Existe una inquietud común entre quienes se acercan a la edad de jubilación en Chile: ¿Es posible seguir trabajando y qué implicancias tiene esto para mi pensión y mis ingresos? La frase sugiere la posibilidad de continuar activo laboralmente tras pensionarse, abriendo la puerta a explorar temas como la compatibilidad entre pensión y trabajo, los efectos en los ingresos y los beneficios de mantenerse activo en la tercera edad.
Efectivamente, en la mayoría de los casos, la jubilación no impide continuar trabajando si así se desea, como seguir trabajando en la misma empresa de acuerdo a lo que quiera la gerencia o lo indique el contrato, salvo estando afecto al estatuto administrativo si es empleado público, que lo obliga a pensionarse si se jubila.
Con el aumento de la expectativa de vida hoy las personas están plenamente capacitadas y probablemente se encuentran en la mejor época de sus vidas para seguir trabajando plenamente a la edad legal para jubilarse.
En Chile, si te jubilas pero deseas seguir trabajando, generalmente puedes hacerlo en el sector privado. Sin embargo, hay algunas excepciones que se aplican a los trabajadores de la Administración Pública.
Compatibilidad entre Pensión y Trabajo
Las normas legales y reglamentarias que regulan el sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado, de manera que no existe inconveniente para que una o un afiliado declarado inválido pueda trabajar con su capacidad residual.
Sin embargo, por disposición del Estatuto Administrativo, las y los funcionarios públicos que cesaron en su cargo por declaración de invalidez, no reúnen el requisito de salud compatible para reintegrarse a un empleo en la administración pública. (Fuente: Superintendencia de Pensiones.)
Es importante tener en cuenta que, si continúas trabajando después de jubilarte, sigues siendo elegible para recibir beneficios como la Pensión Garantizada Universal PGU y/o la Garantía Estatal por pensión mínima. Además, tendrás los mismos requisitos para acceder a estos beneficios y también podrás ajustar tu pensión en el retiro programado.
Excepciones y Consideraciones
Existen algunas excepciones donde no es posible continuar trabajando después de jubilarse:
- Los trabajadores de la Administración Pública afectos al Estatuto Administrativo.
- Los trabajadores municipales afectos a la Ley No.18.883
- Los profesionales de la Educación del Sector Municipal afectos a la Ley No.19.070
- Los Trabajadores afectos al Estatuto de Atención Primaria de la Salud Municipal.
- Los funcionarios del Poder Judicial afectos al artículo 332 No.6 del Código Orgánico de Tribunales.
Todos los anteriormente citados deben cesar en su cargo al obtener su pensión.
Es importante revisar si se trata de un dependiente antiguo y no tiene derecho a Bono de reconocimiento (BR) o teniéndolo es bajo la alternativa No.3 y reúne además 60 meses de cotizaciones, anteriores a Julio de 1979, que antes de continuar con su trámite de pensión en la AFP, le conviene consultar si cumple con los requisitos para desafiliarse del Sistema y si tiene derecho a pensionarse en el antiguo sistema previsional.
Cotizaciones y Salud
Una persona que ya se encuentra pensionada en el sistema de AFP y que continúa trabajando, puede seguir cotizando.
Sin embargo, tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión y, para eso, debe manifestarlo por escrito tanto a su empleador como a la administradora en la que está afiliada. Al optar por esta forma, sólo debe cotizar el porcentaje correspondiente a Fonasa o Isapre.
Si el pensionado opta por la segunda opción y deja de cotizar para pensión, ya no seguirá aumentando el monto de su pensión futura con nuevos aportes. La decisión de cotizar o no para pensión puede cambiarse cada 12 meses.
Los pensionados por invalidez parcial deben obligatoriamente seguir cotizando para pensión mientras trabajen.
Los pensionados por invalidez total (DL 3500) o gran invalidez (Ley 16744 accidentes del trabajo y enfermedades profesionales) están eximidos de cotizar para pensión, pero deben cotizar para salud si trabajan.
Los pensionados con pensión autofinanciada menor a $255.000, pertenecientes a un grupo familiar de los tres primeros quintiles, estarán exentos total o parcialmente de la cotización de salud del 7%, incluso sin haber cotizado antes.
Ahora, la desventaja de cotizar tras jubilar es que tendrás que pagar el doble de la cotización de salud: si estás pensionado y sigues trabajando, te descontarán el 7% tanto de tu pensión como de tu sueldo.
Trabajo en el Sector Privado vs. Público
Si trabajas en el sector privado y te pensionas por vejez, puedes continuar en tu empleo actual o buscar uno nuevo. No existe ninguna obligación legal de dejar de trabajar al jubilarse.
La situación es diferente para los trabajadores del sector público. En algunos casos, los estatutos específicos de ciertas instituciones pueden requerir el cese de funciones al momento de pensionarse. Es importante revisar la normativa aplicable a tu situación particular.
Razones para Seguir Trabajando Después de Jubilarse
Las razones que llevan a las personas a seguir trabajando después de jubilarse son diversas. En muchos casos, la pensión recibida no es suficiente para cubrir sus necesidades básicas y mantener su calidad de vida, lo que los obliga a continuar generando ingresos.
Para otros, el trabajo representa no solo una fuente de ingresos, sino también un espacio de socialización, un propósito que los mantiene activos y les permite sentirse útiles y realizados.
¿Qué Hacer con tu AFP Después de Jubilarte?
Esta pregunta encapsula una de las decisiones financieras más cruciales que enfrentan los chilenos al llegar a la jubilación. Refleja la incertidumbre y la necesidad de orientación sobre cómo gestionar los ahorros previsionales acumulados en la AFP, ya sea para maximizar la pensión mensual, asegurar un ingreso estable o dejar un legado a los seres queridos.
Asesoría Previsional
Contar con un Asesor Previsional puede hacer que este proceso sea más fluido y le ayude a obtener la mejor pensión de jubilación. Aquí te indico los pasos a seguir:
- Encontrar un asesor previsional:
- Registro de Asesores Previsionales: De la Superintendencia de Pensiones.
- AGAP: Sitio Web de la Asociación de Asesores Previsionales de Chile.
- Más Pensión: El sitio Web más antiguo y con más datos en jubilaciones y pensiones en Chile.
- Pida referencias: Consulte con amigos, familiares o colegas si conocen algún Asesor Previsional de confianza.
- Compare opciones: Investigue diferentes asesores, compare sus servicios, experiencia y honorarios.
- Reunirse con el Asesor Previsional:
- Prepare su información: Reúna información relevante como su historial laboral, estado de salud, expectativas de pensión y situación familiar.
- Haga preguntas: No dude en preguntar sobre la experiencia del asesor, sus honorarios, el proceso de asesoría y cualquier duda que tenga.
- Evalúe la compatibilidad: Asegúrese de que se sienta cómodo con el asesor y que confía en su capacidad para ayudarle.
- Iniciar el trámite de pensión:
- Recopilación de antecedentes: Su asesor le ayudará a reunir la documentación necesaria para iniciar el trámite de pensión (Cédula de Identidad, Certificado de Afiliación a la AFP, etc.).
Resumen de Decisiones Clave
A continuación, se presenta un resumen de las decisiones clave que debes tomar al considerar seguir trabajando después de jubilarte:
| Aspecto | Opciones | Consideraciones |
|---|---|---|
| Sector Laboral | Privado o Público | El sector público puede tener restricciones específicas. |
| Cotizaciones | Cotizar o No Cotizar | Cotizar aumenta la pensión futura, no cotizar reduce los descuentos mensuales. |
| Salud | Fonasa o Isapre | La cotización de salud es obligatoria. |
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