De seguro has escuchado hablar del Seguro de Cesantía (AFC) que, muchas veces por desconocimiento, es pasado por alto por parte de las empresas contratantes. En palabras simples, es una protección económica para ayudarte en caso de que quedes sin trabajo. Este seguro además cubre beneficios sociales, previsionales, de salud y asignación familiar, dependiendo del fondo en el que cobremos el beneficio.
Si eres empresario, emprendedor, o Pyme y tienes colaboradores que trabajan para tu negocio, queremos apoyarte para que conozcas quién debe pagar este seguro de cesantía, por qué debe hacerlo y las reglas establecidas en la Ley en cuanto a ello. Este seguro es una herramienta esencial para proteger a los trabajadores en caso de desempleo.
¿Quiénes pueden afiliarse al Seguro de Cesantía?
Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica.
También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación). Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
¿Cómo se financia el Seguro de Cesantía?
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Cotizaciones mensuales: Tanto los trabajadores como los empleadores realizan aportes mensuales a una cuenta individual de cesantía (CIC).
Cuenta Individual de Cesantía (CIC): En esta cuenta se acumulan los fondos de cesantía del trabajador.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS): Si el saldo de la CIC no es suficiente para cubrir la cesantía, el trabajador puede recurrir al Fondo de Cesantía Solidario.
Tipos de Fondos en el Seguro de Cesantía
En la actualidad existen dos tipos de fondos en el Seguro.
- Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles.
- El segundo tipo es el Fondo de Cesantía Solidario que es un financiamiento complementario.
¿Cuánto Aporta el Empleador?
Si el colaborador de la empresa cuenta con un contrato a plazo fijo por obra o servicios, no habrá porcentaje que salga del sueldo imponible, sino que es el mismo empleador quien debe correr con el 3% de la remuneración del empleado.
Si hay contrato a plazo fijo, por obra, trabajo o servicio determinado; el trabajador no aporta nada, sino que el empleador es quien debe realizar el aporte de 2,8% de la renta imponible. Sin embargo, a esta indemnización por años de servicio se descuentan los aportes hechos por el empleador a la Cuenta Individual por Cesantía del trabajador.
En un sitio web autorizado, como por ejemplo PREVIRED, el proceso de pago es sencillo, seguro y rápido de realizar.
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
Otra forma de solicitarlo es mostrando las cotizaciones, desde la fecha de afiliación o desde la fecha de cobro del último giro registrado en su cuenta individual. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía
Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
¿Cómo se Realizan los Pagos?
Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
El primer pago entonces, se efectuará, como mínimo, después de 30 días desde el término de la relación laboral.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
¿Cómo Calcular el Monto del Seguro de Cesantía?
Previo a cualquier análisis, la recomendación es revisar si estás inscrito en el AFC. En este sitio, podrás realizar consultas ingresando a la “Sucursal Virtual” en donde deberá registrar su RUT y contraseña, si no cuentas con una o no la recuerdas, puedes ingresar con el uso de tu clave única. Debe incorporar información en todos los campos que le soliciten para que el sistema realice los cálculos y posteriormente le informe sobre el monto y las cuotas que podrá cobrar en caso de quedar cesante. Ahora que ya sabemos cómo se calcula y compone el seguro de cesantía, puedes estimar cuánto tienes ahorrado en caso de que te encuentres sin trabajo.
Documentación Necesaria
El finiquito que acredite el fin del vínculo laboral con el empleador, el cual debe ser firmado por este y por el propio trabajador.
En la actualidad, la web posee la información correspondiente a todo el ciclo de vida de un afiliado: desde su registro en el Seguro de Cesantía, hasta la etapa de pensionado.

