera categoría (incluidas Pyme, empresas en renta presunta, empresas individuales, etc.) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, otros). Empresas que hayan estado acogidas a la Ley de Protección del Empleo (Ley N°21.227) y que hayan reincorporado trabajadores a la fecha de postulación.

Línea Contrata: Empresas que tributen en primera categoría (incluidas Pyme, empresas en renta presunta, empresas individuales, etc.) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, otros).

¿Cuáles son los requisitos para postular (condiciones según venta)?

Línea Regresa: La empresa debe haber experimentado una caída de, al menos, un 20% de sus ventas durante el cuatrimestre abril a julio 2020, con relación al cuatrimestre abril a julio 2019. Las empresas que no cuenten con información de ventas o ingresos brutos en algún mes de los periodos antes señalados, podrán acceder a la bonificación siempre que cumpla con los demás requisitos establecidos.

Línea Contrata: Empresas que agranden su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio 2020 (planilla de referencia). Se entregarán tantos subsidios como trabajadores se contraten por sobre la mencionada planilla.

¿Existe una antigüedad mínima como Empresa?

Línea Regresa: Para el cálculo de las caídas en ventas, la Empresa debe presentar al menos el respectivo ejercicio tributario del año 2019.

Línea Contrata: No existen restricciones en este sentido, sin prejuicio que los contratos deben tener una vigencia de al menos un mes al momento de pago.

¿Existen normas especiales para grandes empresas (200 o más trabajadores)?

Línea Regresa: Se entenderá que la empresa grande no mantiene la afectación económica cuando el total de las ventas del giro o sus ingresos brutos (en UF) registrados durante los últimos 12 meses disponibles para el SII, excede del total de ventas del giro o ingresos brutos (en UF), registrados por dicha empresa entre los meses de enero y diciembre del 2018 (SENCE revisará esto cada 3 meses desde la primera postulación). No podrán repartir utilidades por sobre el porcentaje mínimo de 30% durante el ejercicio comercial en que recibe bonificaciones. En este caso, procederá el reintegro de los montos percibidos.

Línea Contrata: Junto con contratar trabajadores adicionales con respecto a su planilla de julio de 2020, las empresas grandes deben mantener (al menos) el 80% de los mismos trabajadores que integraron su planilla en el mes de su primera postulación al subsidio (SENCE revisará esto cada 3 meses desde la primera postulación) No podrán repartir utilidades por sobre el porcentaje mínimo de 30% durante el ejercicio comercial en que reciben bonificaciones. En este caso, procederá el reintegro de los montos percibidos.

Beneficios de la Asesoría en Empleo y Capacitación

Las empresas afiliadas a Caja 18 pueden obtener beneficios como:

  • Mejorar el uso de la Franquicia Tributaria de Capacitación de SENCE y los subsidios del estado.
  • Optimizar los procesos productivos a través de la capacitación.
  • Recibir apoyo en la búsqueda de candidatos a las vacantes requeridas.
  • Apoyar a sus trabajadores desvinculados, capacitándolos en áreas que les permitan enfrentar nuevos desafíos laborales.
  • Entregar un nuevo beneficio diferenciador para las empresas y sus Trabajadores.

¿Cómo opera?

Sólo debes agendar con un Consultor de Empleabilidad aquí, quien te contactará a la brevedad.

¿Por qué apoyarte con nosotros?

  • Servicio gratuito y personalizado entregado por Consultor de Empleabilidad (experto).
  • Profundidad de la oferta entregada con todos los servicios disponibles.
  • Seguimiento en conjunto con SENCE.
  • Cuenta con un servicio gratuito de detección de Necesidades de Capacitación (Otic Sofofa).

Servicios Adicionales

  • Capacitación: Si quieres impulsar el desarrollo profesional de trabajadores.
  • Subsidios: Si quieres contratar, haz uso de los incentivos disponibles.
  • Outplacement: Si necesitas un plan de salida de trabajadores.

Capacitación

Si quieres impulsar el desarrollo profesional de trabajadores:

  • Detección de necesidades de capacitación
  • Programa aprendices
  • Capacitación con franquicia tributaria
  • Certificación de competencia laborales
  • Plan anual de capacitación
  • Comité bipartito de capacitación
  • Guía de capacitación por industria y áreas de especialidad

Subsidios

Si quieres contratar, haz uso de los incentivos disponibles...

  • Búsqueda y publicación de ofertas laborales
  • Precontrato de capacitación
  • Subsidio Empleo Jóven
  • Bono Trabajo Mujer
  • Experiencia Mayor
  • Búsqueda y publicación de ofertas laborales

Outplacement

Si necesitas un plan de salida de trabajadores.

  • Postcontrato de capacitación
  • Orientación laboral

Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

La BNE permite a las empresas gestionar y publicar sus ofertas de empleo a nivel nacional. Permite a las personas generar búsquedas autónomas de ofertas de empleo. Permite a las personas ingresar a las diversas alternativas de empleo y empleabilidad, mediante la difusión y acceso a la plataforma de orientación laboral.

Requisitos

Para el uso efectivo de la BNE, se requiere que la persona o empresa tenga creado un usuario que le permitirá acceder al 100% de las funcionalidades que ofrece. La BNE no tiene limitaciones para personas, pudiendo ingresar con RUT, DNI o pasaporte. La BNE es una plataforma gratuita, por lo que no se solicitarán pagos ni otras acciones inhabilitadas más allá de la información necesaria para la creación del perfil.

Condiciones: Beneficios Asesoría Empleo y Capacitación exclusivo para empresas afiliadas a Caja 18, sujetos a vigencia de los convenios con SENCE y OTIC SOFOFA. Beneficios otorgados por Caja 18 pueden ser modificados durante el curso del año presupuestario, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

TAG: #Empleo

Lea también: