El Seguro de Cesantía en Chile es un mecanismo obligatorio para trabajadores con contrato indefinido o a plazo fijo desde 2002, financiado con el 3% de las remuneraciones imponibles, brindando pagos mensuales por un tiempo limitado en caso de desempleo.

Componentes del Seguro de Cesantía

Se compone de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siendo el primero un fondo personal y el segundo un recurso colectivo para quienes agotan su cuenta individual.

  • Cuenta Individual de Cesantía (CIC): Es la cuenta que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) le entrega a cada trabajador afiliado. En ella se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales, las que son aportadas por el trabajador y empleador, cuando se trata de un contrato indefinido, o solo por el empleador(es) en caso de contrato a plazo fijo por obra o servicio.
  • Fondo de Cesantía Solidario (FCS): Este fondo es un recurso colectivo para quienes agotan su cuenta individual. Ofrece un límite de cinco pagos decrecientes para mantener un ingreso mínimo durante el desempleo.

¿Cómo Revisar tu Saldo Actualizado?

Es posible revisar el saldo en línea a través de la AFC. Puede revisar su saldo actualizado y últimos movimientos de su cuenta en la Sucursal virtual de afiliados, ingresando con su ClaveÚnica o clave AFC. Mediante la Sucursal Virtual de afiliados: Usted puede ingresar a la Sucursal Virtual de afiliados con su Rut y clave de acceso o ClaveÚnica y revisar el saldo disponible al día, además de todos los movimientos y pago de cotizaciones.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año.

  • Cartola anual: Se envía en el mes de febrero e informa los movimientos de su cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período).
  • Cartolas cuatrimestrales: Se envían en junio y octubre e informan los movimientos de su cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.

Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta. Para acceder a ella, y de manera de resguardar su información, se abre con una contraseña que corresponde a su rut completo, sin guion ni puntos. Si finaliza en k, debe usar minúscula.

¿Qué hacer ante inconsistencias en la cartola?

Para notificar a AFC que el empleador que aparece en su cartola no corresponde, debe realizar un reclamo ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC. Ante cualquier otra inconsistencia, debe levantar el requerimiento ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados con su RUT y ClaveÚnica o clave de AFC. La cartola no muestra el saldo actualizado a la fecha de emisión de la cartola.

Acceso a los Fondos

Usted puede acceder a sus fondos siempre que esté cesante y cumpla con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía. Ante el desempleo, se puede hacer uso de la CIC y, de ser necesario, recurrir al FCS con requisitos específicos.

¿Cómo se financia tu Cuenta Individual de Cesantía?

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles.

Una de las preguntas más frecuentes de nuestros afiliados es cuánto dinero tienen ahorrado en su Seguro de Cesantía. La cotización que el empleador paga mes a mes, corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

Afiliación al Seguro de Cesantía

Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Consideraciones Importantes

  • Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.
  • A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.
  • Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
  • Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Proceso de Solicitud y Pago

Importante: las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Beneficio Adicional

El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.

Otros Beneficios en Situación de Desempleo

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Responsabilidad del Empleador

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

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