Estar cesante puede ser una situación difícil, pero el Seguro de Cesantía está diseñado para ofrecer un apoyo económico mientras encuentras un nuevo empleo. A continuación, te explicamos dónde y cómo puedes cobrar este seguro en Chile.
¿Qué es el Seguro de Cesantía?
El Seguro de Cesantía es un beneficio al que puedes acceder si te encuentras sin trabajo y cumples con ciertos requisitos. Este seguro se financia con las cotizaciones obligatorias mensuales, las cuales son aportadas por el trabajador y el empleador, cuando se trata de un contrato indefinido, o solo por el empleador(es) en caso de contrato a plazo fijo por obra o servicio.
Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) entrega a cada trabajador afiliado una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). En esta cuenta se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales.
Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.
Requisitos para Cobrar el Seguro de Cesantía
Para poder cobrar el Seguro de Cesantía, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado antes de esta fecha, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la AFC, con tu ClaveÚnica.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Estas cotizaciones pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
Causales de término de contrato válidas
Las causales de término de contrato válidas para solicitar el Seguro de Cesantía son:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
- Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
- Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
- Necesidades de la empresa (Art.).
- Quiebra del empleador (Art.).
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
Para solicitar el Seguro de Cesantía, debes seguir estos pasos:
- Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
- Debes completar tu perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
Si no puedes tramitar tu Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a tu nombre.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Plazos y Pagos
Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.
Importante:
- Si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.
- Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
- Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Cartola del Seguro de Cesantía
La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año. La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período). Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.
Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.
Horarios de Atención
Lunes a jueves 09:00 a 14:00 horas.
Todos los miércoles del mes, de 09:00 a 14:00 horas.
Subsidio de Cesantía
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Afiliación Voluntaria
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Traspaso de Fondos
Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.
Conoce más sobre el Seguro de Cesantía.
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