Todas las personas tienen derecho a acceder a una pensión por vejez. Es un monto de dinero que se entrega a quienes jubilan y depende de los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Requisitos para Acceder a la Jubilación

Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) para calcular su pensión.

Si trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.

Cálculo de las Pensiones

Las pensiones se calculan con los ahorros previsionales acumulados durante tu vida laboral.

En Chile, el monto final de la pensión se calcula de acuerdo a variables, principalmente:

  • Ahorro total de la persona afiliada.
  • Años cotizados.
  • Sueldo promedio.
  • Tasa de reemplazo, que es un porcentaje determinado por el Gobierno que representa la proporción de los ingresos anteriores al retiro de la persona. La tasa actual es del 60%.
  • Tasas de mortalidad, la cual es la expectativa de vida de las personas, elaborada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero. Estas se actualizan cada 6 años.
  • Modalidad de pensión, puede ser Retiro Programado o Renta Vitalicia.

Tablas de Mortalidad

La Tabla de Mortalidad reconoce que es posible que en Chile personas vivan hasta los 110 años, con probabilidades muy bajas. Un hombre de 65 años tiene un 0,02% de probabilidad de llegar a los 110 años, (esto es equivalente a decir que 2 de cada 10.000 hombres llegarían a esa edad). Las Tablas de Mortalidad consideran 110 años como edad máxima de vida, sin embargo esto no quiere decir que la pensión se calcule hasta esa edad.

Modalidades de Pensión

Retiro Programado

Para Retiro Programado se calcula según:

  • Con los ahorros acumulados.
  • CNU (Capital Necesario Unitario), que se compone de varios factores como: composición del grupo familiar y sus edades, sexo, estado civil.
  • Tablas de mortalidad.
  • Tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones (revisar tasas).

Para esta modalidad se realiza un recálculo todos los años y en el mismo mes en que la persona se pensionó, manteniendo ese monto por los siguientes 12 meses. Por ejemplo, si una persona se pensiona en mayo, entonces en mayo será el recálculo. Dos meses antes comunicamos a los pensionados que se aproxima un recálculo de pensión, por carta y correo electrónico. Por esto es importante mantener tus datos de contacto actualizados.

Renta Vitalicia

Para Renta Vitalicia se calcula según:

  • Ahorros acumulados.
  • Tipo de Renta Vitalicia: puede ser Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, o Renta Vitalicia Variable.
  • Tablas de mortalidad: se calcula tu esperanza de vida y la de tus familiares con derecho a pensión.
  • Tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones (revisar tasas).

Todos los montos de pensión, ya sea de Retiro Programa como Renta Vitalicia, se calculan en UF.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado.

  • Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.
  • Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).
  • Estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).

Jubilación por Invalidez

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Durante este período, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explicitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.

Además, el plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo: alzheimer y otras demencias, tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.

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