La pensión de alimentos en Chile es un derecho que garantiza que una persona reciba apoyo económico de otra, generalmente en relaciones de familia como padres e hijos. Es un tema crucial que debe regularse rápidamente junto con el régimen de visitas o relación directa y regular.
Marco Legal y Cobertura de la Pensión de Alimentos
La pensión de alimentos puede fijarse mediante acuerdo entre las partes o por resolución judicial. Es importante manejar estos temas, ya que la separación es una cosa, pero toda la vida los involucrados seguirán siendo familia.
La pensión de alimentos no solo comprende las necesidades básicas para existir, como la comida, el vestuario y un lugar dónde vivir, sino también las necesidades para el aprendizaje y el desarrollo integral de la persona que los solicita, tanto espiritual como materialmente.
Esta información es importante, porque no solo abarca lo preciso para que la persona que los solicita pueda cubrir sus necesidades de desarrollarse espiritual y materialmente.
¿Quiénes Pueden Solicitar Alimentos?
- Cónyuge: Mientras persista el matrimonio, aún separados, el otro cónyuge puede demandar alimentos para sí.
- Hijo o nieto: Es el caso más común.
- Padre: En situaciones donde el padre es anciano y su pensión de vejez es insuficiente.
- Hermanos: En casos donde un hermano enfrenta dificultades económicas mientras que otro tiene una mejor situación.
Límites de Edad y Condiciones para el Pago
La ley regula el pago de la pensión de alimentos fijando un orden y límites de edad:
- Hasta los 21 años: El pago es obligatorio.
- Desde los 21 hasta los 28 años: Si el beneficiario está estudiando.
- Posteriormente a los 28 años: Solo si el beneficiario sufre de invalidez o incapacidad física o mental.
Factores Determinantes en el Cálculo de la Pensión
El primer factor a considerar es cuánto gasta el menor. Se consideran prácticamente todos los gastos necesarios para que el menor alcance su máximo desarrollo personal posible.
Nuestra legislación no contempla que la pensión de alimentos se pague en base a lo mínimo para sobrevivir, sino que a aquello para vivir modestamente dentro del estatus social que el menor tenía al momento de la separación de los padres.
Por ejemplo, un gasto en clases de ballet sí podría considerarse dependiendo de la posición social del menor.
El segundo factor es determinar cuánto gana la madre, básicamente sus ingresos mensuales y gastos, y su situación patrimonial en general.
En efecto, la ley señala que tanto el padre como la madre deben concurrir a los gastos de los hijos en proporción a sus ingresos. En consecuencia, luego de determinados los gastos del menor, los ingresos de la madre y los ingresos del padre, según la diferencia que haya entre dos últimos saldrá la cifra con la que cada uno debe concurrir al desarrollo de su hijo.
Es importante señalar que la pensión de alimentos no se da como un monto directamente proporcional a lo que gana el padre. Esta se otorga en la medida que sea necesario para los gastos del menor. En otras palabras, si el menor gasta 500 y el padre gana 2000, no se le podría dar al hijo 1000.
Con todo, debes tener también en mente que nuestros tribunales han interpretado que los hijos tienen derecho a acceder a la posición social del padre. Esto mitigaría lo que dijimos anteriormente, pues si el padre es ABC1, la madre y los hijos no pueden recibir una pensión alimenticia para manterse viviendo en el quintil más bajo. Tampoco se trata de enriquecerse, pero si deben vivir mejor si el padre tiene los recursos para ello.
¿Cuál es lo Máximo que se Paga por Pensión de Alimentos?
El monto mínimo corresponde al 40% de un sueldo mínimo por un hijo. Si hay más de uno, es decir, de dos hacia arriba, el 30% de un sueldo mínimo para cada uno, mientras que el máximo corresponde al 50% de los ingresos mensuales del padre o de quien deba pagar la pensión de alimentos.
Respecto del máximo, corresponde al 50% de sus ingresos. Esto contempla la totalidad de lo pagado por concepto de Pensión de Alimentos en un sentido amplio. En consecuencia, si el padre tiene una deuda de alimentos y está tratando de ponerse al día con una cuota adicional, esta incluida dentro del 50%.
