El finiquito es un documento crucial al término de una relación laboral en Chile, donde se establecen los acuerdos y pagos finales entre el empleador y el trabajador. A continuación, se detalla el plazo máximo para el pago del finiquito y otros aspectos relevantes.

Plazo Legal Para el Pago del Finiquito

De acuerdo con lo establecido en el artículo 177 del Código del Trabajo, el empleador debe otorgar y poner a disposición del trabajador el pago del finiquito dentro de los 10 días hábiles contados desde la fecha de separación del trabajador.

Este plazo es una obligación que debe cumplir el empleador, y la firma o ratificación por parte del trabajador puede extenderse por un período más amplio, sin que la norma obligue a este último a un plazo específico.

¿Qué Incluye el Finiquito?

Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito. Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados. Para hacer este cálculo es importante considerar los días feriados otorgados legalmente por año de servicio, los días proporcionales trabajados y los días corridos.

  • Vacaciones proporcionales: Es la compensación de los días feriados otorgados al colaborador por el servicio entregado durante sus años de trabajo bajo contrato. En otras palabras, corresponde a una compensación de 15 días de vacaciones que se obtienen al año de trabajo. Esto quiere decir que si una persona no se ha tomado vacaciones por dos años y es finiquitado, se le deben pagar 30 días de vacaciones. La cifra obtenida será el número total de días hábiles feriados que le corresponden compensar al colaborador.
  • Días corridos: Corresponde a los días sábados y domingos, además de los festivos, que un colaborador obtenga durante su contrato de trabajo.
  • Indemnización por años de servicio: Según la Dirección del Trabajo, el derecho de indemnización "se origina cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de los incisos 1º y 2º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio". Solo con estas causales es que es válido el derecho de una indemnización por parte de la empresa al colaborador.

¿Qué Hacer Si el Empleador No Cumple con el Plazo?

Si el empleador no cumple con el plazo de 10 días hábiles para poner a disposición el finiquito y su pago, el trabajador puede tomar las siguientes medidas:

  1. Reclamo en la Inspección del Trabajo: El trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo para interponer un reclamo si tiene diferencias con los términos del finiquito (causal invocada, monto de indemnizaciones, etc.). Esto derivará en una citación a ambas partes a un comparendo de conciliación para buscar un acuerdo.
  2. Acción judicial: El trabajador puede exigir el pago del finiquito mientras no sea declarada judicialmente la prescripción extintiva del mismo. El artículo 510 del Código del Trabajo establece un plazo de prescripción extintiva de dos años contados desde la fecha en que los derechos se hicieron exigibles.

Importancia de la Reserva de Derechos

Es fundamental que, al momento de firmar el finiquito, el trabajador se asegure de estar de acuerdo con todos los términos y montos estipulados. Si existe alguna diferencia o desacuerdo, es crucial incluir una Reserva de Derechos en el documento. Esta reserva permite al trabajador demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo, sin renunciar a sus derechos.

Si usted firma el finiquito sin escribir una Reserva de derechos, podrá demandar solamente aquello que no conste en el finiquito.

Consideraciones Adicionales

  • Ratificación ante Ministro de Fe: Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe.
  • Asesoría Gratuita: El trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
  • Pago en Cuotas: Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
  • Cotizaciones Previsionales: El empleador debe estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

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