El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio estatal que apoya a las trabajadoras de 25 a 59 años de las familias más vulnerables del país. Estos beneficios están disponibles los 365 días del año en www.sence.cl, y son una herramienta concreta para apoyar sus ingresos y mejorar su estabilidad económica. Puedes postular durante todo el año.

Requisitos para Postular al Bono al Trabajo de la Mujer

Para ser beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  2. Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  3. Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según el Registro Social de Hogares).
  4. Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).

Requisitos Adicionales para Recibir el Pago

Para recibir el pago del Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos adicionales:

  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

Cómo Postular al Bono al Trabajo de la Mujer

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.

  1. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
  2. Debes hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  3. Debes hacer click sobre la opción “Postular”.

IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.

Modalidades de Pago

Al momento de postular, el o la trabajadora debe escoger entre la modalidad de Pago Anual o Pago Mensual. Al momento de postular tendrás que elegir entre la modalidad de pago anual o mensual, lo que no garantiza que serás beneficiaria.

Pago Anual

El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. El pago anual se realiza una vez al año y se calcula de acuerdo con las rentas recibidas el año anterior. Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.

Pago Mensual

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El pago mensual funciona como un anticipo del pago anual, se paga hasta el 75% del bono y el 25% restante se entrega en el pago anual. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Monto del Bono

El monto del BTM dependerá de la cantidad de plata que recibes en un año; es decir, de tus rentas brutas percibidas anualmente. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud.

Tramos de Pago

A continuación, se presenta una tabla con los tramos de pago del Bono al Trabajo de la Mujer:

Tramo Descripción
Tramo A A mayor renta, el monto aumenta.
Tramo B El monto se mantiene constante.
Tramo C A mayor renta, el monto disminuye.

Información Adicional

  • Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
  • En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
  • Si ya eres beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.

Pagos y Reclamos

  • Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.
  • En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
  • En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
  • Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.

¿Cómo cambiar tus datos para recibir el pago por depósito?

* Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

¿Cómo renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM?

Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Notificación de Reintegro

Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

¡Evita problemas o retrasos con tu pago!

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