El Seguro de Cesantía es un beneficio importante para los trabajadores en Chile. A continuación, se detallan aspectos clave sobre su obligatoriedad, afiliación y cómo acceder a sus beneficios.

¿Quiénes están obligados al Seguro de Cesantía?

La ley establece la obligatoriedad del Seguro de Cesantía. Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Desde el 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.

Afiliación Voluntaria

Si usted fue contratado antes del 2 de octubre de 2002, puede afiliarse voluntariamente al Seguro de Cesantía. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

AFC creará la Cuenta Individual de Cesantía con el Número Identificatorio para Cotización (NIC). Cuenta Individual de Cesantía (CIC): es la cuenta que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) le entrega a cada trabajador afiliado y donde se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales, las que son aportadas por el trabajador y empleador, cuando se trata de un contrato indefinido, o solo por el empleador(es) en caso de contrato a plazo fijo por obra o servicio.

¿Cómo Funciona el Financiamiento?

Los pagos se realizarán con los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador(a) afiliado(a) al Seguro de Cesantía. El 3% irá al Seguro de Cesantía, administrado por AFC Chile. Desde el 1 de octubre de 2020, el empleador seguirá pagando el 4,11% de la remuneración imponible, sin distinguir la duración del contrato. La única diferencia está en el valor de la cotización previsional, que en el caso de los(as) trabajadores(as) corresponde a un 4,11% de la remuneración pactada en el contrato de trabajo, la que debe ser pagada por el(la) empleador(a) en su totalidad.

Cotizaciones Durante Licencias Médicas

En caso de licencias médicas transitorias, la cotización del 0,6% la retiene y paga la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa, mutuales) durante el tiempo que dure la licencia.

Beneficios del Seguro de Cesantía

Como afiliado(a), usted tiene derecho a cobrar el Seguro de Cesantía con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y/o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos, debe cumplir con los respectivos requisitos. El afiliado tiene derecho al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, por cualquier causal de cese de la relación laboral. Además AFC traspasará su cotización previsional correspondiente al porcentaje del monto de sus pagos del Seguro de Cesantía.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Cuando se agotan los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los giros pasan a ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos de este beneficio. Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. En el caso de estar recibiendo el Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se activará un 6° y 7° giro cuando la tasa de desempleo reportada por el INE supera en un punto porcentual a la tasa de desempleo promedio de los últimos 4 años.

Certificación en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

Este es un requisito para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y sus beneficios. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio. El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento de su Seguro de Cesantía.

¿Cómo Cobrar el Seguro de Cesantía?

También puede cobrar el Seguro de Cesantía en las sucursales de AFC Chile en todas las regiones del país. También puede cobrar el Seguro de Cesantía en las sucursales de AFC Chile. Al ingresar, el sistema le mostrará su saldo y validará si puede optar al cobro de su Seguro de Cesantía.

Proceso de Solicitud y Pago

Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual. La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual. Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista.

Consideraciones Importantes

Importante: las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro. Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Documentación y Regularización

AFC debe haber recibido una cotización de parte de su empleador o ex empleador, después de haber cesado su relación laboral. Para solucionar esta situación usted debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio. Una vez que cuente con su cédula de identidad chilena, debe proceder a regularizar su situación con AFC. Para ello, ingrese a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”.

Exclusión de Beneficios del FCS

Estas causales excluyen el acceso a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.

Mandatos y Representación

Usted puede solicitarle a otra persona (residente en Chile) que haga el trámite por usted, mediante el otorgamiento de un mandato especial. Los mandatos que autorizan a un tercero a tramitar y/o retirar los pagos del Seguro de Cesantía, además de estar legalizados conforme lo anteriormente señalado, deben estar autorizados por la fiscalía de AFC Chile.

Disposición de los Fondos

Los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son propiedad de cada afiliado(a). También tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP. Si usted cumple con los requisitos puede realizar el trámite de manera fácil y sin documentación en la Sucursal Virtual de afiliados o de manera presencial. Cuenta Vista, Corriente o de ahorro de cualquier banco.

Seguro de Cesantía para Pensionados

Durante la solicitud de retiro de fondos como pensionado(a), usted deberá firmar una declaración jurada en la que manifiesta estar en conocimiento de que no contará con cobertura del Seguro mientras no cuente con nuevas cotizaciones suficientes. Esta situación significa que usted, como empleador, no debe realizar cotizaciones a una persona en esta situación y así evitar pagos inconsistentes. Existe una única excepción a lo anteriormente señalado, cuando la persona afiliada y pensionada es trabajador(a) de casa particular (TCP). En este caso y, tras el retiro de sus fondos por pensión, el o la TCP que continúa sus labores puede ser beneficiario(a) activo(a) del Seguro de Cesantía.

Vigencia de la Cuenta Individual

Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año. La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período). Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente. La cartola del Seguro de Cesantía muestra los movimientos de su Cuenta Individual y el saldo disponible en caso de cesantía y de cumplir los requisitos. Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

Reclamos y Diagnóstico de Anomalías

Desde la fecha de recepción del reclamo, AFC Chile tiene un plazo máximo de 25 días hábiles para diagnosticar las anomalías informadas y determinar las acciones de regularización respectivas, las que indica a través de un dictamen siempre que la información aportada sea correcta.

Tabla Resumen: Cotizaciones al Seguro de Cesantía

Tipo de Contrato Aporte del Empleador Aporte del Trabajador
Indefinido 4,11% de la remuneración imponible No aplica (el empleador paga la totalidad)
Plazo Fijo, Obra o Servicio 4,11% de la remuneración imponible No aplica (el empleador paga la totalidad)

Nota: Desde el 1 de octubre de 2020, el empleador paga el 4,11% de la remuneración imponible en ambos tipos de contrato.

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