En Chile, la gestión de licencias médicas es un proceso que involucra tanto a empleadores como a trabajadores. Es fundamental conocer los plazos y procedimientos para asegurar que el trabajador reciba las prestaciones correspondientes durante su período de incapacidad.

Plazos Clave Para la Tramitación de Licencias Médicas

Plazo Para el Trabajador Presentar la Licencia Médica

El plazo que tiene un trabajador para entregar una licencia médica al empleador del sector privado es de dos días hábiles. Si el empleador pertenece al sector público, la licencia debe ser presentada dentro del plazo de tres días hábiles. En ambos casos, el plazo se cuenta desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico.

Los trabajadores independientes deben presentar la licencia médica directamente a la COMPIN o ISAPRE correspondiente para su autorización, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de inicio del reposo.

Plazo Para el Empleador Gestionar la Licencia Médica

El empleador tiene 3 días hábiles para gestionar una licencia médica en Chile, asegurando un proceso ágil y eficiente para el trabajador.

El empleador tiene un plazo de 10 días hábiles para gestionar la licencia médica de un trabajador una vez que recibe la documentación correspondiente. Este tiempo es fundamental para asegurar que el trabajador reciba las prestaciones que le corresponden durante su periodo de incapacidad. Al momento de recibir la licencia, el empleador debe verificar que la documentación esté completa y cumplir con el tiempo establecido para su envío a la Compin (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez).

Proceso de Gestión de la Licencia Médica

El proceso de gestión de una licencia médica en Chile incluye los siguientes pasos:

  1. Recepción de la licencia: El trabajador debe presentar su licencia médica, la cual debe ser emitida por un profesional de la salud y contar con la firma del médico.
  2. Revisión de la documentación: El empleador tiene la responsabilidad de verificar que la licencia esté completa y sea válida.
  3. Envío a la Compin: Una vez validada, el empleador debe enviar la licencia médica a la Compin dentro de los 10 días hábiles mencionados.
  4. Notificación al trabajador: El empleador debe mantener informado al trabajador sobre el estado de su licencia y el procesamiento de su subsidio.

Consecuencias de un Mal Manejo de la Licencia Médica

Si el empleador no gestiona adecuadamente la licencia médica, esto puede tener diversas consecuencias:

  • Retardo en el pago del subsidio: El trabajador podría experimentar demoras en la recepción de su subsidio por incapacidad.
  • Multas y sanciones: El empleador podría enfrentar sanciones por parte de la Compin si no cumple con los plazos establecidos.
  • Insatisfacción del empleado: La falta de comunicación y un mal manejo de la situación pueden generar desconfianza y desmotivación en el trabajador.

Pasos y Plazos Detallados Para la Tramitación de una Licencia Médica

A continuación, se describen los pasos cruciales y los plazos que deben respetarse para asegurar una gestión efectiva.

  1. Obtención de la licencia médica

    El primer paso es obtener la licencia médica por parte de un profesional de salud. Es fundamental que el médico realice una evaluación exhaustiva del paciente y emita el certificado correspondiente.

    Plazo: Inmediato

    Por lo general, la licencia médica debe ser emitida de manera inmediata, y se recomienda que el trabajador la obtenga el mismo día en que se presenta la incapacidad.

  2. Presentación de la licencia al empleador

    Una vez que el trabajador posee la licencia médica, debe presentarla a su empleador dentro del plazo estipulado. Este plazo es de 48 horas desde la emisión de la licencia.

    Importancia de la presentación a tiempo

    Es crucial cumplir con este plazo ya que, de no hacerlo, el empleador puede rechazar la licencia y, por ende, no pagar el subsidio correspondiente. Esto puede llevar a una situación complicada para el trabajador.

  3. Gestión de la licencia por parte del empleador

    El empleador tiene un plazo de 5 días hábiles para gestionar la licencia médica ante la Compin (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez). Durante este tiempo, debe reunir toda la documentación necesaria y presentarla para su aprobación.

    Documentación necesaria

    • Formulario de solicitud de subsidio por incapacidad temporal.
    • Copia de la licencia médica emitida por el médico.
    • Datos del trabajador y la empresa.
  4. Evaluación por parte de la Compin

    Una vez que la licencia se ha presentado, la Compin tiene un plazo de hasta 30 días para evaluar y pronunciarse sobre la aprobación o rechazo de la licencia médica. Es importante tener en cuenta que este proceso puede variar en función de la carga de trabajo de la institución.

    Consejos prácticos

    Para evitar demoras:

    • Organizar toda la documentación con antelación.
    • Hacer seguimiento del estado de la licencia con el empleador.
    • Conocer los derechos que tiene como trabajador en materia de licencias médicas.
  5. Pago del subsidio

    Finalmente, una vez que la licencia médica ha sido aprobada, el subsidio por incapacidad se paga retroactivamente desde el primer día de incapacidad. El plazo para recibir el pago depende de la Compin, pero suele ser efectivo en un plazo de 7 a 10 días hábiles después de la aprobación.

¿Qué Sucede si el Contrato de Trabajo Termina Durante la Licencia Médica?

Si el contrato de trabajo está terminado, para determinar si el empleador debe o no recibir la licencia, debe tomarse la fecha de inicio del reposo prescrito y no aquella de emisión o la fecha de entrega de la licencia al empleador. Si la fecha de término del contrato es posterior a la de inicio del reposo médico señalado en la licencia, el empleador estará obligado a recibirla y tramitarla, aun cuando sea entregada fuera del plazo legal.

Si el trabajador estaba haciendo uso de licencia médica cuando terminó su contrato, la nueva licencia continuadora debe ser tramitada por el trabajador directamente ante el organismo previsional respectivo. Para ello, debe concurrir a la Inspección del Trabajo respectiva para dar a conocer la circunstancia de no tener empleador que le tramite la licencia médica, lo que quedará registrado en un formulario denominado "Declaración Jurada Tramitación Licencia Médica", el que deberá adjuntar a la licencia médica que tramitará.

Encontrándose vigente el contrato de trabajo le asiste al empleador la obligación de recepcionar la licencia médica que le presente el trabajador y tramitarla en la institución respectiva para su aprobación dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su recepción.

Por otra parte, si el trabajador se encontraba haciendo uso de licencia médica cuando terminó su contrato, una nueva licencia continuadora de la anterior la debe tramitar el trabajador directamente ante el organismo previsional respectivo por cuanto ya no tendría empleador que realice tal trámite.

Tramitación de la Licencia Médica Electrónica Tipo 5 o 6

Para que se verifique el otorgamiento y tramitación de la Licencia Médica Electrónica tipo 5 o 6 a través del sistema de información, será requisito indispensable que tanto el profesional habilitado para otorgar licencias médicas como el organismo administrador de la Ley N°16.744 y la empresa con administración delegada, según corresponda, reciban la prestación de servicios informáticos del mismo operador. Si el trabajador tiene más de un empleador, el profesional habilitado deberá otorgar tantas licencias por igual período y diagnóstico, como empleadores tenga y sea necesario.

En atención a que la Licencia Médica Electrónica tipo 5 o 6 contiene el pronunciamiento de un profesional médico, en orden a que el trabajador padece una patología presuntamente de origen laboral, el empleador o el trabajador independiente adscrito deberá completar los datos de la licencia médica que le correspondan y la pondrá a disposición del organismo administrador de la Ley N°16.744 al que se encuentre adherido o afiliado, a través del sistema de información. El empleador deberá remitir la Licencia Médica Electrónica tipo 5 o 6 al organismo administrador dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de su recepción.

Si no existe denuncia del empleador, y el trabajador no realiza la DIAT o DIEP dentro del plazo de 15 días, para el caso de accidentes, o 30 días, tratándose de enfermedades, el organismo administrador deberá terminar la tramitación de la Licencia Médica Electrónica tipo 5 o 6, por falta de DIAT o DIEP.

El trabajador dependiente deberá entregar la copia impresa de la Licencia Médica Electrónica Tipo 5 o 6 a su empleador, quien deberá fechar y firmar el respectivo comprobante impreso. En caso que el empleador se niegue a recibirla o no la tramite, el trabajador podrá presentarla directamente ante el organismo administrador del Seguro de la Ley N°16.744, efectuando, además, la respectiva Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP).

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