En Chile, los trabajadores y trabajadoras tienen la posibilidad de solicitar la pensión de vejez anticipada por trabajo pesado. Este beneficio permite a aquellos que han desempeñado labores calificadas como pesadas acceder a una jubilación antes de la edad legal.

¿Quiénes pueden acceder a esta pensión?

  • Trabajadores y trabajadoras que han realizado por al menos cinco años una labor calificada como trabajo pesado, ya sea por el IPS o por la Comisión Ergonómica Nacional.
  • Trabajadores afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que cotizan un porcentaje adicional (1% o 2%) si su actividad es calificada como trabajo pesado. Este porcentaje es aportado tanto por el trabajador como por el empleador.

Requisitos Adicionales

Además de lo anterior, existen otros requisitos para acceder a la jubilación anticipada:

  • Tener al menos 10 años de afiliación en el sistema previsional.
  • Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) para calcular su pensión.

La Pensión Garantizada Universal (PGU)

Los trabajadores y trabajadoras que se acogen a esta pensión también tienen derecho a la PGU. Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.

Además, para acceder a la PGU, se debe:

  • Estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).

¿Cómo realizar el trámite?

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web ChileAtiende.

  1. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “autenticar”.
  2. Complete los antecedentes requeridos.

Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión; si no se requiere más información, esta podrá hacerse efectiva en un plazo de 49 días hábiles. Consulte el estado del trámite o llame al 101 en estos horarios.

Opciones de Pensión al Jubilar

Cuando la AFP emite el Certificado de Saldo, debes dirigirte a tu AFP o a una Compañía de Seguros e indicar que quieres pensionarte para que te coticen una pensión. SCOMP te envía por correo certificado a tu domicilio El Certificado de Oferta, que muestra todas las opciones de montos de pensión ofrecidas por las AFP (retiro programado de pensión) y compañías de seguros (rentas vitalicias en modalidades solicitadas). Certificado de Oferta tiene una vigencia de 12 días hábiles desde su emisión.

Existen diferentes modalidades de pensión:

  • Renta Vitalicia Inmediata: Al contratar una Renta Vitalicia con un Compañía de Seguros, esta recibe los fondos desde tu AFP y a cambio te garantiza una pensión mensual fija en UF de por vida. Al contratar una Renta Vitalicia Inmediata, puedes aumentar tu pensión de manera temporal, recibiendo una renta mayor, fija y en UF durante los primeros años de tu jubilación.
  • Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida: La puedes contratar a través de una Compañía de Seguros de Vida, donde una parte de tus ahorros se transfieren desde la AFP a la Compañía y de esta forma se garantiza una pensión fija en UF de por vida, a partir de una fecha futura acordada. Mientras llega esta fecha, recibes una pensión llamada Renta Temporal desde tu AFP.
  • Retiro Programado con Renta Vitalicia: Tus fondos de la AFP se dividen en dos para contratar dos pensiones al mismo tiempo: una pensión por Retiro Programado desde la AFP y otra pensión por Renta Vitalicia desde la Compañía de Seguros de Vida.
  • Plan Renta Garantizada: Si falleces, tus beneficiarios seguirán recibiendo el 100% de tu pensión durante el período que hayas estipulado al momento de comprar tu Renta Vitalicia. Terminado dicho período, comenzarán a percibir una pensión según los porcentajes que estipula la ley. En caso que fallezcas, el saldo remanente se continuará pagando como pensión de sobrevivencia a tus beneficiarios; y si no tienes, los fondos remanentes, se pagarán como herencia.

Información Adicional

  • Recuerda, que independiente de la modalidad de pensión que decidas contratar, se descontará de la misma el porcentaje de salud que corresponde, salvo que tengas el beneficio del estado en que este solvente el porcentaje que corresponde.
  • Al jubilarte perderás la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el que protege a ti y a tu familia.

Documentación Necesaria

  • Tu cédula de identidad vigente, a menos que por problemas de salud, no fue posible renovarla.
  • Poder notarial en caso de que la solicitud sea presentada por otra persona, por ejemplo, un familiar.
  • Si estás acogido a leyes especiales, debes traer un certificado otorgado por tu empleador, indicando el número de la Ley respectiva.

Afiliados Pensionados en el Régimen Antiguo

Requisitos para afiliados pensionados en alguna institución del régimen antiguo (incluye Dipreca o Capredena) Art.

  • La calidad de pensionado en dichas entidades, deberá tenerla la persona afiliada con anterioridad a su fecha de afiliación al Nuevo Sistema Previsional.
  • Deben presentar un tiempo de afiliación al Nuevo Sistema de al menos cinco años.
  • Deben obtener una pensión tal que, sumada a la pensión que se encuentren percibiendo a través del antiguo sistema previsional, sea igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, en los últimos diez años anteriores al mes en que se acogen a pensión.

Otros Beneficios y Programas

  • Programa de Alimentación Complementaria del Adulto Mayor (PACAM): Entrega de alimentos fortificados con micronutrientes, para mantener y mejorar el estado nutricional.

Jubilación por Invalidez

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

TAG: #Jubilacion

Lea también: