La pensión de alimentos es un derecho fundamental en el marco legal chileno, destinado a garantizar que los hijos reciban el apoyo económico necesario para su desarrollo integral. Este mecanismo busca proteger el bienestar de los menores, asegurando que sus necesidades básicas sean cubiertas, independientemente de la situación de los padres.

La pensión de alimentos consiste en la suma de dinero u otra prestación que se otorga a una persona que no cuenta con los medios suficientes para subsistir adecuadamente, los cuales deben resguardar el interés superior, la autonomía progresiva y el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, incluyendo a lo menos alimentación, habitación, vestuario, salud, movilización, enseñanza básica y media, aprendizaje de alguna profesión u oficio.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos en Chile?

Para calcular la pensión de alimentos en Chile, es necesario tener en cuenta diversos factores y seguir ciertos pasos para hacerlo correctamente. Es importante destacar que el cálculo de la pensión de alimentos puede variar en cada caso en particular.

El primer paso es identificar quiénes son el alimentante y el alimentario. En el caso de los hijos menores de edad, el alimentario será el mismo hijo. Mientras que en el caso de un cónyuge que no tenga los recursos para estabilizarse por sí mismo, será el cónyuge en cuestión.

Una vez identificados, el siguiente paso es calcular los ingresos del alimentante. Para hacerlo, se deben sumar todos los ingresos que tenga el padre o madre responsable, incluyendo su sueldo, rentas, dividendos, bonificaciones, entre otros. Es importante tener en cuenta que no se deben incluir ingresos que no sean estables o regulares.

El tercer paso es calcular los gastos del alimentario. La regla que prima en esta etapa, es que en caso de haber 2 padres, estos deben solventar los gastos por mitades. Es importante tener en cuenta que los gastos del alimentario deben ser proporcionales a los ingresos del alimentante.

El cuarto paso es determinar la capacidad de pago del alimentante.

Finalmente, el último paso es calcular la pensión de alimentos. En general, se suele fijar un porcentaje del ingreso del alimentante como pensión de alimentos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la pensión de alimentos no puede ser inferior al salario mínimo.

Si no hay un acuerdo previo entre el padre o la madre, el cálculo de la pensión de alimentos lo determinará un juez de familia. Sin embargo, el monto de la pensión de alimentos no podrá ser menor a un 40% de un sueldo mínimo en el caso de una carga. Si hay dos o más cargas, el monto mínimo será de 30% por carga.

Monto Mínimo y Máximo de la Pensión de Alimentos

El Código Civil chileno establece un mínimo para la pensión de alimentos, con el fin de asegurar que las necesidades básicas del niño, niña o adolescente sean cubiertas. Legalmente, la pensión de alimentos no puede ser inferior al 40% de un ingreso mínimo remuneracional cuando el alimentante tiene solo un hijo, y de un 30% cuando hay dos o más hijos.

A partir del 1 de julio de 2024, el salario mínimo mensual en Chile asciende a 500.000 pesos. Con el aumento del sueldo mínimo a $500.000 desde el 1 de julio de 2024, la pensión de alimentos en Chile también se ve impactada, modificando los montos mínimos establecidos por la ley. Para un solo hijo, la pensión mínima es de $200.000 al mes, equivalente al 40% del nuevo sueldo mínimo, mientras que para más de un hijo, se fija en $150.000 por cada uno, representando el 30% del salario mínimo por hijo.

La ley chilena también establece un límite máximo para el pago de la pensión de alimentos. Este monto no puede sobrepasar el 50% de los ingresos totales de la persona obligada a pagar la pensión. Este límite del 50% se aplica para evitar que el alimentante quede en una situación económica insostenible, preservando su capacidad de cumplir con otras obligaciones financieras que pudiera tener.

Si la pensión mínima se tomaba en relación al sueldo mínimo, la máxima se fijará tomando en cuenta los ingresos del demandado. Supongamos que este caballero aparte de su sueldo tenía una casita que arrendaba a 600 mil pesos, si sumamos su sueldo con lo que obtiene por arriendo tendríamos $ 1.200.000 de pesos, por lo que el máximo que puede pagar ya no son $300.000 mil pesos, ahora son 600 mil pesos, que es la mitad de sus rentas.

