La pensión alimenticia es un derecho fundamental destinado a garantizar que los hijos reciban el apoyo económico necesario para su desarrollo integral. Es una obligación legal que recae sobre los progenitores para garantizar el sustento de sus hijos tras una separación o divorcio, cubriendo gastos como alimentación, educación y vivienda.

¿Qué es la pensión alimenticia y cómo se calcula en España?

En España, su cálculo se realiza teniendo en cuenta los ingresos de los padres, las necesidades específicas de los menores y, en algunos casos, el tiempo que cada progenitor pasa con ellos. La pensión alimenticia es una obligación legal que recae sobre los progenitores para garantizar el sustento de sus hijos, incluyendo aspectos como alimentación, vivienda, ropa, educación y gastos médicos.

Aunque no existen tablas oficiales obligatorias, los jueces suelen apoyarse en baremos orientativos que consideran el salario de los progenitores y el número de hijos. Este proceso busca garantizar un reparto equitativo que beneficie el bienestar de los menores.

Beneficiarios de la Pensión de Alimentos

Los beneficiarios de la pensión de alimentos pueden ser:

  • Cónyuge
  • Descendientes (Hijos o hijas, nietos o nietas, bisnietos o bisnietas)
  • Ascendientes (Abuelos o abuelas, bisabuelos o bisabuelas)
  • Hermanos o hermanas
  • Al que hizo una donación cuantiosa, si no hubiere sido rescindida o revocada

Ambos progenitores están obligados a contribuir en proporción a sus capacidades económicas. También los abuelos y abuelas (materna y paterna) conjuntamente, se encuentran obligados a pagar alimentos, a falta o insuficiencia de ambos progenitores.

Las adolescentes embarazadas también tienen derecho a demandar pensión de alimentos por el hijo o hija que está por nacer, sin necesidad de contar con un representante legal.

Determinación de la Pensión Alimenticia

En la determinación de la pensión alimenticia, el tribunal deberá especificar:

  • La capacidad económica del alimentante.
  • Las necesidades del alimentario (considerando la distribución y tasación económica del trabajo de cuidados para la sobrevivencia del alimentario).

Si tiene más de un hijo o hija, el monto mínimo por cada uno de ellos equivale al treinta por ciento (30%) de un ingreso mínimo remuneracional (Sueldo o salario mínimo).

Cuando los alimentos se soliciten en favor de personas distintas de los hijos o hijas, el tribunal no tendrá monto mínimo de pensión alimenticia a establecer.

El monto máximo de pensión alimenticia a pagar en favor de todos los beneficiarios de alimentos no podrá sobrepasar el cincuenta por ciento (50%) de los ingresos totales de la parte demandada, salvo que existan razones fundadas para fijarlo sobre este límite, teniendo especialmente en cuenta el interés superior del niño, niña o adolescente, velando por que se conserve un reparto equitativo en los aportes del alimentante demandado para con todos los alimentarios a quienes tiene el deber de proveer alimentos.

¿La pensión alimenticia se considera un ingreso?

La pensión alimenticia, aunque supone una cantidad recibida por el progenitor custodio, no se considera un ingreso a efectos tributarios en España. Esto significa que no está sujeta al pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Su finalidad es exclusivamente cubrir las necesidades básicas de los hijos, por lo que no se contabiliza como un ingreso adicional para quien la percibe. Por otro lado, el progenitor obligado a pagarla tampoco puede deducirla en su declaración de impuestos. Esta particularidad refuerza el carácter protector de la pensión alimenticia hacia los menores.

Cálculo de la pensión alimenticia según las tablas del Consejo General del Poder Judicial

El cálculo de la pensión alimenticia se basa en las tablas elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial, actualizadas por última vez en 2019. Estas tablas utilizan datos de la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV) y Presupuestos Familiares del Instituto Nacional de Estadística para determinar los costes asociados a los hijos. Consideran ingresos netos, excluyen gastos de vivienda y educación, y aplican índices correctores según comunidad autónoma y municipio.

Estas tablas dividen a los hogares según sus niveles de ingresos y estiman el porcentaje que corresponde al gasto en hijos dependientes. Por ejemplo, se calcula que un hijo representa el 16,7% del gasto familiar, mientras que dos hijos alcanzan el 29%. Esto permite ajustar las pensiones según los ingresos combinados de los progenitores y el número de hijos, ofreciendo un punto de partida objetivo y proporcional.

¿Qué incluye la manutención por hijo en España?

La manutención por hijo en España abarca todos los gastos necesarios para garantizar su desarrollo integral y bienestar. Esto incluye:

  • Alimentación: Coste de alimentos y productos esenciales.
  • Vivienda: Gastos relacionados con el hogar donde reside el menor, como luz, agua, calefacción y mantenimiento.
  • Ropa y calzado: Necesidades básicas según la edad y etapa del hijo.
  • Salud: Gastos médicos ordinarios no cubiertos por la sanidad pública, como medicamentos.
  • Educación: Gastos relacionados con material escolar, matrículas y transporte educativo, excluyendo los extraordinarios como colegios privados o actividades extracurriculares.

Los gastos extraordinarios, como tratamientos médicos especializados o actividades fuera del ámbito común, deben ser evaluados y repartidos aparte entre los progenitores.

¿Cuánto debo pagar de pensión alimenticia por hijo?

El importe de la pensión alimenticia por hijo depende de varios factores, incluidos los ingresos netos de ambos progenitores, el número de hijos y las circunstancias específicas del caso. Es importante resaltar que las Tablas Orientadoras del Consejo General del Poder Judicial son una herramienta de referencia, no vinculante, y que cada caso debe ser evaluado de manera personalizada. Factores como los gastos específicos del menor o las circunstancias económicas del obligado al pago pueden modificar los importes sugeridos por las tablas.

