Si has vivido y trabajado en el extranjero, o estás próximo a pensionarte en otro país, es importante que tengas la información necesaria para gestionar tus fondos cotizados en ambos países. Chile tiene Convenios Internacionales de Seguridad Social con 27 países vigentes y uno multilateral iberoamericano.

En el caso de que exista un convenio de seguridad social entre el país de residencia y Chile, puedes solicitar tu pensión a través del organismo correspondiente. Estos convenios valen tanto para chilenos como para extranjeros, siempre y cuando hayan cotizado en el país acogido al convenio.

¿Cómo solicitar la pensión si resides en el extranjero?

  1. Acércate a la embajada y solicita el formulario de solicitud de pensión en virtud del convenio.
  2. Envía la solicitud de pensión en el Estado en que resides para pedir tus beneficios previsionales en uno o más Estados.

Es importante tener en cuenta que solamente podrás solicitar la pensión si cumples los requerimientos del país donde te encuentras, los cuales pueden variar dependiendo si la pensión es por vejez, invalidez, anticipada o de sobrevivencia.

Países con convenio de Seguridad Social con Chile

Chile ha suscrito convenios de Seguridad Social con los siguientes países:

  • Alemania
  • Argentina
  • Australia
  • Austria
  • Bélgica
  • Brasil
  • Canadá
  • Colombia
  • Dinamarca
  • Ecuador
  • España
  • Estados Unidos
  • Finlandia
  • Francia
  • Holanda (P. Bajos)
  • Luxemburgo
  • Noruega
  • Paraguay
  • Perú
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • República de Corea
  • Suecia
  • Suiza
  • Uruguay
  • Convenio Multilateral Iberoamericano

Trámites importantes para chilenos residentes en el extranjero

Si resides en el extranjero y necesitas realizar trámites relacionados con tu AFP en Chile, considera los siguientes pasos:

  1. Legalizar el poder notarial en el consulado chileno de tu país de residencia.
  2. Validar el documento en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile (trámite gratuito).
  3. Presentar el poder en cualquier sucursal de tu AFP para dar inicio a tu trámite.

El rol del Instituto de Previsión Social (IPS)

En Chile, el Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP. Este organismo entrega pensiones de vejez, que se rigen bajo los convenios internacionales, a cerca de 28.856 chilenos.

Si eres pensionado del IPS y resides en el extranjero, debes realizar anualmente la certificación de supervivencia. Puedes acudir a una notaría para efectuar una Fe de Vida Notarial, documento que posteriormente se debe apostillar para que sea legalmente válido en Chile.

¿Dónde realizar los trámites si resides en el extranjero?

No debes realizar los trámites en el Consulado, ya que solo pueden ver consultas. Debes dirigirte al organismo de enlace del país de residencia con el cual Chile suscribió el Convenio de Seguridad Social. En caso de que debas desplazarte a otro Estado por motivos de trabajo, podrás seguir cotizando en el de origen.

El usuario puede solicitar a la red consular intervención sobre su trámite previsional de acuerdo al convenio cuando, transcurrido un plazo de seis meses, el organismo de enlace chileno no haya dado respuesta al requerimiento de su contraparte.

Si estás afiliado o afiliada a una AFP, debes hacer el trámite en dicha institución. Puedes escribirles o visitar cualquier sucursal de AFP Capital. Para solicitar la pensión, ingresa al sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), con tu ClaveÚnica.

Consideraciones adicionales

  • Cada país establece disposiciones, requerimientos y beneficios distintos.
  • Si eres trabajador o trabajadora dependiente y te trasladas desde Chile a un país que mantiene vigente un convenio para realizar un trabajo temporal, tienes derecho a quedar liberado del pago de cotización. Debes realizar este trámite en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), al menos un mes antes de la fecha del viaje.
  • Si no haces el trámite de liberación de cotización, tendrás que regirte por la ley previsional del país donde vayas a trabajar.

Recuerda que los Convenios establecen disposiciones para los denominados “trabajadores desplazados”, aquellos que el empleador envía a trabajar por un período limitado al territorio del otro Estado. La Continuidad Previsional establece que, por regla general, el asegurado sólo cotiza para la Seguridad Social en el país donde trabaja.

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