Factores que influyen en la determinación de la pensión alimenticia

Aunque el Código Civil chileno establece montos mínimos y máximos, hay varios factores que el tribunal considerará al determinar la cantidad exacta de la pensión de alimentos:

  • Ingresos del alimentante: Los ingresos totales de quien debe pagar la pensión son el principal criterio para establecer el monto.
  • Necesidades del menor: Las necesidades económicas del niño, niña o adolescente incluyen alimentación, educación, vestimenta, salud y esparcimiento.
  • Cantidad de hijos: Como se mencionó anteriormente, el número de hijos afecta el porcentaje del ingreso mínimo asignado para cada uno.
  • Interés superior del menor: Este principio fundamental en el derecho de familia chileno obliga al tribunal a priorizar siempre el bienestar del menor por encima de cualquier otro factor.
  • Aportes de otros responsables: En casos donde hay más de una persona responsable del menor, como la madre o abuelos, el tribunal velará por una distribución equitativa de los aportes.
  • El juez debe considerar el estilo de vida del hijo.

Tabla Resumen de Montos Mínimos de Pensión Alimenticia (2024)

Número de Hijos Porcentaje del Salario Mínimo Monto Mínimo (CLP)
1 40% $200.000
2 o más 30% por hijo $150.000 por hijo

¿Cómo solicitar la pensión de alimentos?

Para solicitar una pensión de alimentos, es necesario acudir a los tribunales de familia con la asistencia de un abogado. El proceso se inicia presentando una demanda de alimentos en la que se especifican los montos solicitados y los fundamentos de la solicitud.

Modificación de la pensión de alimentos

Es importante tener en cuenta que el monto de la pensión de alimentos no es inmutable. Por ejemplo, si el alimentante pierde su empleo o si el menor comienza a tener gastos adicionales debido a su educación o salud, se puede solicitar al tribunal una revisión de la pensión para ajustarla a la nueva situación.

Sí, cada vez que exista un “cambio en las circunstancias” que se tuvieron en consideración para la determinación de la pensión alimenticia, el tribunal podrá modificar (rebajar o aumentar) o decretar su término, todo lo cual deberá acreditarse en juicio.

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?

En la ley se señala que los hijos son beneficiarios de este pago hasta que cumplan los 21 años, aunque, si estos están estudiando una profesión u oficio, este se extiende hasta los 28. No obstante, la pensión de alimentos también se extenderá en caso que los hijos padezcan de alguna “incapacidad física o mental que los inhabilite para subsistir por sí mismos o que el juez lo considere indispensable para su subsistencia”.

¿Qué ocurre si no se paga la pensión de alimentos?

La abogada Angela Masson, jefa del área de Familia de GrupoDefensa.cl, explicó que el padre o madre se arriesga a sanciones que van desde arresto nocturno hasta arraigo nacional.

El tribunal puede decretar una o más de las siguientes medidas:

  • Arresto nocturno del o de la deudora, desde las 22:00 horas PM hasta las 06:00 horas AM, hasta por quince días. Si cumplido el arresto, el o la deudora de alimentos deja de pagar la pensión correspondiente al mes siguiente, el tribunal puede repetir esta medida hasta obtener el pago total de la pensión de alimentos adeudada.
  • Arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno.
  • Arresto completo hasta por 30 días, en caso de que se den nuevos incumplimientos del deudor.
  • Arraigo o prohibición para salir del país hasta que se efectúe el pago de lo adeudado. También se puede solicitar el arraigo al tribunal cuando existan motivos fundados para estimar que el o la deudora se ausentará del país y no dejará garantía para el pago de la pensión regulada o aprobada por el tribunal.
  • Oficiar al empleador, en el caso que el o la deudora sea trabajador dependiente, para que retenga de su remuneración, la suma correspondiente a la pensión alimenticia para que la deposite en la cuenta del alimentario que corresponda.
  • Suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.
  • Retener su devolución de impuesto a la Renta.
  • Embargar y rematar sus bienes hasta el pago total de la deuda alimenticia.

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