Una liquidación de sueldo en Chile es el documento que tú, como empleador, debes entregar y firmar junto a tu trabajador para dejar constancia del pago mensual del sueldo. En ella se pueden ver todos los montos involucrados, los que pueden ser: sueldo base, bonos, horas extra, descuentos legales (como AFP y salud), e incluso anticipos o préstamos si los hay.
¿Qué se entiende por 'trabajador de casa particular'?
La relación laboral debe constar en un documento escrito, llamado contrato de trabajo, que debe contener las condiciones de trabajo acordadas (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) con la parte empleadora. Incluso se exige para quienes trabajen sólo algunas horas a la semana.
Obligaciones del Empleador
Es obligatorio que exista un documento escrito, para que las condiciones de trabajo de todo tipo de trabajador (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) queden estipuladas.
Como en toda actividad laboral regida por un contrato, es responsabilidad del empleador pagar las cotizaciones previsionales y del plan de salud del trabajador.
La remuneración no puede comprender los alimentos y la habitación, que siempre serán de cargo de la parte empleadora, quien no puede efectuar descuentos por estos conceptos.
Sí, hay que entregar recibos o comprobantes.
Contrato de Trabajo
¿Qué debe considerar el contrato?
El contrato de trabajo debe contener las condiciones de trabajo acordadas con la parte empleadora, incluyendo servicios, remuneraciones y horarios.
¿Hay un período de prueba?
Sí, las primeras dos semanas del contrato se consideran de prueba. En ese lapso tanto el trabajador como el empleador puede dar término al contrato siempre que se avise con tres días de anticipación y se paguen los días trabajados.
Remuneraciones y Horas Extras
¿Hay una remuneración mínima?
El ingreso mínimo de las trabajadoras y trabajadores de casa particular es el mismo de los otros trabajadores, fijado por ley.
¿Cuáles son las extensiones de la jornada de trabajo para las trabajadoras o trabajadores puertas afuera?
Si la jornada semanal se extiende hasta por 30 horas, las partes podrán acordar por escrito hasta un máximo de 12 horas semanales adicionales de trabajo, no acumulables a otras semanas. Esas horas deben ser pagadas con un recargo no inferior al 50 por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período. En caso de que no exista sueldo convenido, o que el sueldo sea inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, la base de cálculo para el respectivo recargo será el ingreso mínimo mensual establecido por ley.
¿Se pueden compensar las horas extraordinarias por feriados?
Sí. Las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado.
¿Qué ocurre con las trabajadoras o trabajadores puertas adentro?
Para las trabajadoras y trabajadores puertas adentro no hay horarios definidos, pero debe haber un descanso absoluto mínimo de doce horas, fraccionado de la siguiente manera: nueve horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente, y tres horas durante la jornada de trabajo, incluyéndose en ellas los tiempos para comidas. Los trabajadores y trabajadores de casa particular puertas adentro tienen derecho a descanso los días sábados, los cuales, de común acuerdo, podrán acumularse, fraccionarse o intercambiarse por otros días de la semana. Si se acumulan, se los deben otorgar dentro del mismo mes calendario y no se pueden cambiar por dinero. Tienen derecho a descanso todos los días que la ley declare festivos. Tendrán derecho a dos días de libre disposición en cada mes calendario, los que serán remunerados, les permitirán ausentarse de sus labores y no podrán compensarse en dinero. De común acuerdo, esos días libres podrán acumularse dentro de un periodo de tres meses. Al término de la relación laboral, en caso de existir días pendientes de utilizar en el respectivo mes, se compensarán.
Vacaciones, Enfermedad y Fuero Maternal
¿Tienen derecho a vacaciones?
El trabajador que tenga derecho a vacaciones legales y deje de prestar servicios al empleador, cualquiera sea el motivo, tiene derecho a que se le compense en dinero, el tiempo que por concepto de vacaciones le habría correspondido. Respecto de aquellos que trabajen en forma parcial o sólo algunos días a la semana, los días de vacaciones serán proporcionales, por lo que el feriado anual incluirá los días en que usualmente trabaje y que quedan comprendidos en el período de 15 días hábiles.
¿Qué pasa en caso de enfermedad?
Si el trabajador se enferma, el empleador debe conservarle su puesto sin derecho a remuneración por un plazo que depende del tiempo que lleve trabajando.
¿Hay derecho a fuero maternal?
Sí.
Término de Contrato e Indemnizaciones
¿Qué hay que hacer para dar término al contrato?
El fin del contrato puede darse por renuncia del trabajador, por mutuo acuerdo o por despido. El finiquito debe ir por escrito y ser ratificado ante la Inspección del trabajo, un notario, un oficial del Registro Civil o secretario municipal.
¿Hay indemnizaciones por término de contrato?
Los trabajadores de casas particulares no tienen derecho a indemnizaciones por años de servicios, pero el empleador debe pagar mensualmente el 4,11% del sueldo en una AFP en calidad de "indemnización a todo evento", y de ese fondo el trabajador debe retirar dineros que sirven como indemnización.
Herramientas para la Liquidación de Sueldo
En Asefy entendemos lo tedioso que puede ser calcular liquidaciones de sueldo y remuneraciones para asesoras de hogar. Por eso, creamos una herramienta que te permite emitir liquidaciones y calcular el sueldo líquido de forma rápida y sencilla.
Pasos para Emitir Liquidaciones de Sueldo con Asefy:
- Agregar los datos del empleador.
- Ingresar los datos de la trabajadora.
- Completar la información del contrato.
- ¡Y listo!
Fiscalización y Cumplimiento
¿Cómo fiscaliza la Inspección del Trabajo el cumplimiento del contrato?
La Inspección del Trabajo supervisa el cumplimiento del contrato para asegurar que se respeten los derechos laborales.
Tabla Resumen de Obligaciones y Derechos
| Aspecto | Descripción |
|---|---|
| Contrato de Trabajo | Debe ser escrito y especificar condiciones laborales. |
| Remuneración Mínima | Igual a la de otros trabajadores, fijada por ley. |
| Cotizaciones | Obligación del empleador pagar previsión y salud. |
| Horas Extras | Recargo no inferior al 50% sobre el sueldo convenido. |
| Vacaciones | Derecho a vacaciones proporcionales. |
| Indemnización | Pago mensual del 4,11% del sueldo en AFP. |
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