Para entender mejor cómo manejar tus finanzas y planificar tu futuro, es crucial conocer las diferentes opciones de ahorro e inversión disponibles. En este artículo, exploraremos en detalle qué es un depósito a plazo y cómo se relaciona con los Ahorros Previsionales Voluntarios (APV) ofrecidos por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Definición de Depósito a Plazo
Un depósito a plazo es una suma de dinero que una persona entrega a una entidad financiera, como un banco o una cooperativa de ahorro y crédito, con el objetivo de recibir intereses durante un período de tiempo específico. Al realizar este depósito, el ahorrador se convierte en acreedor del banco.
En esencia, entregas un monto de dinero a la entidad financiera por un tiempo determinado. Al finalizar este plazo, la entidad te devuelve el dinero inicial más los intereses generados, los cuales se conocen de antemano. Los intereses pueden pagarse periódicamente durante la vigencia del depósito.
Tipos de Depósitos a Plazo
Existen diferentes tipos de depósitos a plazo, entre ellos:
- Depósitos a Plazo Fijo Renovables: Estos depósitos ofrecen la opción de prorrogar el depósito por un nuevo período igual al contratado inicialmente. La renovación se realiza automáticamente si el depositante no retira el monto. En cada nuevo período, la capitalización es mayor, ya que incluye el monto inicial más los intereses devengados en el período anterior.
- Depósitos No Reajustables en UF: Los plazos mínimos para este tipo de depósitos son de aproximadamente 7 días.
- Depósitos Reajustables en UF: Estos depósitos suelen tener plazos mínimos de 90 días.
Características Importantes de los Depósitos a Plazo
Al considerar un depósito a plazo, es fundamental tener en cuenta las siguientes características:
- Comisiones: Generalmente, no existen comisiones al contratar un depósito a plazo.
- Seguro de Depósitos: La Ley General de Bancos asegura las cantidades invertidas en depósitos a plazo, ya sea en moneda extranjera o local, cubriendo el 90% de su valor con un tope máximo de 108 UF.
Depósitos Convenidos y su Beneficio Tributario
Los Depósitos Convenidos son aportes en dinero destinados al Ahorro Previsional Voluntario (APV), que se pueden pactar con el empleador y que ofrecen un beneficio tributario de hasta UF 900 anuales. Es importante destacar que estos ahorros están destinados exclusivamente para la jubilación y no pueden retirarse antes de ese momento.
Los Depósitos Convenidos hasta UF 900 no se consideran remuneración, por lo que no están sujetos a impuestos. Sin embargo, si los depósitos superan este tope, no se aplicará el beneficio tributario y se deberá pagar el Impuesto Único de Segunda Categoría o el Impuesto Global Complementario, según corresponda.
Beneficios de los Depósitos Convenidos
- Ayudan a mejorar la pensión.
- No se consideran remuneración, por lo que no se pagan impuestos al ahorrar (hasta el tope de UF 900).
Opciones de Depósito Convenido
Existen tres opciones para realizar Depósitos Convenidos:
- Un monto fijo pagado por el empleador en una sola oportunidad.
- Un porcentaje mensual de la remuneración imponible (sin ser parte de la remuneración).
- Un monto fijo mensual.
El monto del Depósito Convenido es pagado por el empleador previo acuerdo con el trabajador. Estos fondos podrían retirarse al jubilarse como Excedente de Libre Disposición, si corresponde. Es importante tener en cuenta que estos retiros no estarán exentos de impuestos y estarán sujetos al Impuesto Global Complementario vigente en ese momento.
¿Cómo Suscribir un Depósito Convenido?
Para suscribir un Depósito Convenido, es necesario completar los formularios "Convenio de Depósitos Voluntarios" y "Selección de Alternativas de Ahorro Previsional Ley 19.768", los cuales deben ser firmados tanto por el empleador como por el trabajador. La suscripción puede realizarse en el lugar de trabajo, en una sucursal de la AFP o a través de un representante autorizado.
Comisiones por Depósitos Convenidos
La comisión por gestionar los Depósitos Convenidos varía según la AFP. Por ejemplo, una comisión del 0,6% anual significaría que, por un saldo de $1.000.000 en la cuenta de Depósito Convenido, se cobraría una comisión de $500 mensuales, equivalente a $6.000 al año.
Tabla Comparativa: Depósitos a Plazo vs. Depósitos Convenidos (APV)
| Característica | Depósitos a Plazo | Depósitos Convenidos (APV) |
|---|---|---|
| Finalidad | Ahorro e inversión a corto/mediano plazo | Ahorro previsional a largo plazo |
| Beneficio Tributario | No | Sí, hasta UF 900 anuales |
| Disponibilidad | Disponible al vencimiento del plazo | Disponible solo al jubilarse (salvo excepciones) |
| Impuestos | Intereses gravados según régimen general | Exentos hasta UF 900; retiros gravados con Impuesto Global Complementario |
| Comisiones | Generalmente no hay | Varían según la AFP |
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