El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto creado por la Ley N° 19.728, financiado con aportes del Estado y del empleador. Este fondo tiene como objetivo otorgar prestaciones por cesantía en caso de que los recursos del trabajador en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) sean insuficientes.

¿Quiénes Pueden Acceder al Fondo de Cesantía Solidario?

Pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario aquellos trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002.
  • Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
  • Estar cesante.
  • Registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubiese tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
  • Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).

Número de Giros al Acceder al Fondo de Cesantía Solidario

Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar:

  • 5 giros si su contrato es Indefinido.
  • 3 giros si es a Plazo Fijo.

Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.

Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Causales de Término de Contrato que Permiten Acceder al Fondo

Las causales de término de contrato que permiten acceder al Fondo de Cesantía Solidario incluyen:

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
  • Necesidades de la empresa (Art.).
  • Quiebra del empleador (Art.).

¿Cómo Afiliarse y Solicitar el Beneficio?

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial. Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Consideraciones Adicionales

  • Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.
  • Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
  • Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
  • Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
  • De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

Subsidio de Cesantía

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

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