Proporción entre Padre y Madre
En este caso la relación es 1 es a 2, por lo tanto, el padre gana el doble que la madre, por lo tanto tendrá que aportar el doble que la madre en los gastos del hijo.
Procedimiento para Establecer la Pensión de Alimentos
Para obtener la pensión de alimentos, existen dos vías:
- Extrajudicial: Intentar un acuerdo con la persona obligada a pagar alimentos. Este acuerdo debe quedar por escrito y autorizado por un notario o ministro de fe. También se puede recurrir al proceso de Mediación familiar.
- Judicial: Si no es posible lograr un acuerdo extrajudicial, se puede entablar una demanda de pensión de alimentos ante el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del alimentante o del alimentario.
Pasos para Establecer la Pensión de Alimentos
- Mediación: Se deberá comenzar solicitando un proceso de mediación, ya sea pública o privada.
- Demanda: Si no se llega a un acuerdo, se emitirá un certificado de mediación frustrada que permitirá presentar una demanda.
- Audiencia Preparatoria: Es donde suelen terminar la mayoría de los juicios de alimentos, pues se suele cerrar en un acuerdo. En caso de que no sea así, se preparará la segunda audiencia indicando los medios de prueba para probar las alegaciones.
Cálculo de la Pensión de Alimentos: Pasos Clave
Para calcular la pensión de alimentos en Chile, es necesario tener en cuenta diversos factores:
- Identificar al alimentante y al alimentario.
- Calcular los ingresos del alimentante.
- Calcular los gastos del alimentario.
- Determinar la capacidad de pago del alimentante.
- Calcular la pensión de alimentos, que generalmente es un porcentaje del ingreso del alimentante.
Monto Mínimo y Máximo de la Pensión
El monto de la pensión de alimentos no podrá ser menor a un 40% de un sueldo mínimo en el caso de una carga. Si hay dos o más cargas, el monto mínimo será de 30% por carga.
Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
Es un registro electrónico creado por la ley 21.389 que tiene por objetivo articular diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos.
Sanciones para Deudores de Alimentos
La ley 21.389 establece las siguientes sanciones para el deudor de alimentos inscrito en el Registro de Deudores:
- Retención de fondos en créditos bancarios y devoluciones de impuestos.
- Impedimentos para renovar licencias de conducir y pasaportes.
- No recibir beneficios económicos del Estado.
- Retención de un porcentaje del sueldo si es funcionario público.
- Impedir la inscripción del traspaso si vende un vehículo o una propiedad si no se pagan los alimentos adeudados.
Modificación o Cese de la Pensión de Alimentos
Sí, cada vez que exista un “cambio en las circunstancias” que se tuvieron en consideración para la determinación de la pensión alimenticia, el tribunal podrá modificar (rebajar o aumentar) o decretar su término, todo lo cual deberá acreditarse en juicio.
La obligación de pagar pensiones alimenticias establecidas o aprobadas judicialmente no cesa de forma automática, por lo que, concurriendo causales legales para su extinción, deberá pedirse al tribunal que decrete su cese. De otro modo, se seguirán devengando (obteniendo) mes a mes.
Aumento del Sueldo Mínimo y su Impacto en la Pensión de Alimentos (2024)
Con el aumento del sueldo mínimo a $500.000 desde el 1 de julio de 2024, la pensión de alimentos en Chile también se ve impactada, modificando los montos mínimos establecidos por la ley.
Para un solo hijo, la pensión mínima es de $200.000 al mes, equivalente al 40% del nuevo sueldo mínimo, mientras que para más de un hijo, se fija en $150.000 por cada uno, representando el 30% del salario mínimo por hijo.
| Situación | Porcentaje del Sueldo Mínimo | Monto Mínimo (Julio 2024) |
|---|---|---|
| Un hijo | 40% | $200.000 |
| Más de un hijo (por cada uno) | 30% | $150.000 |
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