Pensión Alimenticia para Padres con Bajos Ingresos

La pensión alimenticia debe ser proporcional a los ingresos del progenitor obligado al pago, pero siempre teniendo en cuenta las necesidades básicas del menor. Aunque los padres con bajos ingresos o incluso sin ingresos están obligados a contribuir, la cuantía puede ajustarse para no comprometer su subsistencia. Las Tablas Orientadoras del Consejo General del Poder Judicial sirven como referencia, pero en estos casos, el juez evaluará cuidadosamente las circunstancias individuales.

¿Cómo afecta la situación familiar al cálculo de la pensión alimenticia?

El cálculo de la pensión alimenticia no se limita únicamente a los ingresos de los progenitores; diversos factores relacionados con la situación familiar juegan un papel crucial en determinar la cuantía. Entre estos factores destacan el número de hijos, la edad de los mismos, sus necesidades particulares y la dinámica económica y personal de ambos progenitores.

Por ejemplo, si alguno de los hijos tiene necesidades especiales o una discapacidad, esto puede incrementar significativamente los costes de manutención y, por ende, el importe de la pensión. Asimismo, situaciones familiares como la custodia compartida, divorcios con hijos menores o la presencia de progenitores con ingresos muy desiguales, requieren un análisis detallado y un enfoque personalizado. En definitiva, la casuística es infinita.

Cada caso es único, y los jueces deben considerar tanto las tablas orientadoras como las circunstancias específicas para asegurar que la pensión alimenticia cumpla con su propósito principal: garantizar el bienestar del menor.

Pensión alimenticia para hijos mayores de edad

La pensión alimenticia para hijos mayores de edad está contemplada en la legislación española, aunque con matices. A diferencia de los hijos menores, este derecho no es automático ni indefinido, sino que depende de la situación concreta del hijo mayor de edad.

Por norma general, el deber de prestar alimentos se extiende más allá de los 18 años si el hijo sigue dependiendo económicamente del progenitor debido a causas justificadas, como estar cursando estudios o no disponer de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. No obstante, esta obligación no es incondicional ni perpetua.

La pensión alimenticia cesa cuando el hijo adquiere independencia económica. Esto ocurre, por ejemplo, cuando logra un empleo estable o sus ingresos personales le permiten cubrir sus necesidades de forma autónoma. En cada caso, será el juez quien determine, considerando las circunstancias, si procede mantener o extinguir la obligación.

Medidas en Caso de Incumplimiento

El tribunal puede decretar una o más de las siguientes medidas en caso de incumplimiento:

  • Arresto nocturno del o de la deudora, desde las 22:00 horas PM hasta las 06:00 horas AM, hasta por quince días.
  • Arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno.
  • Arresto completo hasta por 30 días, en caso de que se den nuevos incumplimientos del deudor.
  • Arraigo o prohibición para salir del país hasta que se efectúe el pago de lo adeudado.
  • Oficiar al empleador, en el caso que el o la deudora sea trabajador dependiente, para que retenga de su remuneración, la suma correspondiente a la pensión alimenticia.
  • Suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.
  • Retener su devolución de impuesto a la Renta.
  • Embargar y rematar sus bienes hasta el pago total de la deuda alimenticia.

Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos.

Será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro).

El Servicio de Registro Civil e Identificación será la institución a cargo de este registro.

La ley 21.389 estableció para el deudor de alimentos inscrito en el Registro de Deudores, las siguientes sanciones:

  • Si solicita un crédito bancario igual o superior a 50 unidades de fomento, el banco retendrá parte de los fondos, también se retendrán devoluciones de impuestos, dineros por venta de inmuebles o vehículos.
  • No podrán renovar licencias de conducir ni pasaportes.
  • No podrán recibir beneficios económicos como bonos del Estado (estos se destinarán al pago de las deudas).
  • Si es funcionario o funcionaria pública o de elección popular, la institución en la que trabaja le retendrá un porcentaje de su sueldo. Asimismo, están obligados a declarar su deuda en las “Declaraciones de Interés y Patrimonio”.
  • Se establece como una forma de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de la pensión de alimentos.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del o de la deudora despedido o despedida del trabajo.
  • Se establece como parte de la evaluación de idoneidad para adoptar menores de edad.
  • Si vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.

Vías para Obtener la Pensión de Alimentos

Para obtener la pensión de alimentos, existen dos vías:

  1. Extrajudicial: Se puede intentar un acuerdo con la persona obligada a pagar alimentos para fijar una pensión mensual. Este acuerdo debe quedar por escrito, firmado por ambos y autorizado por un notario, ministro de fe o la jefatura del Centro de Atención Jurídico Social de la Corporación de Asistencia Judicial. Este documento se conoce como “Transacción”.
  2. Judicial: Si la persona obligada no proporciona voluntariamente la pensión de alimentos, o no es posible lograr un acuerdo extrajudicial, puede entablarse una demanda de pensión de alimentos ante el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del alimentante (quien debe pagar alimentos) o del alimentario (a quien se paga alimentos), a elección de este último.

Si, en la primera actuación judicial en un juicio de alimentos, el tribunal tiene la obligación de fijar el monto de dinero que la parte demandada deberá pagar para la o las personas que han interpuesto la demanda mientras se tramita el juicio de alimentos y hasta que se dicte sentencia definitiva ejecutoriada. Esto se conoce como alimentos provisorios.

TAG: #Pension #Alimenticia

Lea también: