La Declaración de Impuestos Anuales a la Renta es una obligación de carácter anual que debe ser cumplida por empresas y personas naturales, en el mes abril de cada año, a través del Formulario N° 22. Es un impuesto que grava las rentas obtenidas por personas naturales, empresas y otras entidades.
¿Qué es el Impuesto a la Renta?
La Ley sobre Impuesto a la Renta grava las rentas obtenidas por personas naturales, empresas y otras entidades. Son impuestos que se aplican directamente al titular de la renta o riquezas que los paga, de manera que se puede reconocer quién lo pagó y su monto. En otras palabras, son todos los ingresos obtenidos en un año comercial.
Impuestos Directos vs. Indirectos
Es importante distinguir entre impuestos directos e indirectos:
- Impuestos Directos: Se aplican directamente al titular de la renta o riquezas que los paga, de manera que se puede reconocer quién lo pagó y su monto.
- Impuestos Indirectos: Impuesto que se aplica por el uso de la riqueza sobre las personas y, por lo tanto, indirectamente. Un ejemplo común es el IVA (Impuesto al Valor Agregado).
IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Este impuesto consiste en el recargo del 19% al monto del precio final determinado por el vendedor de un bien o servicio. El impuesto actúa en cadena, trasladándose desde el vendedor al comprador, quien descuenta el impuesto pagado y acreditado en las facturas de sus compras (Crédito Fiscal) y agrega el impuesto recolectado en las ventas (Débito Fiscal).
Obligación de Declarar Renta
Si estás en los siguientes casos, tienes la obligación de presentar tu declaración de Renta este año:
- Solicitaste el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calculan y pagan las cuotas respectivas.
- Creaste un emprendimiento en 2024 (recibiste ingresos por la venta de productos y/o prestación de servicios).
- En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su Declaración de Renta.
También puedes presentar tu Declaración de Renta, pese a que no estés obligado, si quieres acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios, o el crédito por gastos en educación.
Excepciones a la Obligación de Declarar
No están obligados a declarar:
- Quienes durante el año comercial 2020 han obtenido solo ingresos calificados como “no renta” para efectos tributarios.
- Contribuyentes con obligación tributaria cumplida mensualmente.
- Quienes pagan un Impuesto Único de Primera Categoría en carácter de sustitutivo. Ejemplo: pequeños mineros artesanales, pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública y los suplementeros, en la medida que solo desarrollen dichas actividades.
NOTA IMPORTANTE: Se hace presente que la liberación de presentar una declaración de impuesto Global Complementario (en los casos señalados en los números 1, 2 y 3 de esta letra A)), es sin perjuicio de la presentación de la declaración respectiva, cuando el contribuyente por las rentas exentas del citado tributo, tenga derecho a solicitar la devolución de eventuales remanentes de impuestos a su favor, provenientes de retenciones de impuestos practicadas; pagos provisionales mensuales efectuados; créditos que le otorga la ley (por ejemplo, crédito por impuesto de Primera Categoría) o saldos de impuestos a su favor por la reliquidación del impuesto Global Complementario o Único de Segunda Categoría, por inversiones realizadas en aquellos títulos, valores o instrumentos de ahorro que señala el artículo 57 bis de la Ley de la Renta y/o adquisición de viviendas nuevas acogidas al DFL N° 2/59, según las normas de la Ley N° 19.622/99.
Las empresas individuales no acogidas al artículo 14 bis de la Ley de la Renta y que no llevan contabilidad, que al término del ejercicio, determinen una base imponible del impuesto general de Primera Categoría del artículo 20 de la Ley de la Renta, que no exceda de $ 316.656 (1 UTA), no están obligadas a presentar una declaración anual por concepto de dicho tributo.
Beneficios y Créditos Tributarios
Existen varios beneficios y créditos tributarios que puedes aprovechar al realizar tu declaración de renta:
Rebaja por Intereses Pagados por Créditos con Garantía Hipotecaria
Es un beneficio que te permite rebajar de la Renta Bruta Imponible Anual, los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, destinados a adquirir o construir una o más viviendas (nuevas o usadas), o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados.
- Si cumples los requisitos, al realizar tu declaración de Renta anual en abril el monto del crédito a solicitar se incorporará automáticamente en la propuesta de Renta, en base a la información proporcionada al Servicio por bancos e instituciones financieras.
- En sii.cl, menú Servicios Online, Declaración de Renta, opción Asistentes para cálculos, es posible acceder al Asistente de cálculo de rebaja por intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, según Art.
Beneficio por Venta de Bienes Raíces
Si vendes uno más bienes raíces, y la ganancia que obtienes es menor a 8 mil UF, puedes acceder a un beneficio que te permite no pagar impuestos hasta ese monto. Por ejemplo, si compraste una casa por 2 mil UF y la vendiste por 4 mil UF, el mayor valor obtenido (utilidad) fue de 2 mil UF, por lo que estará libre de impuestos.
Descuento por Impuesto Territorial (Contribuciones)
Si como Persona Natural percibiste ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades no agrícolas y agrícolas, podrás descontar de tu Impuesto Global Complementario el Impuesto Territorial (contribuciones) que hayas pagado dentro del año y cuyas rentas se encuentren registradas en el Cod. Considera que podrás acceder a un Asistente de Arriendos de Bienes Raíces, que facilitará la declaración de los ingresos y además realizará el cálculo del crédito por contribuciones (si corresponde).
El Impuesto Territorial (las cuotas de las contribuciones correspondientes), deben estar pagadas dentro del año comercial respectivo.
Ejemplo: María es dueña de un bien raíz no agrícola, que no corresponde a un DFL 2, el que arrendó por todo el año 2024, recibiendo por esto un ingreso mensual de $900.000, que se acredita mediante el respectivo contrato. María no registra otros ingresos y pagó oportunamente el impuesto territorial o contribuciones de 2024 en las siguientes 4 cuotas: cuotas 1 y 2 por $50.000 y cuotas 3 y 4 por $55.000.
Consideraciones Adicionales
Cotizaciones Previsionales
Si percibes ingresos como dependiente y además emites boletas de honorarios, deberás cotizar mensualmente por tu remuneración como dependiente y anualmente por tus rentas en boletas de honorarios. Si en el marco de este proceso tu cotización en Salud supera el límite de la cotización legal del 7% o el valor de tu plan pactado, los excedentes te serán devueltos por tu aseguradora.
Ten presente que las cotizaciones pagadas a través de la Operación Renta 2025 te entregan derecho a las prestaciones de seguridad social desde el 1 de julio de 2025 y hasta junio de 2026. En el caso de las cotizaciones para pensión de vejez (AFP), el pago que realizas en esta Operación Renta se abonará a tu cuenta individual y se asignará al año en el que fueron generadas, es decir 2024.
En el caso de que hayas pagado cotizaciones previsionales como independiente durante el año, estas son consideradas como voluntarias y no se incorporan en el proceso del cálculo de la Operación Renta.
Reliquidación del Impuesto
No percibiste ingresos en uno o más meses del año. Al reliquidar (es decir, al aplicar la tasa de impuesto considerando tus ingresos sobre una base anual), podrías obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que tu ingreso fue mayor, o bien, en los meses en que tuviste ingresos y, por lo tanto, la tasa del impuesto que se aplicó fue mayor a la tasa que hubieras obtenido considerando la suma anual del total de tus rentas.
Proceso de Declaración
La Declaración de Impuestos Anuales a la Renta es una obligación que se realiza en el mes de abril de cada año, a través del Formulario N° 22.
Revisión de la Propuesta del SII
Revisa la información de rentas, créditos, beneficios, acciones y otros que han sido informados al SII, que sirven de base para que se confeccione la propuesta en el sitio web. Esta proposición genera automáticamente el formulario 22 (F22), que resume las rentas del año anterior.
Corrección de Inconsistencias
Antes de enviar tu Declaración de Renta, revisa siempre que la información de tus agentes retenedores o informantes sea la correcta. Si detectas alguna inconsistencia, comunícate con tu agente retenedor (te entregamos sus datos de contacto en el despliegue del detalle de cada uno de ellos) para que pueda corregir los antecedentes.
Consecuencias de No Declarar
Si no declaraste renta y estás obligado a hacerlo, serás citado a una de las oficinas del SII.
Para más información y asistencia, puedes consultar la Guía de asistencia tributaria, con ejemplos de declaraciones de renta, para el segmento de personas que obtienen sueldos, honorarios y cotizaciones previsionales, venta de acciones, crédito educacional, entre otros.
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