El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio dirigido a determinados trabajadores que facilita hasta $42.377 a trabajadores menores de 25 años.

¿Quiénes pueden postular?

Aquellos empleados que postularon y se mantienen cumpliendo con los requisitos pueden acceder al depósito proporcional a su salario, diseñado para complementar sus ingresos. En tanto, aquellos que nunca lo han solicitado, pueden realizar el proceso completo a través de Internet.

¿Cómo y cuándo postular al SEJ?

Se puede postular los 365 días del año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

Pagos del Subsidio al Empleo Joven

Cada fin de mes llega el pago mensual del Subsidio al Empleo Joven. Para este mes, el depósito del Subsidio al Empleo Joven se comienza a entregar desde el lunes, 30 de septiembre, y el monto está determinado según la renta de junio.

El detalle se puede consultar ingresando al sitio del Sence, junto con el historial de pagos y el perfil, en caso de necesitar actualizar los datos.

  • El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
  • El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Tipos de Pago

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Importante: Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Monto del Subsidio

El monto del subsidio se calcula en base a la renta. A mayor renta, el monto aumenta. El monto se mantiene constante. A mayor renta, el monto disminuye.

Requisitos para ser beneficiario

Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

Extensión del Subsidio

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

Documentación Necesaria para la Extensión

Debes presentar un documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.

¿Dónde solicitar la extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

Otros aspectos importantes

¿Qué es la reliquidación? ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso?

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos?

Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ?

Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).

Renuncia al SEJ

  • En caso de ser trabajador/a: Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
  • En caso de ser empleador: Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

Compatibilidad con el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

TAG: #Empleo #Subsidio

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