Los convenios colectivos son acuerdos entre los representantes de los trabajadores y los empresarios que establecen las condiciones de trabajo en un sector o empresa. En el caso de los empleados de comercio, estos convenios regulan aspectos como el salario, la jornada laboral, las vacaciones, los permisos, la formación y la prevención de riesgos laborales.
¿Qué son los Convenios Colectivos?
Los convenios colectivos son una fuente importante del Derecho del Trabajo en España. Son el resultado de la negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores (sindicatos) y los empresarios. Estos acuerdos tienen fuerza de ley y son de obligado cumplimiento para todas las empresas y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación.
Las reformas liberalizadoras llevadas a cabo en Chile a partir de los años ochenta han marcado profundamente el funcionamiento del mercado de trabajo, imponiendo condiciones de fl exibilización que han tenido como resultado la mayor precarización del empleo. Si bien muchas de las reformas se han implementado bajo la idea de que crearían más y mejor empleo ello no ha sido siempre así.
Características de la Relación Laboral
El Manual de Derecho del Trabajo señala las siguientes características de la relación laboral:
- Es una relación jurídico-personal.
- El trabajo se realiza por cuenta ajena (ajenidad).
- Subordinación.
- Profesionalidad.
- Estable y continua.
Contenido de los Convenios Colectivos
Los convenios colectivos suelen incluir los siguientes aspectos:
- Salario: Se establece el salario base y los complementos salariales, como la antigüedad, las pagas extraordinarias y los pluses por nocturnidad, peligrosidad o penosidad.
- Jornada laboral: Se fija la duración de la jornada ordinaria, los descansos, las horas extraordinarias y el régimen de trabajo a turnos.
- Vacaciones: Se determina la duración de las vacaciones anuales y el calendario de disfrute.
- Permisos: Se regulan los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de hijos, enfermedad o fallecimiento de familiares.
- Formación: Se establecen los derechos de los trabajadores a la formación profesional y la promoción en el trabajo.
- Prevención de riesgos laborales: Se fijan las medidas de seguridad e higiene en el trabajo y la protección de la salud de los trabajadores.
Igualdad y No Discriminación
Los convenios colectivos deben garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, y evitar cualquier forma de discriminación por razón de sexo, origen, religión, opinión o cualquier otra condición personal o social. Se debe asegurar la igualdad salarial entre hombres y mujeres por trabajos de igual valor.
Tercerización y su Impacto en los Colectivos de Trabajo
La tercerización refiere a la tendencia empresarial de delegar parte de la actividad productiva en unidades externas. Consiste en delegar sistemáticamente la provisión de ciertos bienes o servicios necesarios para el funcionamiento operativo de la firma mediante proveedores externos, aun cuando la misma esté en condiciones de producirlos internamente o incluso, lo haya hecho previamente.
Esta forma de organización de la producción desdibuja la relación laboral tradicional planteada en términos de dos sujetos: un empleador, que dirige la actividad, y un empleado, que la realiza a cambio de una remuneración. Los trabajadores son contratados por una empresa pero reciben órdenes o se desempeñan en el espacio de trabajo de otra.
Los dos más evidentes son la estabilidad en el puesto y el nivel salarial. Por un lado, la inestabilidad de la relación entre la empresa principal y la contratista -inherente a los procesos de licitación y la competencia entre potenciales proveedores- se traslada a los trabajadores. Por otro lado, los salarios suelen ser más bajos en las empresas subcontratistas, inferiores a los acuerdos salariales correspondientes a la rama de actividad de la empresa principal -o a la empresa en sí cuando estos acuerdos son por empresa-.
Acción Sindical Frente a la Tercerización
Uno de los elementos centrales para analizar la acción sindical frente a la tercerización es de qué manera las organizaciones gremiales definen a los trabajadores que están bajo la órbita de su representación, y si esta definición se ve afectada por los procesos de tercerización.
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